Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), de 2 de marzo de 2026 (Sala de lo Contencioso, Sección 1.ª, Ponente: María Pérez Pliego)
Autora: Dra. Paula Cisneros Cristóbal, Profesora Ayudante Doctora del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 552/2026 – ECLI:ES:TSJCLM:2026:552
Palabras clave: Ayudas PAC. SIGPAC. Humedales temporales. Red Natura 2000. Condicionalidad ambiental.
Resumen:
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha 552/2026 resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil frente a la resolución administrativa que redujo parcialmente la línea de ayuda de pago básico correspondiente a la Solicitud Única de ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) para la campaña 2018. La reducción se fundamentó en dos motivos principales: por un lado, la declaración de recintos no compatibles con el uso asignado en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC); por otro, la existencia de una superficie declarada que, junto con la superficie no admisible, superaba la superficie SIGPAC del recinto.
El conflicto se centra en tres parcelas situadas en el polígono correspondiente del término municipal de El Bonillo (Albacete), incluidas en el ámbito de la denominada Laguna o Nava de Navalcudia. La recurrente sostenía que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 25 de febrero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Mercenario Villalva Lava)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 313/2026 – ECLI:ES: TSJEXT:2026:313
Palabras clave: Aguas. Aprovechamiento. Autorización. Masa de Agua subterránea. Buen estado cuantitativo y químico.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo planteado por dos particulares frente a la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 3 de junio de 2022 que desestimó su solicitud de 30 de agosto de 2017 sobre autorización de aprovechamiento de aguas, denegando la misma debido a que en la Masa de Agua Consuegra- Villacañas, la solicitud es de autorización para nuevos aprovechamientos.
Los recurrentes alegan que su solicitud de aprovechamiento de aguas la presentaron el 30 de agosto de 2017 de acuerdo con lo establecido en el artículo 54.2 de la Ley de Aguas, para un aprovechamiento de 7000 metros cúbicos destinados al riego de una parcela. Consideran que no se trata de una nueva captación sino de un pozo realizado hace años. Añaden que el hecho de que la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, 14 de enero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Inmaculada Gil Gómez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ CV 60/2026- ECLI:ES:TSJCV:2026:60
Palabras clave: Derechos fundamentales. Ruido.
Resumen:
El pronunciamiento aquí comentado resuelve el recurso de apelación interpuesto por un particular contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Valencia, dictada en un procedimiento de protección de derechos fundamentales. La parte apelada es el Ayuntamiento de Sagunt.
Acotando el presente resumen a las cuestiones de interés jurídico-ambiental, la Sala examina la alegación de la actora relativa a la errónea interpretación de la legalidad vigente, en relación con la disposición adicional primera de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica, y el artículo 9.1 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
A estos efectos, se detallan dos resoluciones del Ayuntamiento. La primera, de 28 de junio de 2024, que autoriza festejos taurinos del 20 al 28 de julio de 2024 y exime temporalmente del cumplimiento de los niveles máximos de ruido. Y
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 9 de enero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Luis Gonzaga Arenas Ibáñez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 905/2026- ECLI:ES:TSJ AND:2026:905
Palabras clave: Acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Resumen:
La sentencia de autos resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Federación Ecologistas en Acción-Sevilla contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Sevilla. Esta sentencia resolvió el recurso de impugnación de la desestimación presunta del recurso de alzada presentado contra el acuerdo de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla de 16 de mayo de 2018, por el que se concedió licencia de reforma parcial a una mercantil para la ampliación de un centro comercial en Palmas Altas Norte.
La Sala argumenta que la acción pública debe ejercerse dentro de los plazos legales para la interposición de los recursos administrativos o contencioso-administrativos, sin que existan excepciones en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ni
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de abril de 2026 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: José Luis Quesada Varea)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Catedrática de Derecho Administrativo, Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 1592/2026- ECLI: ES: TS: 2026:1592
Palabras clave: Trasvases. Demarcaciones hidrográficas. Caudal ecológico. Cambio climático.
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve el recurso contencioso-administrativo número 1004/2023 interpuesto por «Coda-Ecologistas en Acción» y «Greenpeace España», contra el Real Decreto 689/2023, de 18 de julio, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras. Son parte recurrida la Administración General del Estado, y la Junta de Andalucía.
La parte recurrente fundamenta el recurso en tres motivos de nulidad del Plan que afectan a varios extremos del mismo, a saber: en primer lugar, se la ausencia de cobertura legal de la transferencia de agua de la Demarcación hidrológica del Guadiana a la Demarcación de los ríos Tinto, Odiel y Piedras, en el entendido de que cualquier trasvase de recursos entre Demarcaciones Hidrográficas precisa la aprobación de Ley previa aprobada en las Cortes Generales (45.1.d) del texto refundido de la Ley de
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