Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mª Pilar Teso Gamella)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 1428/2011
Temas clave: Aprovechamiento agua; plan hidrológico; concesión; uso racional; reserva de agua
Resumen:
La Sentencia que ahora se expone resuelve el recurso de casación planteado por la “Unión Sindical de Usuarios del Júcar” contra la Sentencia TSJ Castilla-La Mancha, de 29 de diciembre de 2006, desestimatoria del recurso presentado contra la Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, de 31 de octubre de 2002, que desestimó las reclamaciones formuladas por la “Unión Sindical de Usuarios del Júcar” ante la concesión de aguas subterráneas renovables otorgada a una Comunidad de Regantes, con destino exclusivo “a riego por goteo de 265 hectáreas, de cultivos leñosos de interés social”, estableciéndose el caudal máximo instantáneo y una serie de determinaciones sobre la realización de obras, instalaciones, inspección y vigilancia” en relación con el aprovechamiento (F.J.1). Son partes recurridas el Estado, así como la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sentencia de la Audiencia Nacional de 2 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Diego Córdoba Castroverde)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ SAN 953/2011
Temas Clave: Aguas subterráneas; Dominio Público Hidraúlico; Autorización; Sanción
Resumen:
En el supuesto que nos ocupa, el Ayuntamiento de Las Rozas interpone recurso contra la Resolución dictada por la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de fecha 13 de abril de 2009, a través de la cual se le impuso una sanción de 267.911,31 euros y la obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidraúlico en la cantidad de 40.186,70 euros por una infracción del art. 116.3 b) del Texto Refundido de la Ley de Aguas relacionada con el alumbramiento de aguas subterráneas sin la correspondiente autorización o concesión.
Del conjunto de la prueba practicada se llega a la conclusión de que el Ayuntamiento es el responsable de la comisión de la infracción que se le imputa en base a los argumentos expuestos por la Sala que resumidamente son los
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, nº 694/2010, de 21 de septiembre de 2010. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede de Cáceres. Ponente: D. Mercenario Villalba Lava
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010101003.
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas Clave: Aguas; acuífero; zona sobreexplotada, perímetro adicional.
Resumen:
Una Sentencia dictada con ocasión de la interposición del recurso que versa contra el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 18 de diciembre del año 2007 estableciendo el Régimen de Explotación para al año 2008 de un perímetro adicional del acuífero de la Mancha Occidental. Siendo el propósito de la parte actora que se estimase el recurso, con imposición de costas a la parte demandada; a cuyo fin manifiesta que se había declarado sobreexplotado provisionalmente el acuífero de la Mancha occidental en el año 1987 y de modo definitivo en 1994. Si bien, la última declaración fue anulada por cuanto ampliaba la declaración de sobreexplotación más allá de la línea poligonal establecida en la Resolución de 1987. Ante lo cual se determinó de nuevo el acuífero
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, nº 696/2010, de 21 de septiembre. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede de Cáceres. Ponente: D. Mercenario Villalba Lava
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010100985.
Autora de la Nota. Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Agua; acuífero; zona sobreexplotada, ampliación.
Resumen:
En esta Sentencia se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 22 de agosto de 2008, relativo a la ampliación de la zona declarada sobreexplotada en el ámbito territorial del Acuífero de la Mancha Occidental, por considerarlo ajustado a Derecho.
En consecuencia, se produce una desestimación de la pretensión de la parte actora consistente en que dicho Acuerdo fuera declarado nulo. Una nulidad pretendida que dicha parte basa, en primer lugar en que la masa de Agua Rus-Valdelobos pertenece a distintas unidades hidrológicas; en segundo lugar, la zona o perímetro adicional que se pretende declarar sobreexplotado no lo está, sino que tiene un excedente; y en tercer lugar, la causa de la que se deriva la declaración de sobreexplotación del perímetro adicional no puede servir de base al procedimiento, en cuanto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, 635/2010, de 29 de julio de 2010. Sala de lo Contencioso, Sección Primera. Sede Cáceres. Ponente: D. José María Segura Grau.
Autor de la Nota: Ana María Barrena Medina, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010100925.
Temas clave: Aguas; Aprovechamiento de aguas; Expediente sancionador.
Resumen:
En este pronunciamiento judicial se examina el recurso interpuesto contra la Resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana en expediente sancionador, por la que se impone al recurrente una multa de tres mil euros y se ordena la clausura de un pozo como consecuencia de la comisión de la infracción de apertura de un pozo careciendo de la previa concesión o autorización. Un recurso que es admitido por el Tribunal y que además es estimado parcialmente reduciendo la cuantía de la sanción impuesta a 240,40 euros; pero manteniendo expresamente la obligación de clausurar el pozo referido en el expediente administrativo. Un recurso que se fundamenta en la vulneración del principio de
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