18 julio 2025

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Cataluña desarrolla medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales relativas a la actividad agrícola mediante la Orden ARP/83/2025, de 29 de mayo

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, 3 de junio de 2025, n. 9426

Palabras clave: Planificar. Prevención. Incendios forestales. Labores agrícolas. Cambio climático.

Resumen:

El abandono del medio rural y de manera concreta, las actividades agrícolas, supone un aumento significativo en las posibilidades de generar incendios forestales de gran consideración. La Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, en el título III establece disposiciones y medidas para la conservación de los terrenos forestales y faculta al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para planificar, coordinar y ejecutar las medidas y acciones que se realicen para la prevención de los incendios forestales en colaboración con los particulares.

Teniendo en cuenta dicha norma, el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, regula con carácter general las normas y prohibiciones necesarias para proteger los bosques y los terrenos forestales de Cataluña ante el elevado riesgo de incendio, que son aplicables a todos los terrenos forestales, sean o no poblados de especies arbóreas. En su disposición final tercera, dicho Decreto 64/1995 faculta a la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca para que dicte las disposiciones necesarias con el fin de desarrollarlo.

Por consiguiente, algunas tareas agrícolas como los trabajos de la siega son una actividad agraria con riesgo de incendio, básicamente porque e llevan a cabo a temperaturas muy elevadas, humedades bajas y con una vegetación fácilmente inflamable, y este riesgo de incendio se concentra normalmente en determinadas franjas horarias. Mediante la Orden AAM/111/2013, de 24 de mayo, por la que se desarrollan las medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales relativas a la actividad agrícola, se establecieron medidas de prevención que debían adoptarse desde el punto de vista agrario, teniendo en cuenta los parámetros climáticos, geográfico y de la tipología de cultivos, y dada la estrecha relación existente entre el desarrollo de la actividad agraria y la conservación de los terrenos forestales. Posteriormente, a partir de la evaluación de estas medidas, se revisaron algunos aspectos y se derogó la Orden anterior mediante la Orden ARP/77/2020, de 8 de junio, por la que se desarrollan las medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales relativas a la actividad agrícola.

Esta última Orden preveía la aplicación de las medidas preventivas tomando como referencia la activación de los niveles del Plan Alfa, el sistema de movilización de recursos de prevención de incendios forestales de Cataluña. Mediante esta Orden, con el fin de adaptar la normativa a las modificaciones introducidas por el Real decreto ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, se incorpora como nueva referencia para la aplicación de las medidas de prevención el mapa diario de peligro de incendio forestal. Este mapa, emitido por la Generalitat de Catalunya y previsto en el Plan especial de emergencias para incendios forestales en Catalunya (INFOCAT), tiene como ámbito de actuación el término municipal y se publica diariamente en el web del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Por lo anteriormente expuesto, en esta nueva Orden, el mapa diario de peligro de incendio forestal convive como referencia operativa con el Plan Alfa, con lo que ambos instrumentos se complementan para determinar la aplicación de las medidas preventivas según el riesgo de incendio forestal. En paralelo, se modifican algunas de las recomendaciones establecidas para las personas que realizan labores agrícolas.

Enlace web: Orden ARP/83/2025, de 29 de mayo, por la que se desarrollan las medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales relativas a la actividad agrícola