Paisaje:
ANDREANI, Stefano; BIANCONI, Fabio; FILIPPUCCI, Marco. “Smart cities e contratti di paesaggio: l’intelligenza del territorio oltre i sistemi urbani”. Istituzioni del federalismo: rivista di studi giuridici e politici, vol. 36, n. 4, 2015, pp. 895-925, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.regione.emilia-romagna.it/affari_ist/Rivista_4_2015/Andreani.pdf [Fecha de último acceso 17 de octubre de 2016].
PÉREZ GONZÁLEZ, Carlos. “La creciente influencia de la protección del paisaje como garantía de un urbanismo ambiental: repercusiones prácticas en la Comunidad Autónoma de Galicia”. Revista Galega de Administración Pública (REGAP), n. 51, enero-junio 2016, pp. 351-359, [en línea]. Disponible en Internet: http://egap.xunta.gal/Documentos/Publicacions/[1474020213]REGAP_51.pdf [Fecha de último acceso 17 de octubre de 2016].
Parques Nacionales:
BIESCHKE, Brian. “Challenging the 2013 Rule Implementing Regulations on Oversnow Vehicle Use in Yellowstone National Park”. Boston College Environmental Affairs Law Review, vol. 43 n. 2, 2016, pp. 541-573, [en línea]. Disponible en Internet: http://lawdigitalcommons.bc.edu/ealr/vol43/iss2/12/ [Fecha de último acceso 25 de octubre de 2016].
Política ambiental:
CÁMARA, Elvira; ESTESO POVES, María José. “Un año de políticas ambientales en los ayuntamientos: entrevistamos a cuatro concejalas de Medio Ambiente”. El Ecologista, n. 89, junio 2016, pp. 18-21
Procedimiento administrativo:
GARRIDO JUNCAL, Andrea. “Las transformaciones del régimen de intervención administrativa en el procedimiento de evaluación de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares de 14 de septiembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Alicia Esther Ortuño Rodríguez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 662/2016 – ECLI:ES:TSJBAL:2016:662
Temas Clave: Contaminación acústica; Procedimiento administrativo; Ruidos
Resumen:
La Sala examina el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 2 de Palma de Mallorca de 22 de enero de 2016. A través de este pronunciamiento de instancia, se desestimaba el recurso interpuesto por un particular contra la desestimación por silencio de la solicitud presentada ante la Dirección General de Carreteras del Consell Insular de Mallorca, a través de la cual interesaba la construcción de una pantalla acústica para la protección de la parcela y de la vivienda de su propiedad con unas dimensiones de 170 metros de longitud y 3,5 metros de altura, por causa del paso de la autovía Ma-13. Dicha desestimación por silencio de su solicitud había sido, además, recurrida en alzada, sin obtener tampoco respuesta de la administración.
La desestimación por el Juzgado de las pretensiones del recurrente se amparaba en que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 10 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Clara Penin Alegre)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CANT 650/2016 – ECLI:ES:TSJCANT:2016:650
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Industria; Inspección ambiental; Procedimiento administrativo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una asociación ecologista contra la Resolución de la Dirección General de Industria, a través de la cual se anulaba otra previa que ordenaba la suspensión de una actividad industrial. La Resolución recurrida ordenaba la anulación de la suspensión en tanto en cuanto no se había dado trámite de audiencia a la empresa titular de la actividad, decretando retrotraer el expediente al momento previo a dicho trámite administrativo de audiencia.
La asociación recurrente se alza contra la retroacción del expediente, buscando que continúe vigente tal suspensión, teniendo en cuenta que la actividad de planta de hormigón y planta asfáltica objeto de controversia no contaba con las autorizaciones preceptivas, incluidas las ambientales.
La Sala desestima el recurso interpuesto, con apoyo de jurisprudencia del Tribunal Supremo, en el entendimiento de que el hecho de haber acordado la suspensión de
Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 106, de 20 de agosto de 2016
Temas Clave: Evaluación ambiental; Intervención administrativa; Participación; Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears; Procedimientos de evaluación ambiental; Paisaje; Red Natura 2000
Resumen:
La presente ley consta de seis títulos, incluido el preliminar, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, ocho disposiciones finales y cuatro anexos.
El título preliminar, además de establecer el objeto y el alcance de la ley, también recoge, en las finalidades de la norma, los principios de derecho internacional, europeo y de la legislación básica, Asimismo, se regula el compromiso con la participación, la transparencia y la administración electrónica, y el conflicto entre la publicidad y la confidencialidad de los datos.
Entre las finalidades de la norma, cuyo contenido se desarrolla a lo largo del Título, destacan la de regular un procedimiento de intervención administrativa ambiental que garantice un nivel de protección del medio ambiente elevado; simplificar y agilizar los procedimientos administrativos de control ambiental; fomentar la participación real
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN Documento de orientación de la Comisión sobre la racionalización de las evaluaciones ambientales efectuadas en virtud del artículo 2, apartado 3, de la Directiva de evaluación de impacto ambiental (Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, modificada por la Directiva 2014/52/UE) (2016/C 273/01)
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE C 273/1 de 27 de julio de 2016
Temas clave: Evaluación de Impacto Ambiental; racionalización; procedimiento
Resumen:
La Comisión Europea ha emitido este verano una Comunicación en la que trata y propone una racionalización de la Evaluación de Impacto ambiental.
Dada la importancia de esta figura para la protección de la naturaleza, considera que otorgar de coherencia a una parte de éste procedimiento, mejoraría la protección del medio ambiente, reforzaría la seguridad jurídica, especialmente del inversor tanto público como privado y acortaría plazos y costes.
La propuesta de la Comisión se centra en el apartado 3 del artículo 2 de la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, modificada por la Directiva 2014/52/UE.[1]
La normativa europea
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