Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2026 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Wenceslao F. Olea Godoy)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Catedrática de Derecho Administrativo, Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 511/2026- ECLI: ES: TS: 2026:511
Palabras clave: Conservación. Especies amenazadas en peligro de extinción. Planificación.
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve el recurso de casación núm. 1219/2024 interpuesto por la «Federación de Ecologistas en Acción de Cataluña», contra la sentencia núm. 4166/2023, de 18 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Quinta), recaída en el procedimiento ordinario núm. 236/2021, interpuesto contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada ante el Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña solicitando la formulación de los planes de recuperación de una serie de especies en peligro de extinción en Cataluña. Es parte recurrida la Generalidad de Cataluña.
A juicio de la Asociación recurrente, deben considerarse infringidos los artículos 56, 58 y 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, así como la jurisprudencia derivada. De esta manera, el interés casacional del recurso estriba en determinar si
Sentencia del Tribunal Supremo, de 30 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Fernando Román García)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 4307/2025 – ECLI:ES:TS:2025:4307
Palabras clave: Dominio público marítimo terrestre. Ocupaciones temporales. Actividades náuticas. Instalaciones desmontables. Distancias.
Resumen:
El Alto Tribunal se pronuncia sobre el recurso de casación interpuesto por la entidad Club Náutico de Vilassar de Mar contra la sentencia de 24 de julio de 2023 dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico contra la Resolución de 21 de enero de 2021, de la Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral de la Generalitat de Cataluña, por la que se autorizaba la ampliación de la zona varada e instalación de dos pasarelas de madera al Club Náutico de Vilassar de Mar; y, en consecuencia, anuló dicha resolución por considerarla disconforme a Derecho.
Son partes recurridas, la Administración General del Estado; la Generalidad de Cataluña
Cataluña aprueba vía Decreto la ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña. Publicado el día 12 de septiembre de 2025, con el número 9498
Palabras clave: Recursos pesqueros. Autorizaciones. Pesca controlada. Pesca no profesional. Pesca deportiva. Régimen sancionador.
Resumen:
El marco legal en el que se inspira el presente Decreto tiene como elementos destacados, las Directivas de la Unión Europea sobre la materia y actividades sectoriales, así como la normativa estatal traspuesta al ordenamiento jurídico estatal. El Decreto se compone de 11 capítulos, el capítulo I establece el objeto del Decreto, y define varios conceptos que facilitan la comprensión de la norma; el capítulo II clasifica las especies de peces y crustáceos, los diferentes tramos de cursos y las masas de agua a efectos de la pesca, y establece su señalización; el capítulo III establece las condiciones para poder pescar. En concreto, regula las licencias y los permisos de pesca, los cebos permitidos para la pesca, los períodos hábiles de pesca, las prohibiciones de pesca por razón del lugar, las autorizaciones excepcionales, y la posible adopción
Cataluña desarrolla medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales relativas a la actividad agrícola mediante la Orden ARP/83/2025, de 29 de mayo
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, 3 de junio de 2025, n. 9426
Palabras clave: Planificar. Prevención. Incendios forestales. Labores agrícolas. Cambio climático.
Resumen:
El abandono del medio rural y de manera concreta, las actividades agrícolas, supone un aumento significativo en las posibilidades de generar incendios forestales de gran consideración. La Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, en el título III establece disposiciones y medidas para la conservación de los terrenos forestales y faculta al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para planificar, coordinar y ejecutar las medidas y acciones que se realicen para la prevención de los incendios forestales en colaboración con los particulares.
Teniendo en cuenta dicha norma, el Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, regula con carácter general las normas y prohibiciones necesarias para proteger los bosques y los terrenos forestales de Cataluña ante el elevado riesgo de incendio, que son aplicables
Cataluña aprueba la Resolución de declaración de árboles monumentales. Resolución Ter/886/2025
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Genralitat de Catalunya. Número 9372 de 17 de marzo de 2025
Palabras clave: Biodiversidad. Especies arbóreas. Interés público. Conservación.
Resumen:
Determinados ejemplares de especies arbóreas adquieren un alto valor monumental, histórico o científico. Esto hace que puedan llegar a formar parte del patrimonio natural y cultural de Cataluña, y por consiguiente, sea de interés público su conservación y protección.
Con anterioridad, el Decreto 214/1987, de 9 de junio, sobre declaración de árboles monumentales, determina que deben considerarse árboles monumentales los ejemplares que, por los tamaños excepcionales dentro de su especie o por su edad, historia o particularidad científica, son merecedores de medidas de protección y establecen, en su artículo 2, que los árboles monumentales se consideran protegidos y que esta protección implica la prohibición de talarlos y arrancarlos total o parcialmente, así como dañarlos por cualquier medio.
Hasta el momento se han emitido diez declaraciones de árboles y arbustos monumentales mediante las órdenes de 20 de octubre de 1987, 30 de agosto de 1988, 8 de febrero de 1990, 19
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