Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior (BOIB núm. 171, de 25 de noviembre)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Esta Ley nace con el propósito de adaptar la normativa balear de rango legal reguladora de las actividades de servicios a las prescripciones de la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior y a la normativa básica dictada por el Estado a través de su transposición por Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre.
Recordemos que el objetivo principal de toda esta normativa se ciñe a la eliminación de los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de los prestadores de servicios en los Estados miembros, máxime cuando este sector
Ley 7/2009, de 17 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los Servicios en el Mercado Interior ((BOE núm. 256, 22 de octubre de 2010)
Resumen:
Esta Ley de adaptación a la Directiva de servicios y a las exigencias de las “Ley Paraguas” y de la “Ley Omibus” modifica dos normas de interés ambiental, como Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha y la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.
El artículo segundo adecua la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, regulando la aplicación de los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, trasparencia y concurrencia a los procedimientos de concesión y autorización para actividades de servicios que vayan a realizarse en montes demaniales. Asimismo, introduce la limitación de la duración de estas concesiones y autorizaciones, sin que se dé lugar a renovaciones automáticas ni a ventajas a favor del anterior titular o personas especialmente vinculadas con él.
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Ley 7/2010, de 14 de julio para la Dehesa (BOJA núm. 144, de 23 de julio de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Más de un millón de hectáreas de dehesas se encuentran en Andalucía, de ahí que sea necesaria su conservación por su alto valor ecológico, ambiental, agrario, económico, cultural y paisajístico. Es necesario encontrar un adecuado equilibrio entre los recursos que ofrecen y su sistema de explotación, atendiendo a criterios de gestión adecuados a sus características y a los principios de racionabilidad, sostenibilidad y multifuncionalidad. Para ello será necesario una coordinación entre administraciones públicas, propietarios, representantes de sectores productivos y asociaciones.
La dehesa es un espacio integral, en el que confluyen aprovechamientos e intereses privados y públicos que no deben comprometer la relación de los propietarios con la Administración, de ahí que a través de la Directiva relativa a los servicios en el mercado interior, esta Ley tienda a simplificar los procedimientos administrativos que afecten a las personas titulares de las dehesas. Asimismo, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía establece la necesidad
Ley 3/2010, de 21 de mayo, por la que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOJA núm. 111, de 8 de junio de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objetivo de la presente Ley es adaptar la normativa andaluza de rango legal a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y por tanto, incorporar parcialmente al derecho español la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
La Directiva, se planeta por objetivos la eliminación de los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de quienes presten servicios en los Estados miembros así como a la libre circulación de servicios entre los Estados miembros, y garantizar, tanto a las personas destinatarias como a las prestadoras de los servicios,
Decreto-Ley 1/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación de diversas leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOA núm. 86, de 5 de mayo). Convalidado por Resolución de 20 de mayo de 2010. (BOA núm. 104, de 31 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objeto de este Decreto-ley, es la adaptación de la normativa de rango legal de la Comunidad Autónoma de Aragón a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio, así como transponer la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Para una efectiva aplicación y desarrollo de los principios y medidas establecidos tanto en la Ley como en la Directiva, se
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