25 septiembre 2019

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Legislación al día. Iberoamérica. Portugal. Cambio climático

“Resolução do Conselho de Ministros”  n.º 107/2019, de 1 de julio de 2019, por la que se aprueba la “Hoja de Ruta para la Neutralidad Carbónica

Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)

Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 123 — 1 de julio de 2019

Temas Clave: Cambio climático; Acuerdo de París de 2015 sobre cambio climático; Gases con efecto invernadero (GEI)

Resumen:

Mediante esta norma se persigue implementar a nivel nacional el compromiso asumido con base en el Acuerdo de París para alcanzar la neutralidad carbónica. Es decir la situación en la cual los gases con efecto invernadero (GEI) emitidos sea igual a la capacidad del país para neutralizar los mismos, por medio de actividades, como la plantación de bosques, que absorban esos  mismos GEI emitidos a nivel nacional.

Para conseguir este resultado en 2050 la normativa analizada establece una serie de medidas entre las cuales, cabe destacar las siguientes: eliminar la producción de energía eléctrica a partir de carbón en 2030; reducción de GEI de entre 85% e 90% en relación a 2005 y hasta 2050; aumento de la electrificación de la economía (más del 65% de los consumos energéticos finales serán de electricidad); aumento del protagonismo de la producción solar descentralizada, contribuyendo con 25% de la producción; reducción de las emisiones en la industria de 70%; reducción de 25% de la producción de residuos urbanos per capita; establecer el seguimiento del progreso alcanzado en dirección al objetivo de la neutralidad carbónica por medio de la Comisión Interministerial para el Aire, el Cambio Climático y la Economía Circular instituida por la “Resolução do Conselho de Ministros” n.º 56/2015, de 30 de julio, bien como actualizando cada 10 años esta Hoja de Ruta para la Neutralidad Carbónica.

De acuerdo con la referida Hola de Ruta, para que Portugal sea neutro en carbono en 2050 habrá que reducir, a partir de 2019, de 68 para 12 Megatoneladas las emisiones de CO2 hasta ese año. Lo que significará aumentar de 9 para 12 Megatoneladas la capacidad de secuestro forestal del país. En 2030, el 80% de la energía eléctrica producida en el país provendrá de fuentes renovables; en 2050 será 100%. Así, la dependencia energética del exterior, que es hoy de 75%,  en 2030 será de 65% y en 2050 de 17%. El uso de petróleo que hoy ultrapasa los 65 millones de barriles/año, no deberá de superar los 10 millones en 2050 y dejará de ser usado en la movilidad terrestre. El ahorro anual derivado de las importaciones de combustibles que dejarán de ser  necesarias alcanzará los 4 mil millones de euros por año, lo que representa un valor acumulado (entre 2020 e 2050) de 128 mil millones de euros.

En términos de inversión estatal en medidas necesarias para implementar La Hoja de Ruta para la Neutralidad Carbónica para 2050, se calcula que en una media anual, e entre otros gastos necesarios e indirectos, serán aplicados directamente: en el ciclo urbano del agua, alrededor de 500 millones de euros; en la adaptación al territorio – litoral y combate a las inundaciones y sequías – aproximadamente 200 millones, y;  para la descarbonización de los transportes y eficiencia energética irán hasta los 1200 millones. Pero también se espera  que la dinámica económica del mercado, apoyada por un conjunto de políticas públicas adecuadas – sobre todo las relacionadas con el Plan para la Economía Circular –,  originen una  inversión privada anual de 30 mil millones de euros entre 2020 e 2050.

Como balance final de La Hoja de Ruta de la Neutralidad Carbónica 2050 se concluye que: sin el impulso de la neutralidad carbónica  habría una reducción de 60% de las emisiones de CO2 hasta 2050, mientras que,  gracias a esta Hoja de Ruta,  se espera alcanzar, por lo menos, 85%.

Entrada en vigor: 2 de julio de 2019.

Normas afectadas: no fue alterada ninguna normativa.

Enlace web: “Resolução do Conselho de Ministros”  n.º 107/2019, de 1 de julio de 2019, por la que se aprueba la “Hoja de Ruta para la Neutralidad Carbónica