Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Murcia, de 16 de octubre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José María Pérez-Crespo Paya)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1791/2025 – ECLI:ES: TSJMU: 2025:1791
Palabras clave: Confederación Hidrográfica del Segura. Sanción. Dispositivos antigranizo. Autorización. Principio de prudencia. Fase atmosférica del ciclo hidrológico.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “La Juanica de la Huerta S.L.” frente a la Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura -CHS- de 13 de noviembre de 2023, que desestima el recurso de reposición interpuesto por la misma contra la resolución de 22 de noviembre de 2022 por la que se acuerda imponerle una sanción de multa de 2.000€ y la prohibición del uso de cañones antigranizo hasta que no obtenga la preceptiva autorización de la CHS.
La recurrente interesa la declaración de nulidad de la resolución impugnada y el reconocimiento de su derecho a usar el sistema de protección antigranizo, al considerar que la autorización de la CHS prevista en el artículo 3 de la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 3 de noviembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Inmaculada Gil Gómez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ CV 3717/2025- ECLI:ES:TSJCV:2025: 3717
Palabras clave: Minería. Principio de tipicidad. Residuos. Sanciones.
Resumen:
La sentencia que se analiza resuelve el recurso ordinario interpuesto por una sociedad mercantil contra la Resolución de 7 de febrero de 2024, desestimatoria del recurso de reposición formulado frente a la Resolución de 30 de octubre de 2023, por la que se le impuso una multa de 200.000 euros por infracción grave, al amparo del artículo 93.3.a) de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
La parte actora alega vulneración del principio de tipicidad, cuestiona la presunción de veracidad de los funcionarios actuantes y denuncia la falta de motivación y de proporcionalidad de la sanción.
A tal fin, se le imputa el ejercicio de una actividad de vertedero de residuos no peligrosos sin autorización ambiental integrada (AAI), calificada como infracción grave conforme al precepto citado. Ahora bien, de los antecedentes obrantes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 24 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Manuel López Agullo)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 13973/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 13973
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Rehabilitación urbana. Protección de especies.
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Asociación SOS Vencejos contra el auto de 15 de julio de 2024 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Málaga, por el que se desestimó la medida cautelar solicitada para suspender autorizaciones de rehabilitación de tejados sin medidas compensatorias para el anidamiento de vencejos, en cumplimiento del artículo 9 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres.
La Sala acepta los razonamientos jurídicos del auto apelado, basados en la regulación vigente de medidas cautelares y la jurisprudencia reciente. Para conceder la cautela solicitada, deben cumplirse tres requisitos. En primer lugar, que la ejecución del acto administrativo impugnado cause un perjuicio al recurrente. En segundo lugar, que dicho perjuicio sea irreparable o difícil de reparar. Finalmente, que la suspensión del acto no cause una
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 18 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Victoriano Valpuesta Bermúdez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 14828/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025:14828
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Autorización ambiental unificada. Espacios protegidos.
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve los recursos de apelación interpuestos por la Junta de Andalucía y la Federación de Ecologistas en Acción-Huelva contra la sentencia de 10 de octubre de 2023 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Huelva, relativa al Expediente de Autorización Ambiental Unificada (AAU) sobre el proyecto de transformación de regadío en una finca municipal en Trigueros.
La sentencia original estimó parcialmente el recurso del Ayuntamiento de Trigueros, reconociendo el derecho a la AAU para 195,03 hectáreas y denegándola para 162,81 hectáreas, de las cuales 112,96 hectáreas fueron excluidas por motivos de protección ambiental (hábitat lagunar endorreico y especies protegidas), y 4 hectáreas por afección de un incendio en 2010.
La Junta de Andalucía y la Federación de Ecologistas interpusieron recurso de apelación, argumentando errores en la valoración de la prueba y la insuficiencia de la protección ambiental, basándose en informes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 16 de septiembre 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Antonio Cecilio Videras Noguera)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 14674/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 14674
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Caza. Montes. Responsabilidad patrimonial de la Administración.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve la impugnación formulada contra la resolución administrativa de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a otra resolución anterior, por la que se desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños en el cultivo de olivar causados en 2018 por jabalíes, ciervos y gamos procedentes de los montes públicos que constituyen la Reserva Andaluza de Caza de Cazorla.
A la luz de los elementos de prueba aportados y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual la responsabilidad patrimonial de la Administración requiere que el daño sea efectivo, evaluable e individualizado, y que derive directamente del funcionamiento anormal de los servicios públicos, sin causas externas, el Tribunal considera que los daños se debieron al deficiente vallado de la
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