8 febrero 2013

Actualidad

Actualidad al día. Viviendas rurales sostenibles

La Comunidad de Madrid aprueba una Ley de Viviendas Rurales Sostenibles

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Fuente: BOCAM núm. 308, de 27 de diciembre de 2012

Temas clave: Urbanismo; Medio Rural; Desarrollo sostenible

El pasado 27 de diciembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles, que tiene por objeto el dotar a la Región de una normativa específica que determine las condiciones que permitan a los ciudadanos residir fuera de los núcleos urbanos siempre que se cumplan unas condiciones que garanticen el respeto al entorno natural y se consiga un equilibrio entre el necesario uso del suelo y la defensa del entorno.

En este sentido, se considerará vivienda rural sostenible, aquella edificación unifamiliar aislada destinada a la residencia de su titular, y edificada bajo los límites y requisitos establecidos en el Anexo de la Ley. Entre esos límites y requisitos podemos destacar que la superficie mínima de la unidad deberá ser de 6 hectáreas; que sólo se podrá autorizar en suelo urbanizable no sectorizado, en suelo no urbanizable sujeto a protección sectorial y en suelo con protección sectorial en el que su régimen jurídico no prohíba el uso residencial; que la distancia mínima con cualquier otra construcción ha de ser de 250 metros; que la altura máxima de la edificación a alero ha de ser de 3,5 metros; o que la superficie máxima de ocupación ha de ser de 1,5 por 100 de la unidad.

A lo largo de su articulado, la Ley regula el procedimiento que habrá de seguirse para la obtención de la correspondiente licencia municipal necesaria para la construcción de la vivienda rural sostenible.

Documento adjunto: pdf_e