23 junio 2022

Actualidad

Actualidad al día. Madrid. Cabra Montés

La Comunidad de Madrid aprueba el Plan de Gestión de las Poblaciones de Cabra Montés en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente:  Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 110, de fecha, 10 de mayo de 2022

Palabras clave: Biodiversidad. Plan de Gestión. Sanidad animal. Espacio natural protegido. Plan Ordenación Recursos Naturales. Especie cinegética.

Resumen:

El Plan Director de la Red de Parques Nacionales y los planes de uso y gestión, se encuentran definidos en el título IV de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales.

El Plan Director de la Red de Parques Nacionales se aprobó mediante el Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre. En el apartado 3.2.2 que lleva como título “Directrices en materia de conservación de recursos naturales y culturales”, se establece en su letra g) que, si existen pruebas suficientes de que la proliferación de una especie causa daños significativos a otras especies, comunidades o valores reconocidos, se podrán aplicar actuaciones de control que en ningún caso implicarán la erradicación cuando se trate de especies nativas o autóctonas.

Posteriormente se aprobó el Decreto 18/2020, de 11 de febrero, del Consejo de Gobierno, sobre el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, incorporando en el artículo 63 el control poblacional de fauna.

En dicho documento se prevé en su apartado segundo que, en función de su biología o comportamientos de las especies, las actuaciones de control podrán emplear diferentes técnicas y métodos, siendo estos siempre selectivos y se podrá recabar la colaboración de las sociedades locales de cazadores para las actuaciones de control poblacional, siempre de manera tutelada por la Administración gestora, sin constituir una actividad de carácter deportivo. Y en su apartado tercero hace mención expresa al bienestar animal y a la participación económica de las empresas en el caso de las capturas en vivo.

En el artículo 72, se establece el subprograma de control de poblaciones de especies de fauna nativas o autóctonas. Se prevé como prioritaria la gestión de las poblaciones de ungulados del parque nacional con el fin de evitar daños a los valores objeto de conservación. En este contexto se llevarán a cabo las medidas establecidas en los planes de gestión de cabra montés (Capra pirenaica) y jabalí (Sus scrofa) informados favorablemente por el Patronato y aprobados por la Comisión de Gestión.

Según los múltiples estudios existentes a los que hace alusión, el aumento poblacional de la cabra montés estaría generando importantes impactos en la flora con un aumento en la erosión del espacio. Además de posibles riesgos por aparición de enfermedades.  Por todo lo expuesto, la Comunidad de Madrid establece el presente Plan donde se analizan los riesgos que supone mantener la población actual, así como de posibles alternativas para su reducción.

Entrada en vigor: El 11 de mayo de 2022

Enlace web: Orden 431/2022, de 27 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el Plan de Gestión de las Poblaciones de Cabra Montés en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid