Título: “La acción popular medioambiental en el control jurisdiccional de la gracia de indulto: el caso del Real Decreto 863/2013”
Title: “Environmental class action in grace of pardon’s judicial review: the case of Royal Decree 863/2013”
Autor: Miquel Pons Portella, Abogado
Fecha de recepción: 15/ 10/ 2016
Fecha de aceptación: 25/ 10/2016
Resumen:
El Tribunal Supremo ha anulado con su Sentencia de 8 de junio de 2015 el indulto concedido por el Gobierno mediante el Real Decreto 863/2013 a un empresario condenado en 2011 a prisión como autor de un delito contra la ordenación del territorio. Más allá de la relevancia de tal decisión, que no es sorpresiva por cuanto deriva de la jurisprudencia precedente, el caso presenta la notable peculiaridad de haber sido suscitado por una asociación ecologista, cuya controvertida legitimación activa es admitida mediante la innovadora interpretación que el Alto Tribunal realiza de la acción popular en asuntos medioambientales regulada por la Ley 27/2006, de 18 de julio. Este trabajo estudia la Sentencia en cuestión poniendo el acento en las novedades que supone.
Abstract:
Supreme Court has annulled by its Judgment of 8th June 2015 the pardon conceded by Government through Royal Decree 863/2013 to a businessman sentenced
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 16 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: José Ramón Giménez Cabezón)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 7193/2016 – ECLI:ES:TSJM:2016:7193
Temas Clave: Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Convenio de Aarhus); Información ambiental; Pesca
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Fundación OCEANA contra la inactividad administrativa tras la solicitud de ejecución de acto firme a consecuencia de la estimación por silencio positivo de solicitud de acceso a información ambiental al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Dicha solicitud de información concernía a los datos recogidos de los mensajes automáticos emitidos por los sistemas de seguimiento de pesqueros vía satélite (cajas azules) de la flota española de arrastre de fondo en todas las aguas de soberanía española. Dicha Fundación justificaba su solicitud de información a fin de entenderla precisa para la campaña de actuación relativa a la promoción de pesquerías sostenibles y la conservación de hábitats marinos de especial interés.
En
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mariano De Oro-Pulido López)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 3050/2016- ECLI: ES: TS: 2016:3050
Temas Clave: Plan parcial; evaluación ambiental; asociaciones
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve en esta ocasión el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Collado Villalba contra la Sentencia 227/2015, de 2 de marzo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso 1607/2009, a instancia de Ecologistas en Acción-CODA, contra el Acuerdo de 16 de julio de 2009 del Pleno del Ayuntamiento citado por el que aprobó definitivamente el Plan Parcial correspondiente al Sector 1.6. “Caño de la Fragua”, del Plan General de Ordenación Urbana. Es parte recurrida la Asociación Ecologistas en Acción.
El Ayuntamiento esgrime tres motivos de casación, al amparo del art. 88.1.d), entre los que destaca, a los efectos de este comentario, la infracción de la Disposición Transitoria Primera y los arts. 3 y 17 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en
Ordenación del territorio:
DELGADO RAMOS, Gian Carlo. “Configuraciones del territorio: desarrollo, desarrollismo, transiciones y alternativas”. Argumentum (Universidade Federal do Espírito Santo), vol. 7, n. 2, julio-diciembre 2015, pp. 32-58, [en línea]. Disponible en Internet: http://dx.doi.org/10.18315/argumentum.v7i2.9556 [Fecha de último acceso 17 de mayo de 2016].
GAMERO RUIZ, Eva. “La norma de ordenación territorial como norma jurídica: fuentes de la ordenación del territorio”. Revista internacional de direito ambiental, n. 10, enero-abril 2015, pp. 105-134, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida10/index.html [Fecha de último acceso 12 de mayo de 2016].
Organismos modificados genéticamente ( OMG ):
CORTI VARELA, Justo. “Implicaciones de la reciente autorización de comercialización para el consumo humano del salmón modificado genéticamente”. Ius et scientia: revista electrónica de derecho y ciencia, vol. 1, n. 1, 2015, pp. 93-109, [en línea]. Disponible en Internet: http://institucional.us.es/iusetscientia/index.php/ies/article/view/21 [Fecha de último acceso 18 de mayo de 2016].
Organizaciones no gubernamentales ( ONG ):
BROSSET, Estelle. “Flexible droit de l’Union européenne… en matière d’OGM: à propos de la directive 2015/412 du 11 mars 2015 en ce qui concerne la possibilité pour les États membres de restreindre ou d’interdire la culture d’OGM sur leur territoire”. Cahiers de droit europeen, vol. 51, n. 2-3, 2015, pp. 651-681
KLINGER,
Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de mayo de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Luis María Díez-Picazo Giménez)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 1987/2016- ECLI: ES:TS: 2006:1987
Temas Clave: Subvenciones; competencias; Estado; Comunidades Autónomas
Resumen:
En esta ocasión, la Sala del TS resuelve el recurso contencioso-administrativo 215/2014 interpuesto por la Generalidad de Cataluña contra el Real Decreto 699/2013, de 20 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente. La recurrente solicita la nulidad de los arts. 2, 3.d), 6, 7, 9 y 17, y la previsión “así como las de investigación científica, en relación con el medio ambiente”, contenida en el art. 1, párrafo 2, y la Orden AAA/1903/2013, de 9 de octubre, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el marco del aludido Real Decreto.
A juicio de la Generalidad, la norma impugnada contraviene la jurisprudencia del TC, en cuya virtud el Estado puede destinar los fondos a
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