20 julio 2023

Castilla-La Mancha CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Castilla-La Mancha. Ordenación de la Inspección Ambiental

Decreto 56/2023, de 12 de junio, de la Ordenación de la Inspección Ambiental de Castilla-La Mancha

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: (DOCM n. 114, de 16 de junio de 2023)

Palabras clave: Inspección ambiental. Calidad ambiental. Vigilancia. Organización. Planificación. Denuncias. Información.

Resumen: 

El presente decreto tiene por objeto establecer el régimen autoorganizativo de la inspección ambiental en Castilla La Mancha. Esta inspección ejercerá sus funciones respecto a las instalaciones y actividades que se ubiquen o desarrollen en Castilla-La Mancha y les resulte de aplicación la normativa vigente en materia de calidad ambiental. En todo caso, se incluyen las sometidas a la normativa sobre prevención y control integrados de la contaminación, residuos y suelos contaminados y contaminación atmosférica.

“Las funciones de la inspección ambiental consisten en el control y vigilancia de aquellas actividades e instalaciones susceptibles de afectar negativamente al medio ambiente a los efectos de comprobar su adecuación a la normativa ambiental, verificar el cumplimiento y la eficacia de las condiciones establecidas en los instrumentos preventivos ambientales, contribuir a mejorar el comportamiento ambiental de las instalaciones y actividades y, en su caso, constatar hechos que pudieran ser constitutivos de infracción administrativa o de delito ambiental”.

El Título I, rubricado «Planificación de las inspecciones ambientales», recoge la obligación de contar con un sistema de inspección ambiental dotado de los recursos necesarios para la prestación del servicio en condiciones de seguridad y eficacia, regula la necesidad de elaborar planes y programas de inspección ambiental, así como su contenido y vigencia, y de redactar una memoria anual en la que se evalúen las actuaciones inspectoras.

Por su parte, el Título II con la rúbrica «El ejercicio de la función inspectora», establece la organización de las inspecciones ambientales. Se prevé una regulación referida a las denuncias ambientales remitiendo a una posterior resolución la determinación tanto del modelo de acta de inspección como del modelo de denuncia ambiental.

Por último, el Título III con la rúbrica «Entidades colaboradoras» establece las previsiones aplicables a las entidades colaboradoras en las actuaciones materiales de inspección que desarrollen en apoyo a la Consejería competente en materia de inspección ambiental.

Entrada en vigor: 6 de julio de 2023.

Normas afectadas: Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Enlace web: Decreto 56/2023, de 12 de junio, de la Ordenación de la Inspección Ambiental de Castilla-La Mancha.