24 febrero 2016

CC.AA. Islas Baleares Legislación al día

Legislación al día. Islas Baleares. Planeamiento urbanístico

Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística y Decreto Ley 2/2016, de 22 de enero, de modificación del Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de las Illes Balears

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: BOIB núm. 6 y 11, de 13 y 23 de enero de 2016

Temas clave: Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; suelos; Turismo sostenible; Urbanismo

Resumen:

A través del Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística, se modifican las siguientes leyes:

-Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.

-Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

-Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares.

-Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible.

-Ley 6/1999, de 3 de abril, de directrices de ordenación territorial y de medidas tributarias.

-Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Islas Baleares.

Estas modificaciones tienen como objeto, con carácter general, poner a coto a los excesos cometidos a través de los procedimientos de

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8 febrero 2016

España Legislación al día

Legislación al día. España. Planificación hidrológica

Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 16, de 19 de enero de 2016

Temas Clave: Planificación hidrológica

Resumen:

La planificación hidrológica viene siendo reconocida como un instrumento esencial para la consecución de los objetivos medioambientales señalados para las masas de agua europeas. Sus objetivos se proyectan a largo plazo, lo que se traduce en sucesivas revisiones sexenales de los planes hidrológicos (en adelante, PH). Superado el primer ciclo, que comprendió el periodo 2009-2015, ciertamente cargado de litigiosidad; se lleva a cabo la aprobación de los PH del segundo ciclo, para el periodo 2015-2021. El procedimiento no es otro que el establecido en el art. 41 del Texto Refundido de la ley de aguas. En particular, este Real decreto consta de 3 artículos, 5 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 3

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3 febrero 2016

Andalucía CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Andalucía. Calidad Ambiental, Aguas, Tributaria y Sanidad Animal

Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOJA núm. 6, de 13 de enero de 2016

Temas Clave: Calidad ambiental; Aguas; Evaluación ambiental; Autorización ambiental unificada; Evaluación ambiental estratégica de planes y programas; Planeamiento urbanístico; Emisiones industriales

Resumen:

A través de esta norma se mantienen esencialmente los criterios establecidos en el Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, por el que se modifican, entre otras, la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental de Andalucía y la Ley 9/2010, de 30 de julio, de aguas de Andalucía; que fue objeto de un comentario en esta publicación y cuyo contenido damos por reproducido: https://www.actualidadjuridicaambiental.com/legislacion-al-dia-andalucia-calidad-ambiental-aguas-fiscalidad/

Simplemente señalaremos que, respecto a la competencia en la emisión de informes sectoriales en materia de aguas, se mantiene la redacción dada por el Decreto-ley 3/2015 al art. 42.2 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía. Este precepto venía generando inseguridad jurídica y graves perjuicios en relación con

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27 enero 2016

CC.AA. Galicia La Rioja Legislación al día

Legislación al día. La Rioja y Galicia. Medidas fiscales y administrativas

Leyes de medidas fiscales y administrativas de las comunidades autónomas de La Rioja y de Galicia

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por estas leyes en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental.

LA RIOJA

Ley 6/2015, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2016

Fuente: BOLR núm. 162, de 31 de diciembre de 2015

A través de esta norma se ha suprimido el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, por causa, según manifiesta en la exposición de motivos, de la calificación de este impuesto por la Comisión Europea como ayuda de Estado contraria a la libre competencia.

De esta forma, el artículo 45 de esta Ley de medidas fiscales y administrativas suprime, desde el 1 de enero de 2016, el referido impuesto tan solo tres años después de su aprobación a través de la Ley 7/2012, de 21 de diciembre.

Documento adjunto:

 

GALICIA

Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de Galicia

Fuente: DOG núm. 249, de 31 de diciembre de

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25 enero 2016

CC.AA. Comunidad Valenciana Legislación al día

Legislación al día. Comunidad Valenciana. Medidas fiscales y administrativas

Ley 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: DOGV núm. 7689, de 31 de diciembre de 2015

A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por esta ley en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental:

Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunidad Valenciana:

Se suprime el punto 4 del artículo 59 (introducido en su día por la Ley 9/2011, de 26 de diciembre) relativo a la posibilidad de excepcionar de la prohibición de cambio de uso forestal, dentro del plazo general de los 30 años, sobre los terrenos que hayan padecido los efectos de un incendio forestal, con carácter extraordinario, cuando afecten a proyectos de obras e infraestructuras de especial relevancia declaradas de interés general de la Comunidad Valenciana.

En cualquier caso, la virtualidad de este precepto había quedado ciertamente alterada en virtud del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 9/2011, de Medidas Fiscales, de Gestión

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