20 diciembre 2021

Actualidad

Actualidad al día. Murcia. Cañón de Almadenes

La Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia modifica la regulación de acceso al espacio protegido “Cañón de Almadenes”

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 262 de 12 de noviembre de 2021.

Palabras clave: Espacio natural protegido. Uso público.

Resumen:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, aquélla tiene atribuida competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de protección del medio ambiente y normas adicionales de protección.

Según el Decreto de la Presidencia n.º 34/2021, de 3 de abril, (BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia, Suplemento n.º 4 del n.º 75, sábado 3 de abril de 2021), la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de medio ambiente. Mediante Decreto n.º 118/2020, de 22 de octubre, de Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente (BORM n.º 246, de 23 de octubre de 2020), la Dirección General de Medio Natural asume las competencias y funciones en materia de planificación y gestión de espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000, de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, así como del fomento del medio natural y lucha contra el cambio climático, la representación en la Red de Autoridades Ambientales, política forestal, caza y pesca fluvial y protección de la fauna silvestre. Mediante Orden de 5 octubre de 2020, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, se estableció la regulación de accesos al espacio protegido “Cañón de Almadenes” determinándose el cierre anual durante el periodo comprendido entre la fecha 1 de enero al 15 de julio ambos inclusive (BORM N.º 235, 9 de octubre de 2020).

En dicha Orden se establecía lo siguiente: “Por causa justificada, la Dirección General competente en materia de medio ambiente podrá modificar la fecha de inicio y/o finalización de dicho período, sin que dicha modificación pueda conllevar incremento de molestias durante la reproducción y nidificación del águila perdicera” Se ha emitido por la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático informe técnico con (CSV) CARM-1fabbb63-2beb-2108-e011- 0050569b34e7, en el que se propone, en virtud del el Plan de Recuperación del Águila Perdicera de la Región de Murcia (Decreto 59/2016, de 22 de junio) modificar el cierre anual a la circulación de personas siendo el nuevo periodo el comprendido desde el 1 de diciembre al 15 de julio, con el fin de evitar molestias en la reproducción de la especie mencionada.

En este sentido, el informe técnico propone modificar la redacción del apartado primero de la parte dispositiva de la Orden de 5 octubre de 2020, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se establece la regulación de accesos al espacio protegido “Cañón de Almadenes”, con la siguiente redacción: “Primero.- Cierre al tránsito de personas en la zona que se encuentra junto a las plataformas de nidificación: De acuerdo con la categoría de Zona de Reserva en el Plan de Gestión Integral de los espacios protegidos Red Natura 2000 del Noroeste de la Región de Murcia (Decreto 55/2015), sus directrices y las medidas propuestas en el Plan de Recuperación del Águila Perdicera (Decreto 59/2016), y con el objeto de evitar molestias en la reproducción de la especie, se dispone cerrar anualmente durante el periodo comprendido entre la fecha 1 de diciembre al 15 de julio ambos inclusive, el tránsito de personas a pie o con cualquier tipo de vehículo, el tramo comprendido entre las coordenadas X=623294 Y=4233138 (UTM 30N ETRS-89) en la Presa de la Mulata o de Almadenes (T.M. Calasparra) y las coordenadas X=625315, Y=4232989 (UTM 30N ETRS-89) (…)” Lo anteriormente expuesto se entiende sin perjuicio de las competencias de la Confederación Hidrográfica del Segura y competencias municipales que, en su caso, correspondan al ámbito de gestión y mantenimiento del espacio.

Vista la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad cuyo artículo 46 establece, respecto de los Espacios Protegidos Red Natura 2000, la obligación de la adopción de medidas de conservación necesarias, que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales y de las especies presentes en tales áreas, evitando su deterioro y las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de estas áreas.

Enlace web: Resolución del Director General de Medio Natural por la que se modifica la regulación de acceso al espacio protegido “Cañón de Almadenes”.