Orden ACC/157/2022, de 27 de junio, por la que se establecen determinadas medidas de gestión de la pesca profesional y recreativa en el ámbito marino del Parque Natural de Cap de Creus y en la bahía de Cadaqués
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, n. 8699, de 30 de junio de 2022
Palabras clave: Pesca profesional. Pesca recreativa. Economía circular. Comité de gestión. Desarrollo sostenible.
Resumen: La actividad de la pesca profesional en el cabo de Creus, se lleva a cabo en buena medida en aguas del Parque Natural así como de su entorno, como la bahía de Cadaqués. Se trata de una actividad ancestral caracterizada por la variedad de las capturas, tanto de peces como de crustáceos, altamente valoradas en los mercados locales. Al tratarse esta actividad, la más antigua de la consideraron adecuado promover la creación de un comité de cogestión de la pesca en el entorno marino del cabo de Creus para que la gestión de la pesca profesional se ejecutara según dicho modelo, siguiendo los criterios de gestión adaptativa, ecosistémica y bioeconómica.