28 mayo 2025

Iberoamérica Legislación al día Portugal

Legislación al día. Portugal. Consumo intensivo de energía

«Portaria» n.º 203-A/2025/1, de 24 de abril, que modifica la «Portaria» n.º 112/2022, de 14 de março, en el marco del Estatuto del Cliente Eletrointensivo

Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP

Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 80, Suplemento, de 24 de abril de 2025

Palabras clave: Cliente eletrointensivo. Energía renovable. Ayudas de Estado. Auditoría energética. Transición energética. Eficiencia energética. Descarbonización industrial. Consumo intensivo de energía.

Resumen:

La «Portaria» n.º 203-A/2025/1, de 24 de abril, introduce la primera modificación a la «Portaria» n.º 112/2022, de 14 de marzo, que regula el Estatuto del Cliente “Electrointensivo”, conforme a lo dispuesto en el «Decreto-Lei» n.º 15/2022, de 14 de enero. La reforma tiene por objetivo adecuar el régimen nacional al marco normativo de la Unión Europea sobre ayudas de Estado, promoviendo la competitividad industrial y reforzando la transición energética hacia la neutralidad carbónica en 2050.

Entre las principales modificaciones, se revisan los criterios de elegibilidad para acceder al Estatuto, destacando el consumo mínimo de energía eléctrica (≥ 1 GWh) y un grado de “electrointensidad” igual o superior a 1 kWh por euro de valor añadido bruto (VAB). Se establecen fórmulas técnicas detalladas para su cálculo, basadas en el Sistema de Normalización Contabilística. También se introduce la posibilidad de adhesión condicionada para instalaciones con menos de tres años de actividad, bajo el compromiso de cumplimiento futuro.

La «Portaria» refuerza los mecanismos de verificación y control a cargo de la Direção-Geral de Energia e Geologia (DGEG), y establece nuevas exigencias de reporte anual. Asimismo, consolida un conjunto de medidas de apoyo financiero, incluyendo la reducción parcial de los CIEG, así como mecanismos de cobertura de riesgos asociados a contratos de energía renovable a largo plazo, garantizados a través de Sociedades de Garantia Mútua y respaldados por el “Fundo de Contragarantia Mútuo”.

Se añade un nuevo artigo 8.º-A, que impone la obligación de auditorías energéticas y acciones de eficiencia para todas las instalaciones beneficiarias del Estatuto que no estén cubiertas por el Sistema de Gestión dos Consumos Intensivos de Energía (SGCIE). Entre las medidas exigidas se encuentran la implementación de mejoras con retorno de inversión inferior a tres años, inversiones verdes o garantía de un consumo mínimo de 30 % de energía renovable, con mecanismos de prueba como garantías de origen o autoconsumo. También se introduce el artigo 18.º-A, que permite la revisión periódica de los requisitos de elegibilidad por parte del miembro del Gobierno responsable.

La «Portaria» incluye normas transitorias que permiten la adaptación de contratos vigentes y salvaguardan los procedimientos en curso, estableciendo que el nuevo régimen se aplique de forma inmediata a todas las nuevas solicitudes.

Entrada en vigor: el 25 de abril de 2025.

Normas afectadas: Modifica la «Portaria» n.º 112/2022, de 14 de março, y revoca los artículos 14.º y 15.º, así como los números 2 y 3 del artículo 7.º de dicha «Portaría».

Enlace web: «Portaria» n.º 203-A/2025/1, de 24 de abril, que modifica la «Portaria» n.º 112/2022, de 14 de março, en el marco del Estatuto del Cliente Eletrointensivo