13 marzo 2013

CC.AA. Extremadura Legislación al día

Legislación al día. Extremadura. Ayudas agroambientales

Decreto 4/2013, de 29 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 21 de 31 de enero de 2013)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas clave: Ayudas; Agricultura; Ganadería

Resumen:

El presente Decreto tiene por objeto regular el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agropecuarios compatibles con el medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013, y en el Programa de Desarrollo Rural para Extremadura 2007/2013.

En cuanto a los aspectos materiales del Decreto, hay que destacar que las ayudas agroambientales correspondientes al Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 de Extremadura, recogidas en el presente Decreto, y cuya convocatoria se establecerá a través de la correspondiente Orden, irán destinadas a los agricultores que suscriban los correspondientes compromisos agroambientales de forma voluntaria en cuanto a la convocatoria de las ayudas de:

– Control Integrado en el cultivo del olivar.

– Producción Integrada en el cultivo de arroz, frutales de hueso, frutales de pepita, olivar y tabaco.

– Agricultura Ecológica en el cultivo de frutales de secano, frutales de hueso, frutales de pepita, olivar y viñedo para vinificación.

– Ganadería Ecológica.

– Apicultura para la conservación de la biodiversidad.

– Gestión sostenible de Dehesas.

– Sistemas agrarios de especial interés para la protección de las Aves Esteparias.

– Razas autóctonas en Peligro de Extinción en Extremadura: Vacuno (Blanca Cacereña, Berrenda en Negro, Berrenda en Colorado, Morucha-Variedad Negra); Caprino (Verata, Retinta Extremeña, Serrana o Blanca Andaluza); Ovino (Merina-Variedad Negra); Equino (Asnal Andaluza); Porcino (Ibérico-Variedad Lampiño e Ibérico-Variedad Torbiscal).

– Agricultura de conservación en zonas de pendiente pronunciada.

Asimismo, las ayudas agroambientales que se convoquen podrán incluir las siguientes submedidas: control integrado; producción integrada; agricultura ecológica; ganadería ecológica, razas autóctonas en peligro de extinción; apicultura para la conservación de la biodiversidad; gestión sostenible de dehesas; sistemas agrarios de especial interés para la protección de las Aves Esteparias, agricultura de conservación en zonas de pendiente pronunciada.

Estas ayudas se concederán a los titulares de explotaciones que suscriban los compromisos voluntariamente durante un período de cinco años consecutivos, salvo para la producción integrada de tabaco que será de seis años consecutivos.

Por motivos de economía de escala se realizará una modulación de la intensidad de las ayudas agroambientales en función del tamaño de la explotación. Modulación que se hará en función de las Unidades Mínimas de Cultivo Agroambiental (UMCAs).

Las ayudas concedidas a las submedidas agroambientales serán compatibles con medidas ambientales complementarias implementadas bajo la organización común de mercado. E incluso podrán combinarse varios compromisos a condición de que sean complementarios y compatibles entre sí. No obstante en el Anexo I se establece un régimen de incompatibilidades entre diferentes actuaciones agroambientales justificado desde el punto de vista de solapamiento de diferentes prácticas sobre una misma superficie agraria.

En cuanto a los aspectos procedimentales, destacar que el Decreto regula todo el procedimiento de concesión de las ayudas estableciendo unos criterios de prioridad y un baremo de puntuación (artículo 14). Asimismo, establece las causas que dan lugar al reintegro de la subvención (artículo 21), la graduación del incumplimiento (artículo 22), y los cambios de titularidad de los expedientes (artículo 24).

Entrada en vigor: 31 de enero de 2013

Normas afectadas: Se deroga el Decreto 9/2009, de 23 de enero de 2009, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura

Documento adjunto: pdf_e