21 abril 2021

España Legislación al día

Legislación al día. España. Fondo Nacional de Eficiencia Energética

Orden TED/275/2021, de 18 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2021

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 72, de 25 de marzo de 2021

Temas Clave: Eficiencia energética. Ahorro energético. Obligaciones. Información. Metodología. Sujetos obligados.

Resumen:

Este Fondo posibilita la puesta en marcha de mecanismos de apoyo económico y financiero, asistencia técnica, formación e información u otras medidas que permitan aumentar la eficiencia energética en los diferentes sectores y ayudar a conseguir el objetivo de ahorro establecido.

Teniendo en cuenta que la Directiva 2012/27/UE ha sido revisada mediante la Directiva (UE) 2018/2002, ampliando el alcance del sistema de obligaciones de eficiencia energética a un nuevo período de obligación, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2030, para que la UE logre sus objetivos de eficiencia energética para 2030 y cumpla su compromiso de situar a los consumidores en el centro de la Unión de la Energía; ha sido necesario extender la vigencia del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética establecida en el artículo 69 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y eficiencia, mediante el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y otros ámbitos para la reactivación económica.

Asimismo, se ha adaptado el procedimiento de cálculo de las obligaciones de ahorro de cada sujeto obligado para dotar al sistema de una mayor transparencia y previsibilidad para los sujetos obligados.

A la vista de lo anterior, la presente Orden da cumplimiento al artículo 70.1 de la citada Ley 18/2014, de 15 de octubre, mediante el establecimiento de: a) El objetivo de ahorro energético en el año 2021. b) Las obligaciones de ahorro correspondientes a cada uno de los sujetos obligados y su equivalencia económica. Para fijar estas obligaciones se ha tenido en cuenta la información remitida por los mismos sobre sus datos de ventas de energía correspondientes al año 2019, así como la información disponible en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos.

A tenor de lo dispuesto en su artículo 1, la equivalencia financiera para el año 2021 se establece en 1,5950 millones de euros por ktep ahorrado, o 137.170 euros por GWh ahorrado.

En el anexo I de la presente orden se establece la metodología empleada para asignar las obligaciones de ahorro y su equivalencia económica para el año 2021.

En el anexo II se establece para los sujetos obligados, sus respectivas cuotas de obligaciones de ahorro para el año 2021 y su equivalencia económica, resultantes de aplicar los criterios establecidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

Entrada en vigor: La presente orden surtirá efectos desde el 26 de marzo de 2021.

Enlace web: Orden TED/275/2021, de 18 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2021