Un programa de actuación para las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos en Castilla-La Mancha
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 80/2025, de 14 de octubre, por el que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos, provenientes de fuentes agrarias en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y se establece el listado de medidas adicionales y acciones reforzadas. (DOCM n. 201, de 17 de octubre de 2025)
Palabras clave: Agricultura. Aguas. Contaminación. Código de buenas prácticas. Coordinación. Régimen sancionador.
Resumen:
Aunque las prácticas agrarias han mejorado notablemente en las últimas décadas desde un punto de vista ambiental, siguen contribuyendo de forma significativa, junto a otras fuentes, a la contaminación de las aguas. El carácter difuso de esta contaminación hace que su reducción sea un reto para la política ambiental, debiéndose tener en cuenta la especial vulnerabilidad de sector agrario a cualquier cambio en su modelo productivo que comprometa su viabilidad económica.
La existencia de programas de actuación es el principal requisito de la Directiva 91/676/CEE, de
Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de mayo de 2025 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Ángeles Huet de Sande)
Autora: Miren Sarasíbar Iriarte. Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad Pública de Navarra
Fuente: ROJ: STS 1888/2025- ECLI: ES: TS: 2025:1888
Palabras clave: Aguas. Confederación Hidrográfica. Dominio público hidráulico.
Resumen:
La sentencia analizada resuelve el recurso interpuesto por la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche y por el Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA) contra la aprobación del plan hidrológico para el tercer ciclo de planificación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo a través del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE 10/02/2023).
La impugnación se refiere, sustancialmente, a la determinación de los caudales ecológicos que se lleva a cabo en la revisión del plan hidrológico para el tercer ciclo de planificación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo mediante el Real Decreto
Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de enero de 2025 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Fernando Román García)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 71/2025- ECLI: ES: TS: 2025:71
Palabras clave: Planificación hidrológica. Revisión. Procedimiento. Caudal ecológico.
Resumen:
En esta Sentencia se resuelve el recurso contencioso administrativo núm. 510/2023, interpuesto por la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Son partes demandadas, la Administración General del Estado; la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía y de la Plataforma en Defensa del Tajo. El Real Decreto impugnado se aprobó en el contexto de la revisión de la planificación prevista en la Disposición Adicional undécima del Texto Refundido de la Ley de Aguas, que obliga a revisar cada seis años los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas antes referida,
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2024 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Ángeles Huet De Sande)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6191/2024- ECLI: ES: TS: 2024:6191
Palabras clave: Residuo. Concepto. Subproducto. Reutilización. Valor económico.
Resumen:
La Sentencia que seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso de casación núm. 567/2023, presentado por Mercantil contra la Sentencia de fecha 18 de octubre de 2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por la que se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo núm. 445/2020. Es parte recurrida la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
La Sala de instancia resolvía el recurso interpuesto frente a la resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 22 de junio de 2020, que desestimó el recurso de reposición contra la Resolución de 21 de noviembre de 2018 por la que se sancionaba a la recurrente por varias infracciones de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Específicamente, la Resolución sancionaba a la Mercantil mencionada por la comisión de varias
Sentencia del Tribunal Supremo, de 16 de octubre de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Ángeles Huet de Sande)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STS 5003/2024 – ECLI:ES:TS: 2024:5003
Palabras clave: Aguas residuales urbanas. Vertidos. Competencias. Municipio. Bases de régimen local. Legislación sectorial. Aglomeraciones urbanas. Habitantes-equivalente.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la sentencia de 5 de julio de 2022 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Es objeto de la sentencia recurrida en casación la resolución administrativa de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 27 de septiembre de 2019 que sancionó al Ayuntamiento de Alcaraz con multa por importe de 35.360 euros, por la comisión de una infracción administrativa menos grave prevista en el art. 316.g) del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (RDPH), consistente en realizar un vertido de aguas residuales procedentes de su red de alcantarillado a un cauce público innominado, afluente del río
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