29 noviembre 2022

Castilla y León CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Castilla y León. Prevención ambiental. Energías renovables. Autoconsumo

Decreto-Ley 4/2022, de 27 de octubre, de modificación del Decreto-Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, del Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica y por el que se actualizan las retribuciones para 2022 en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOCyL núm. 209, de 28 de octubre de 2022

Palabras clave:  Energías renovables. Autoconsumo. Zonificación ambiental. Planeamiento. Distancias.

Resumen:

A través del Decreto-ley autonómico 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica, se aprobaron una serie de medidas para contribuir a establecer un marco que impulsara una recuperación frente a la crisis económica y la inflación, las cuales se vieron agravadas por la invasión militar rusa a Ucrania. Entre estas medidas, el capítulo IV de la citada norma recoge las relativas a la sostenibilidad ambiental que van dirigidas a agilizar e impulsar los procedimientos de autorización de proyectos de energías renovables.

Desde la aprobación de este Decreto-ley se ha mejorado la definición de algunos parámetros de ubicación de instalaciones de generación de energía, que inciden en lo previsto en la citada norma. Asimismo, para acomodar la regulación existente a las modificaciones normativas habidas desde el Consejo Extraordinario de Ministros de Energía, celebrado el 26 de julio en Bruselas, es necesario revisar tanto aquel Decreto-ley como el Decreto-Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención ambiental de Castilla y León, para continuar fomentando la electrificación de la economía en paralelo con el despliegue de las energías renovables y el autoconsumo.

De esta manera, con el objetivo de flexibilizar los criterios para la autorización de proyectos de energías renovables, se duplica hasta 10 MW el umbral a aplicar a las instalaciones de autoconsumo, excluyendo las instalaciones que tengan por objeto la maximización de la capacidad de evacuación a través de proyectos de hibridación con instalaciones de generación ya existentes así como mediante la repotenciación de parques eólicos en funcionamiento y, en general, facilitando el desarrollo de todas aquellas instalaciones de generación con energías renovables con una potencia máxima de hasta 2 MW.

Más específicamente, dentro del Capítulo I, el artículo 1 modifica el artículo 50.2 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental y el apartado 1 de la disposición adicional segunda del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el citado texto refundido para aclarar, en la referencia que se hace a los instrumentos de planeamiento que no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente, que se incluyen también sus modificaciones.

A continuación, en el artículo 2, se modifican los artículos 13 a 15 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio. En cuanto a la definición de criterios para autorizar proyectos de energías renovables, recogidos en el artículo 13 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, han surgido dificultades en la interpretación y aplicación de la norma, por lo que se han incorporado aclaraciones en los criterios, sobre todo en las referencias a las distancias y su medida, referenciando ésta a las propias instalaciones de generación y no a los perímetros de las parcelas en los que se ubican las mismas.

Se incide en nuevas exclusiones en la aplicación de estos criterios, permitiendo salvar ciertas limitaciones a las instalaciones cuyo objetivo principal sea el suministro a empresas ubicadas en polígonos industriales y otras instalaciones auxiliares que se excluyen del cumplimiento de criterios.

Asimismo, se realizan ajustes en el artículo 14, para adecuarlo a la modificación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, efectuada por el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, suprimiendo la posibilidad de aplicación del procedimiento de determinación de la afección ambiental para proyectos de energías renovables que se sitúen en zonas de sensibilidad moderada según la «Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables», elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

En el artículo 15, en coherencia con las modificaciones recogidas en la normativa estatal antes citada se refuerza la transparencia en este procedimiento con la publicación del informe de determinación de afección ambiental en la sede electrónica del órgano ambiental y en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por último, “los proyectos a los que se refiere el artículo 14.2 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, que estén ubicados en zonas de sensibilidad moderada según la «Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables», herramienta elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y que, a la entrada en vigor de este Decreto-ley hubieran iniciado su tramitación conforme al procedimiento de determinación de afección ambiental previsto en el artículo 15 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, continuarán dicha tramitación de acuerdo con los artículos mencionados”.

Entrada en vigor: 29 de octubre de 2022.

Normas afectadas: Nos remitimos al apartado Resumen.

Enlace web: Decreto-Ley 4/2022, de 27 de octubre, de modificación del Decreto-Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, del Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica y por el que se actualizan las retribuciones para 2022 en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.