Murcia aprueba la propuesta de Resolución definitiva relativa a la convocatoria de subvenciones para la financiación de la adaptación de líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos por el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, para personas físicas o jurídicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 237, de 13 de octubre de 2025
Palabras clave: Electrocución avifauna. Especies amenazadas. Operadores eléctricos.
Resumen:
La electrocución de avifauna es una de las principales amenazas para la biodiversidad. Según las estimas del Ministerio de Transición Ecológica, entre 15000 y 30000 rapaces mueres anualmente en España a consecuencia de la electrocución en torres eléctricas. Esta situación es especialmente grave para algunas especies como el águila perdicera (Hieraetus fasciatus), que ha ocasionado su actual estado calificado como “en peligro de extinción” en la Región de Murcia.
Mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, de fecha 30 de diciembre de 2024, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria anticipada de subvenciones para la financiación de la adaptación de líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos por el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, para personas físicas o jurídicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
1.º Formular propuesta de resolución definitiva de las subvenciones concedidas, denegadas, en lista de espera e inadmitidas en la convocatoria de subvenciones para la adaptación de líneas eléctricas de alta tensión. El detalle de las mismas se adjunta en los anexos a esta resolución:
- Anexo I: Línea 1 “Empresas privadas”
- Anexo II: Línea 2 “Familias y entidades sin ánimo de lucro”.
2.º Ordenar la publicación de esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Dicha publicación surtirá todos los efectos de notificación practicada, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.º Conceder a los beneficiarios un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BORM, para presentar la aceptación expresa de la subvención concedida a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (procedimiento código 4486). Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora. La aceptación de la ayuda implica la aceptación de lo establecido en la normativa específica de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La falta de aceptación expresa en el plazo indicado implicará la desestimación de su solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Orden de bases.
4.º Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Ajustar los costes a los precios de referencia del MITECO, conforme a los artículos 6 y 7 de la Orden de bases.
- Solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor (art. 118 Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público), justificando la elección cuando no recaiga en la más ventajosa.
- Ejecutar las actuaciones subvencionadas con fecha límite el 30/11/2025, según el artículo 20 de las Bases Reguladoras.
- Comunicar el inicio de las obras dentro de los siete días siguientes al inicio de las mismas, y en caso de modificación, antes de las setenta y dos horas del inicio de los trabajos. La finalización de las obras se comunicará antes de presentar la justificación documental.
- Solicitar el pago de la ayuda mediante la presentación del Anexo VII junto con la documentación correspondiente, una vez concluida la totalidad de las actuaciones objeto de la subvención incluidas en la resolución de concesión y a más tardar dentro de los quince días siguientes al vencimiento del plazo de ejecución, a través del procedimiento 4486.
- Cumplir con las obligaciones de publicidad NEXT GENERATION.
5.º La presente propuesta de resolución definitiva no crea derecho alguno frente a la Administración a favor de los beneficiarios propuestos hasta que se dicte la resolución de concesión por la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática.
En esta propuesta de resolución definitiva se propone la con cesión de ayudas por un importe total de 1.849.147,88 €, distribuidos entre 106 beneficiarios, con cargo a las partidas presupuestarias siguientes:
– Línea 1 “Empresas privadas”: 16.02.00.442F.77059, Proyecto 50195,
Subproyecto 050195240001 y
– Línea 2 “Familias y entidades sin ánimo de lucro”: 16.02.00.442F.78059.
Proyecto 50289, Subproyecto 0502892240001.



