23 julio 2025

España Legislación al día

Legislación al día. España. Registro de Seguridad. Presas y embalses

Orden TED/572/2025, de 26 de mayo, por la que se crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses en el ámbito de la Administración General del Estado

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE n. 135, de 5 de junio

Palabras clave: Aguas. Registro. Organización. Seguridad. Presas y embalses. Balsas de altura. Dimensiones. Riesgo.

Resumen:

El Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas con la finalidad de proteger a las personas, al medio ambiente y a las propiedades, habilitó al Gobierno en su artículo 123 bis para establecer las condiciones esenciales de seguridad que deben cumplir las presas y embalses «estableciendo las obligaciones y responsabilidades de sus titulares, los procedimientos de control de la seguridad, y las funciones que corresponden a la Administración Pública». En cumplimiento de esa habilitación el Gobierno aprobó el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero.

Por otra parte, han sido aprobadas las Normas Técnicas de Seguridad de presas y sus embalses, mediante el Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, que, en su artículo 4 dispone que los titulares a los que se refiere el artículo 367.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico están obligados a solicitar tanto la doble clasificación de esas infraestructuras en función de sus dimensiones y del riesgo derivado de su rotura o funcionamiento incorrecto, como su inscripción en el Registro de Seguridad de Presas y Embalses.

En este contexto, la presente Orden crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses en el ámbito de la Administración General del Estado, regula su régimen de funcionamiento y establece su contenido mínimo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 363 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

En el registro se inscribirán todas las presas y embalses y balsas de altura superior a cinco metros o de capacidad mayor de 100.000 metros cúbicos, sean de titularidad pública o privada, existentes, en construcción o que se vayan a construir, y sobre los que la Administración General del Estado ostente la competencia en materia de su seguridad.

Las menciones hechas en esta orden a las presas incluirán a las balsas de agua y sus diques de retención, si bien la información a anotar atenderá a sus características intrínsecas.

Los titulares de las presas y embalses están obligados a solicitar su inscripción en el Registro en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente orden. Aquellos que estuvieran en fase de proyecto o de construcción que vayan a efectuar algún trámite con la Administración competente en materia de seguridad de presas y embalses deberán solicitar su inscripción en el Registro junto con dicho trámite.

En el capítulo II se establece la organización y funcionamiento del Registro.

El procedimiento de inscripción se regula en el Capítulo III.  Se practicarán de oficio por parte de la Dirección General del Agua las siguientes inscripciones: a) De la información relativa a las presas y embalses de titularidad estatal, así como de sus modificaciones. b)De todas las resoluciones que dicte en materia de seguridad de presas y embalses. c) De cuantos informes sean emitidos en materia de control de seguridad por parte de la Administración competente en materia de seguridad de presas y embalses.

Para proceder a la inscripción inicial de una presa o embalse en el Registro, o para cualquier modificación posterior, su titular deberá dirigir la solicitud y los modelos de fichas registrales que figuran en los anexos I y II de esta orden, debidamente cumplimentadas, al organismo de cuenca competente.

Entrada en vigor: 1 de julio de 2025.

Normas afectadas: Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

Enlace web: Orden TED/572/2025, de 26 de mayo, por la que se crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses en el ámbito de la Administración General del Estado