9 agosto 2010

Comunidad Foral de Navarra Jurisprudencia al día Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Autorización ambiental integrada

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 12 de marzo de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Ponente: Antonio Rubio Pérez)

Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Fuente: CENDOJ STSJ NAV 2/2010

Temas Clave: Autorización Ambiental Integrada, trámite de información pública, concepto de interesado, informe de compatibilidad urbanística, actividades clasificadas, concepto de instalación, conexión actividad extractiva-actividad fabril, estudio de impacto ambiental, emisiones a la atmósfera.

Resumen:

El Ayuntamiento de Olazagutía y tres particulares formulan sendos recursos acumulados contra la Orden Foral 302/2007, de 6 de junio, a través de la cual se concedió autorización ambiental integrada en su término municipal a la mercantil “Cementos Portland Valderribas, S.A.” y frente a la Resolución del Director General de Medio Ambiente y Agua por la que se concedió a la citada empresa autorización de apertura para la actividad de fabricación de cementos, solicitando la nulidad o subsidiariamente la anulabilidad de los actos impugnados. A los efectos del examen de esta sentencia, se debe aclarar que no se trata de una nueva instalación sino de una “instalación ya existente”.

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24 marzo 2010

Comunidad Foral de Navarra Jurisprudencia al día Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Contaminación Acústica

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 19 de mayo de 2009 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, ponente: Juan Antonio Hurtado Martínez)

Fuente: CENDOJ. ID. Nº 31201330012009100356

Autor de la nota: José Francisco Alenza García, Profesor titular de Derecho administrativo de la Universidad de Navarra

Temas clave: ruido, contaminación acústica, responsabilidad patrimonial de la Administración por inactividad, vulneración de derechos fundamentales

Resumen:

En un procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales se exige responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento por su inactividad ante los ruidos procedentes de una bajera para la reunión y ocio de jóvenes o “pipero”.

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 19 de mayo de 2009 recuerda la abundante jurisprudencia del TEDH, del TC y del TS sobre la potencialidad del ruido para vulnerar derechos fundamentales como el de la integridad física y psíquica o la intimidad del domicilio.

Advierte que el Ayuntamiento tiene una posición de garante respecto a la no emisión de ruido nocivo, de tal modo que, cuando no cumpla debidamente con dicha

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27 mayo 2009

Comunidad Foral de Navarra Jurisprudencia al día Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Aplicación del Reglamento MINP

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (Sala de lo Contencioso – Administrativo) de 2 de octubre de 2008. Ponente: Juan Alberto Fernández Fernández.

Fuente: CENDOJ, Id. 31201330012008100438

Temas clave: Reglamento MINP: Legitimación para invocar el art. 4. Aplicación en Navarra. Autorizaciones ambientales. Licencia de Actividades clasificadas: procedimiento. Autorización Ambiental Integrada con Evaluación de Impacto Ambiental: cuestión sobre su procedencia.

Consúltese: ALENZA GARCÍA, José Francisco. El fin de la polémica del reglamento de actividades molestas, insalubres y peligrosas, Revista Jurídica de Navarra, julio-diciembre 2008, núm. 46, pp. 167-207.

Resumen:

En el presente asunto, la parte recurrente interpuso recurso constencioso administrativo solicitando la nulidad de la resolución 1208/2006 de 18 de agosto dictada por el Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra por la que se autorizaba la instalación de una planta ultramóvil de aglomerado asfáltico en una parcela situada en el Ayuntamiento de Igantzi.

La recurrente atribuye al citado acuerdo una falta de adecuación al ordenamiento jurídico estatal, comunitario y autonómico, mereciendo especial atención la cuestión relativa a la vigencia del Reglamento MINP, abordada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra con ocasión de la invocación

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