25 julio 2016

CC.AA. Comunidad Valenciana Legislación al día

Legislación al día. Comunidad Valenciana. Residuos municipales

Decreto Ley 4/2016, de 10 de junio, del Consell, por el que se establecen medidas urgentes para garantizar la gestión de residuos municipales

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: DOCV núm. 7805, de 14 de junio de 2016

Temas clave: Ayuntamientos; Competencias; Residuos; Valorización; Vertederos

Resumen:

El Decreto Ley 4/2016 responde a la necesidad de articular medidas que garanticen el cumplimiento de las obligaciones dimanadas de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas. Más en concreto, y como se indica en el propio Preámbulo de la norma comentada, «la situación actual en extensas zonas de la Comunitat Valenciana se caracteriza por un conjunto grave de incumplimientos de los principios básicos de la gestión de residuos en los términos establecidos por la Directiva 2008/98/CE. Así, se están ignorando, de forma generalizada, los principios de autosuficiencia en la gestión, proximidad en el tratamiento, subsidiariedad, responsabilidad compartida, prevención y limitación de residuos en origen, y de cautela o precaución».

Todo ello, continúa el Preámbulo, ha «conducido a situaciones de extrema gravedad que por incapacidad de tratamiento, por instalaciones saturadas, o por su cierre entre otras circunstancias, están conduciendo a consecuencias indeseables como contaminación en la gestión de los residuos, generación de lixiviados, emisiones atmosféricas por vertido, tratamiento y transporte, o potenciales afecciones en la salud».

En consecuencia, a través del Decreto Ley objeto de análisis, se introducen modificaciones en las siguientes normas:

-Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana: Se prevé la posibilidad de que la Comunidad Autónoma requiera el cumplimiento de la normativa de residuos a aquellos municipios que no presten los servicios obligatorios de valorización o eliminación de residuos y demás obligaciones derivadas de esta norma. Si tal requerimiento no fuese cumplimentado en plazo, podrá la Comunidad Autónoma adoptar las medidas necesarias a tal fin, a costa de la entidad local de que se trate. Además, se añaden nuevas competencias a la Comunidad Autónoma -artículo 8 de la Ley 10/2000- a fin de que sea ésta la que preste servicios de valorización o eliminación de residuos municipales a través del oportuno convenio administrativo o en caso de dispensa municipal.

-Se modifica también la Ley 12/2010, de 21 de julio, de la Generalitat, de Medidas Urgentes para Agilizar el Ejercicio de Actividades Productivas y la Creación de Empleo, a fin de habilitar la actuación de los medios propios de la Generalitat, contemplando la posibilidad de que la sociedad mercantil VAERSA y las sociedades filiales de esta, integrantes del sector público autonómico, puedan ser también medio propio instrumental y servicio técnico de los consorcios y entidades locales competentes.

Entrada en vigor: 15 de junio de 2016.

Documento adjunto: pdf_e