Acceso a la justicia:
DOMINICIS, Nicola de. “L’accesso alla giustizia in materia ambientale: profili di diritto europeo”. Assago (Italia): Wolters Kluwer, 2016. 162 p.
Agricultura:
GUHA, RANAJIT. “Una ley agraria para Bengala: los comienzos de la dominación británica en La India”. Madrid: Traficantes de sueños, 2017. 278 p.
Ayudas:
VILLAR EZCURRA, Marta. “State aids, taxation and the energy sector”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters – Aranzadi, 2017. 422 p.
Bienestar animal:
REGAN, Tom. “En defensa de los derechos de los animales”. México D.F. (México): Fondo de Cultura Económica, 2017. 495 p.
Biodiversidad:
BOWMAN, Michael; DAVIES, Peter; GOODWIN, Edward. “Research handbook on biodiversity and law”. Cheltenham (Reino Unido): Edward Elgar, 2016. 490 p.
MORGERA, Elisa; RAZZAQUE, Jona. “Biodiversity and nature protection law”. Cheltenham (Reino Unido): Edward Elgar, 2017. 519 p.
Biotecnología:
DOPAZO FRAGUÍO, Mª Pilar. “Derecho de la comunicación y biotecnología: tutela pública y proyección de la innovación biotecnológica”. Madrid: Fragua, 2017. 108 p.
Contratación pública verde:
MONTEILLET, Vanessa. “La contractualisation du droit de l’environnement”. París (Francia): Dalloz, 2017. 732 p.
Derecho ambiental:
ARBOUR, Jean-Maurice et al.. “Droit international de l’environnement”. Montreal (Canadá): Yvon Blais, 2017. 1527 p.
CALSTER, Geert Van; REINS, Leonie. “EU Environmental Law”. Cheltenham
Se dispone la publicación del Plan de Gestión de la Reserva de la Biosfera Río Eo, Oscos y Terras de Burón
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPA núm. 112, de 17 de mayo de 2017
Temas Clave: Biodiversidad; Reserva de la biosfera
Resumen:
La Reserva de la Biosfera del Río Eo, Oscos y Terras de Burón, integrada por territorios de las Comunidades Autónomas de Asturias y Galicia, fue declarada el 18 de septiembre de 2007 por el Consejo Internacional de Coordinación del Programa Hombre y Biosfera (MaB) de la UNESCO, reunido en París, y desde entonces forma parte de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera.
A efectos de su difusión y conocimiento, su Plan de gestión se publica en el portal web del Gobierno del Principado de Asturias y en la página web “Naturaleza de Asturias”.
La dirección del portal web es: https://www.asturias.es/portal/site/medioambiente/menuitem.1340904a2df84e62fe47421ca6108a0c/?vgnextoid=fed83fb17fe73210VgnVCM10000097030a0aRCRD&vgnextchannel=5f135b51cb90c110VgnVCM1000006a01a8c0RCRD&i18n.http.lang=es La dirección de la página web es: http://www.naturalezadeasturias.es/upload/PLAN_GESTION_RB_EO_OSCOS.pdf
Documento adjunto:
Se designa el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Sierra de Ugarra” como Zona Especial de Conservación y se aprueba su Plan de Gestión
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto Foral 22/2017, de 5 de abril de 2017 (BON núm. 88, de 9 de mayo de 2017)
Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; Gestión
Resumen:
El espacio denominado “Sierra de Ugarra” está situado en la zona nororiental de Navarra en el área de confluencia de los municipios de Navascués, Romanzado y Urraúl Alto, y ocupa una superficie de 5.087,40 ha. Alberga hábitats naturales, flora y fauna silvestre representativos de la diversidad biológica de Navarra, que en algunos casos se encuentran amenazados de desaparición. Es por ello que se necesita seleccionar áreas donde mediante sistemas eficaces y efectivos de gestión activa y preventiva se garantice la persistencia de estos hábitats naturales y especies silvestres a largo plazo, algunos de ellos incluidos en las Directivas de Hábitats y de Aves.
Se crea un Comité de Pilotaje, como órgano consultivo y de participación en la gestión de la conservación del espacio.
El plan que se aprueba se ajustará
Aguas:
MARTÍNEZ MOSCOSO, Andrés; VERDUGO SILVA, Julio Teodoro. “La participación ciudadana en los Consejos de Administración: el caso ecuatoriano en las Empresas de agua potable”. Cadernos de Dereito Actual: Universidade de Santiago de Compostela, n. 6, 2017, pp. 153-183, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.cadernosdedereitoactual.es/ojs/index.php/cadernos/article/view/192 [Fecha de último acceso 23 de mayo de 2016].
Aguas subterráneas:
FLORES GARCÍA, Ana Isabel; MOLINA GARCÍA, María José. “Tratamiento legal de las aguas subterráneas en España: ¿se garantiza un uso sostenible de este recurso natural?”. Diario La Ley, n. 8971, 2017
FLORES GARCÍA, Ana Isabel; MOLINA GARCÍA, María José. “Tratamiento legal de las aguas subterráneas en España: ¿Se garantiza un uso sostenible de este recurso natural?”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 5 mayo 2017, pp. 1-4
Alimentación:
GONZÁLEZ VAQUÉ, Luis; VIVES-REGO, Josep. “Entre el Derecho y el sentido común: soluciones técnico-jurídicas para la lucha contra el despilfarro alimentario”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 5 mayo 2017, pp. 1-5
Bienestar animal:
GORDILHO, Heron José de Santana; SANTANA GORDILHO, Jacqueline Cardoso Lopes. “Brazilian Animal Testing Crimes And Alternartives”. Argumentum (Universidade da Marília), n. 17, enero-diciembre 2016, pp. 387-412, [en línea]. Disponible en Internet: http://ojs.unimar.br/index.php/revistaargumentum/article/view/307 [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2016].
PÉREZ
Ley 3/2017, de 2 de mayo, de regulación de los senderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 89, de 12 de mayo de 2017
Temas Clave: Biodiversidad; Senderos; Usos
Resumen:
Los senderos existentes en Andalucía como espacio abierto que invita al disfrute de la ciudadanía en general de los diferentes recursos naturales, exigen una regulación que permita conciliar todos esos usos de forma ordenada, haciéndolos compatibles con el respeto al medio ambiente y la realización segura de los mismos.
A lo largo de los últimos años, diversos agentes públicos y privados han intervenido en la promoción y ejecución de numerosos proyectos de senderos. Sin embargo, este crecimiento cuantitativo ha puesto de relieve carencias de coordinación entre las distintas iniciativas y las metodologías en ellas aplicadas.
La presente ley, compuesta por cinco artículos y dos disposiciones finales, pretende resolver esta situación, estableciendo el marco regulador básico para lograr un adecuado desarrollo reglamentario que ordene la compatibilidad de los diferentes usos y valores que se concentran en estos espacios.
De conformidad con su artículo 2, “se entiende por
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