El País Vasco aprueba la ordenación de la actividad de la apicultura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 136 de fecha 18 de julio de 2025
Palabras clave: Producción primaria. Alimentación. Miel. Envasado y etiquetado.
Resumen:
La apicultura en España es un sector importante y en crecimiento. Destaca especialmente por ser el principal productor de miel de la Unión Europea y el que presenta el mayor grado de profesionalización. El Reglamento (CE) n.º 853/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal, que es de aplicación a los productos de origen animal, establece los requisitos específicos para los productos de origen animal. La particularidad de los productos apícolas, respecto a que requieren un proceso de extracción y envasado, los hacen sensiblemente diferentes a la mayoría de los productos primarios considerados por dicho Reglamento, si bien este Reglamento no establece requisitos mínimos para la manipulación (extracción y envasado) llevada a cabo en la propia explotación. El Anexo II, es el que define los requisitos generales para los locales destinados
Acceso a la justicia:
ALANÍS ORTEGA, Gustavo; CARRILLO FUENTES, Juan Carlos; SEVERINO ORTEGA, Tomás. Reflexiones jurídico-ambientales en torno al Acuerdo de Escazú. Derecho Ambiental y Ecología, año 21, n. 96, mayo-agosto 2025, pp. 05-08. Disponible en: https://ceja.org.mx/wp-content/uploads/2025/08/DAyE_96.pdf (Fecha de último acceso 08-09-2025).
Alimentación:
BASURTO GONZÁLEZ, Daniel. Una palabra para el amigo y una copa para el vino sustentable. Derecho Ambiental y Ecología, año 21, n. 96, mayo-agosto 2025, pp. 41-44. Disponible en: https://ceja.org.mx/wp-content/uploads/2025/08/DAyE_96.pdf (Fecha de último acceso 08-09-2025).
Bienestar animal:
CALVILLO DÍAZ, Gabriel. El avance de la protección penal de la vida animal. Derecho Ambiental y Ecología, año 21, n. 96, mayo-agosto 2025, pp. 27-32. Disponible en: https://ceja.org.mx/wp-content/uploads/2025/08/DAyE_96.pdf (Fecha de último acceso 08-09-2025).
Cambio climático:
GARCÍA URETA, Agustín. Cambio climático, ciencia y opiniones. Blog de Derecho Ambiental, 16 de julio de 2025. Disponible en: https://www.abogacia.es/publicaciones/blogs/blog-derecho-ambiental/cambio-climatico-ciencia-y-opiniones/ (Fecha de último acceso 08-09-2025).
LIM, Justin. Friends of the Earth (No. 3): A Tale of Two Statutory Interpretations. Journal of Environmental Law, vol. 37, n. 2, julio 2025, pp. 349-356. Disponible en: https://doi.org/10.1093/jel/eqaf007 (Fecha de último acceso 08-09-2025).
NORDLANDER, Linnéa. Constitutional boundaries after Verein
Energía:
EILEBRECHT, Johanna. Los contratos por diferencia de carbono como instrumento de descarbonización: un análisis jurídico de la implementación en Alemania. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 61, 2025.
FINSERÅS, Eirik. Nature-based solutions in the energy transition: A legal perspective. Review of European, Comparative & International Environmental Law, vol. 34, n. 2, julio 2025, pp. 485-495.
LIU, Lu; CHEN, Li. China’s 2024 Energy Law: an integrated approach to energy security. Journal of World Energy Law & Business, vol. 18, n. 2, abril 2025.
MONSBERGER, Carolin; THALER, Bernhard; STEINLECHNER, Sebastian, et al. Legal framework for hydrogen production in Austria using the specific example of a company site in Tyrol. Journal of World Energy Law & Business, vol. 18, n. 2, abril 2025. Disponible en: https://doi.org/10.1093/jwelb/jwae024 (Fecha de último acceso 08-09-2025).
PRIEM, Randy. Circuit breakers: a regulatory response to excessive volatility in the gas derivatives market. Journal of World Energy Law & Business, vol. 18, n. 2, abril 2025.
PRIEM, Randy. Enhancing energy derivatives trading: assessing the need to update the European DLT Pilot Regime Regulation. Journal of World Energy Law & Business, vol. 18, n. 2, abril
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 16 de mayo de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 2219/2025 – ECLI:ES: TSJCL:2025:2219
Palabras clave: Vías pecuarias. Clasificación. Informe preceptivo. Defensa Nacional. Ordenación territorial y urbanística. Bienes de dominio público.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la Administración General del Estado (Ministerio de Defensa) contra la Orden MAV/1282/2023 dictada por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Cardeñuela de Riopico (Burgos); en particular, se acuerda la clasificación de las vías pecuarias Vereda de los Escudos, Cordel de Carrancejo, Vereda de la Cerrada y Vereda de Matarrubia; y contra la Orden de 26 de marzo de 2024 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del territorio que desestima el recurso de reposición interpuesto por el Ministerio de Defensa contra la primera.
Los dos motivos fundamentales en los que se sustenta el recurso son: no
Orden de 9 de julio de 2025, por la que se crean y regulan el Registro de Seguridad de Presas, Embalses y Balsas de Andalucía y el Registro Andaluz de Entidades Colaboradoras en materia de control de la seguridad de presas, embalses y balsas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 133, de 14 de julio de 2025
Palabras clave: Aguas. Dominio público hidráulico. Registros. Infraestructuras hidráulicas. Seguridad. Obligaciones.
Resumen:
Conforme al artículo 363 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico compete a la Administración Hidráulica de la Junta de Andalucía crear un Registro de Seguridad en el que se inscribirán todas las presas y embalses de su competencia con los requisitos establecidos en el artículo 367.1 del citado reglamento, a saber, las infraestructuras hidráulicas que superen los cinco metros de altura o de capacidad de embalse mayor a cien mil metros cúbicos, tanto de titularidad pública como privada, existentes, en construcción o que se vayan a construir, siendo obligación del titular de la presa o balsa solicitar la clasificación e inscripción en este Registro.
En este marco, el objeto de la
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