Orden TED/934/2025, de 1 de agosto, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración hidráulica en materia de seguridad de presas y embalses
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 205, de 26 de agosto de 2025
Palabras clave: Entidades colaboradoras. Títulos. Registro. Dominio Público Hidráulico.
Resumen:
En España hay más de 2.500 presas como consecuencia de la irregularidad espacio temporal de las precipitaciones que se producen en ella, por lo que ocupa la primera posición en Europa por número de presas y una posición muy destacada a nivel mundial. Es por ello por lo que las Administraciones públicas competentes en materia de seguridad de presas y embalses necesitan de la colaboración de otras entidades especializadas para poder efectuar esa tarea.
La presente orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses, tiene por objeto establecer las condiciones y el procedimiento para la obtención y renovación del título de
Ley 4/2025, de 1 de agosto, de modificación urgente de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 157, de 8 de agosto de 2025
Palabras clave: Transporte. Impacto medioambiental. Energía. Autorizaciones. Arrendamiento de vehículos con conductor. Calidad del aire. Emisiones. Tráfico. Espacio público.
Resumen:
La Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (LOTCC) dedica su artículo 4 a los principios y objetivos generales, incluyendo entre estos últimos «la consecución de la máxima calidad y seguridad en la prestación de la actividad de transporte por carretera y la reducción de los impactos y coste medioambiental». Con el paso de los años, la regulación de este sector no ha experimentado apenas modificaciones, aunque en el año 2014 se introdujeron las normas relativas al arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) y, por tanto, no se ha acometido una actualización normativa que permita aproximarse mejor a la consecución de los objetivos ambientales y energéticos que se están imponiendo como fundamentales en toda la
Decreto 26/2025, de 4 de julio, por el que se establece la Reserva Marina de las islas del Ponent de Mallorca, el Toro, las Malgrats y el Sec, y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifican el Decreto 41/2015, de 22 de mayo, el Decreto 10/2019, de 15 de febrero y el Decreto 26/2019, de 12 de abril
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 86, de 5 de julio de 2025
Palabras clave: Reservas marinas. Biodiversidad. Ecosistemas marinos. Especies. Actividades. Pesca. Buceo recreativo. Ruido submarino.
Resumen:
Les reservas marinas son áreas en las que se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, puede ser objeto de regulación en el seno de las reservas marinas cualquier actividad que
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 1 de agosto de 2025 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 94/62/UE, relativa a los envases y residuos de envases (art. 3.1 y anexo I)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación Legambiental (GIUV2013-142)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Novena, asunto C‑772/24, ECLI:EU:C:2025:629
Palabras clave: Envases y residuos de envases. Concepto. Etiquetas. Compostaje.
Resumen:
El Consejo de Estado de Francia, actuando como Tribunal Supremo de lo contencioso-administrativo, planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia sobre la interpretación de la Directiva 94/62, relativa a los envases y residuos de envases, tras suspender el proceso judicial iniciado por la Asociación Interprofesional de Frutas y Verduras Frescas (Interfel), contra varias autoridades (entre otras, el Ministro de Transición Ecológica y Cohesión Territorial).
La Asociación demandante impugnó la denegación presunta de la solicitud de derogación del reglamento de desarrollo de la Ley de 10 de febrero de 2020, relativa a la economía circular y a la lucha contra el despilfarro (Decreto de 28 de diciembre de 2020), que prohibió la colocación de etiquetas directamente en frutas u hortalizas, salvo las compostables (mediante compostaje doméstico y
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 1 de agosto de 2025 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones ambientales de determinados proyectos públicos y privados (art. 6): la Directiva no se opone a una normativa estatal que prevé la consulta simultánea del proyecto sujeto a evaluación ambiental al público y a las autoridades ambientales competentes aunque ello signifique que el público no pueda pronunciarse sobre los informes de dichas autoridades
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación Legambiental (GIUV2013-142)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Décima, asunto C‑461/24, ECLI:EU:C:2025:620
Palabras clave: Evaluación de impacto ambiental. Proyectos. Participación. Consulta al público. Informes sectoriales.
Resumen:
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia planteó varias cuestiones al Tribunal de Justicia sobre la interpretación de la Directiva EIA, tras suspender el proceso judicial que conocía, a instancias de la asociación ambiental Petón do Lobo, contra la autorización concedida por la autoridad energética de la Comunidad Autónoma de Galicia para construir un Parque eólico en Mazaricos (A Coruña).
El Tribunal remitente tenía dudas sobre la correcta transposición del art. 6.3 de la Directiva EIA mediante los art.
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