Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espín Templado)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili y Subdirectora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 3531/2017 – ECLI: ES:TS:2017:3531
Temas Clave: Energía Eléctrica; Autoconsumo; Suministro; Producción; Impuesto al sol
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Nacional de Productores e Inversores de Energías Renovables (ANPIER) contra el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, siendo parte demandadas la Administración General del Estado, Gas Natural SDG, S.A., Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A, Iberdrola España, S.A.U., y Cide Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica.
La entidad recurrente solicita la nulidad de los artículos 17, 18, 25.1 y 2 y la disposición transitoria tercera del Real Decreto objeto de impugnación. No obstante, también pide la nulidad del Real Decreto 900/2015 en su conjunto por inadecuación a las Directivas europeas 2009/28/CE, de fomento de las energías renovables, 2009/72/CE, del mercado