22 March 2011

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado

Enmiendas de 2009 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (Enmiendas a las Reglas 1, 12, 13, 17 y 38 del Anexo I del Convenio MARPOL, al Suplemento del Certificado IOPP y a las partes I y II del Libro registro de hidrocarburos), (publicado en los “Boletines Oficiales del Estado” nºs. 249 y 250 de 17 y 18 de octubre de 1984, respectivamente) aprobadas el 17 de julio de 2009 mediante Resolución MEPC.187(59)

Resumen:

La presentes enmiendas modifican el anexo 1 del Convenio MARPOL 73/78 relativas a las reglas 1, 12, 13, 17 y 38 y al Suplemento del Certificado IOPP y las partes I y II del Libro registro de hidrocarburos.

Entrada en vigor: 1 de enero de 2011

22 March 2011

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado

Enmiendas de 2009 al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (Adición de un nuevo capítulo 8 del Anexo I del Convenio MARPOL e introducción de las enmiendas consiguientes en el modelo B del Suplemento del Certificado IOPP), (publicado en los “Boletines Oficiales del Estado” nºs. 249 y 250 de 17 y 18 de octubre de 1984, respectivamente) aprobadas el 17 de julio de 2009 mediante Resolución MEPC.186(59).

Resumen:

A través de estas enmiendas se modifica el Anexo I del Convenio MARPOL 73/78 consistentes en la adición de un nuevo capítulo 8 sobre “Prevención de la contaminación durante el trasbordo de cargas de hidrocarburos entre petroleros en el mar”, e introducen las enmiendas consiguientes en el modelo B del Suplemento del Certificado IOPP.

Entrada en vigor: 1 de enero de 2011

31 May 2010

Current Case Law

Jurisprudencia al día. Vertidos

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 18 de marzo de 2010. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede de Burgos. Ponente: José Matías Alonso Millán.

Fuente: CEDOJ. ID. Nº 09059330012010100093

Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.

Temas Claves: Aguas; Vertidos; Sanción; Confederación Hidrográfica.

Resumen:

Es objeto de la Sentencia de 18 de marzo de 2010, la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, de fecha de 4 de octubre de 2007, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la Resolución de 6 de agosto del mismo año, por la que se impone al recurrente de la misma una sanción de novecientos euros de multa y se le requiere para que proceda a no realizar más ese tipo de actuaciones, esto es vertidos a las aguas competencia de la citada Confederación.

El recurrente opone ante la citada sanción distintas cuestiones, por un lado una supuesta violación del principio de culpabilidad; en segundo lugar, no haberse producido la acreditación de la verdadera existencia del vertido; en tercer lugar, una clara situación de indefensión

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19 April 2010

Castille and Leon Current Case Law High Court of Justice of the Administrative Community

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Vertidos

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 22 de enero de 2010. (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª. Sede de Burgos. Sentencia 36/2010, de 22 de enero de 2010. Ponente Dña. María Begoña González García.)

Fuente: Id. Cendoj: 09059330012010100051

Autor de la nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat.

Temas clave: Vertidos a las aguas. Infracción Ley de Aguas. Procedimiento sancionador. Gestión de residuos ganaderos.

Resumen: Ante la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se sanciona con multa de nueve mil euros por vertidos a las aguas de residuos ganaderos; la parte demandada interpone recurso jurisdiccional.

El recurrente alega que se vulnera el principio de presunción de inocencia, propio del procedimiento sancionador, dado que no se considera probada la existencia de los vertidos; ni tampoco queda acreditado que exista consecuencia alguna para las aguas o para el medio ambiente; así como tampoco la capacidad o efecto contaminante de la sustancia vertida al terreno, ante la falta de toma de muestras. Y, o en todo caso, se alega una inadecuada calificación de los hechos denunciados.

Alegaciones de

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12 April 2010

Castille and Leon Current Case Law High Court of Justice of the Administrative Community

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Vertidos

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 18 de enero de 2010 ( Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sede: Burgos; Sección 1ª, Ponente: José Matías Alonso Millán)

Fuente: CENDOJ Id. Cendoj: 09059330012010100040

Autor de la nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat

Temas clave: Vertido a las Aguas. Infracción de la Ley de Aguas. Procedimiento sancionador

Resumen: Es interpuesto recurso ante la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se sanciona a la parte actora por infracción de la normativa de aguas, en concreto por el vertido de purines en grandes cantidades. La parte actora basa su recurso en primer lugar, en una vulneración de la presunción de inocencia, por cuanto se considera que la Administración hubiera debido de probar la los hechos. Asimismo considera que en ningún caso se puede considerar los hechos como “vertidos a cauce” y considerando, en todo caso, que la infracción que se desea imponer es desproporcionada dada la inadecuada calificación de los hechos.

Sin embargo, ante la pretensión de la parte actora, de que se deje sin efecto la resolución sancionatoria o

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