9 octubre 2013

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Energía eléctrica

Reglamento (UE) núm. 801/2013 de la Comisión, de 22 de agosto de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 1275/2008 en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables al consumo de energía eléctrica en los modos preparado y desactivado de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina, y por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 642/2009 con respecto a los requisitos de diseño ecológico aplicables a las televisiones (DOUE L 225, de 23 de agosto de 2013)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Diseño Ecológico; Consumo energía eléctrica

Resumen:

Este Reglamento es aprobado con la intención de servir para reforzar la introducción en el mercado de las tecnologías que mejoren la eficiencia energética del modo preparado en red, de forma que se logre un ahorro energético. Y como un medio para garantizar que la gestión del consumo garantice que el producto retorne a una condición que tenga el modo preparado en red tras haber completado las tareas.

Teniendo como base los distintos estudios efectuados al respecto, y bajo la consideración de que la condición de tener el modo preparado en red puede ser equivalente al modo de reposo. Así, dado que las funcionalidades en los modos preparado y preparado en red están interrelacionadas y que la gama de productos es equivalente, los requisitos de diseño ecológico sobre el modo preparado en red han de establecerse en un acto modificativo del Reglamento 1275/2008. Unos requisitos que ahora han sido ya revisados, mediante este acto modificativo.

De forma que, en cuanto a las televisiones sujetas a una medida de ejecución de diseño ecológico para productos específicos quedaban excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento 1275/2008, los requisitos de diseño ecológico aplicables al modo preparado en red relacionados con la televisión se incluyen en el Reglamento 642/2009 de la Comisión.

En cuanto a las cafeteras, mediante este nuevo Reglamento se procede a la introducción de especificaciones para la aplicación de los requisitos de gestión del consumo a las cafeteras, en lo referente al plazo preprogramado transcurrido el cual el equipo pasa automáticamente a modo preparado/desactivado.

Entrada en Vigor: El vigésimo día siguiente al de su publicación; siendo obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada uno de los Estados miembros

Normas Afectadas: Queda modificado el Reglamento (CE) núm. 1275/2008, en cuanto al título, el artículo 1, en el artículo 2 se añaden definiciones, se sustituye el texto del artículo 3, el texto del artículo 7, el del artículo 8; de igual modo queda modificado el anexo II, y se amplía el anexo III al añadir nuevo texto.

De otra parte, queda modificado el Reglamento (CE) núm. 642/2009, concretamente: añadiendo definiciones en su artículo 2, modificando el anexo I, procediendo a sustituir el punto 2 del anexo II; y modificando el texto el anexo III

Documento adjunto: pdf_e