6 marzo 2024

España Legislación al día

Legislación al día. España. Asignación de derechos de emisión. Régimen de exclusión de instalaciones

Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: (BOE n. 52, de 28 de febrero de 2024)

Palabras Clave: Comercio de derechos de emisión. Asignación gratuita. Instalaciones. Documentación. Plan de neutralidad climática.

Resumen: 

A nivel nacional, la Directiva (UE) 2018/410 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas, ha sido transpuesta al ordenamiento jurídico mediante varias normas. Destaca entre ellas la Ley 9/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes.

Esta norma ha sido desarrollada posteriormente. Al efecto, las cuestiones referentes al ajuste de la asignación de derechos de emisión lo han sido mediante el Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030.

En este contexto, constituye el objeto de este real decreto regular determinados aspectos relativos a la aplicación en España del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo de asignación 2026-2030 de acuerdo con la normativa de la Unión Europea, en relación con la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero de dicho periodo.

Asimismo, a la vista de los resultados del informe sobre la aplicación hasta el año 2022 del régimen de exclusión de las instalaciones de bajas emisiones, este real decreto extiende la aplicación de dicho régimen durante los años 2026-2030. De este modo, aborda las cuestiones relacionadas con la exclusión del RCDE UE durante estos años, de las instalaciones de pequeño tamaño, entendiéndose que con esta terminología se hace referencia a aquellas que emiten menos de 25.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono anuales. Junto a estas, pueden ser excluidos también los hospitales y, con carácter general, las instalaciones que emitan menos de 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono anuales.

El capítulo II aborda los aspectos relacionados con el proceso de asignación gratuita para los años 2026-2030 del cuarto periodo de comercio del RCDE UE (2021-2030). En particular, se regulan entre otras cuestiones aspectos procedimentales referidos a las solicitudes de asignación de derechos de emisión, así como la información y los documentos que deberán ser elaborados.

Como novedad, entre la documentación que deberá acompañar, en su caso, a la solicitud de asignación gratuita, se encuentra el plan de neutralidad climática elaborado de acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2441 de la Comisión de 31 de octubre de 2023. Asimismo, se menciona el plan metodológico de seguimiento, como herramienta para el seguimiento y notificación de los niveles de actividad en el marco de la asignación gratuita de derechos de emisión.

La información referente al cumplimiento de los requisitos relacionados con las recomendaciones de los informes de auditoría energética o sistema de gestión de la energía certificado con arreglo al artículo 8 de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, se incluirá como parte del Informe sobre los Datos de Referencia.

En los capítulos III a VI se regulan todos los aspectos relacionados con la exclusión del RCDE UE para el periodo 2026-2030. Los capítulos III y IV regulan el procedimiento de solicitud de exclusión de determinadas instalaciones. Se refieren, respectivamente, a los hospitales e instalaciones de pequeño tamaño que lo soliciten, y a las instalaciones que emiten menos de 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono anuales. En estas últimas, la exclusión es, con carácter general, automática.

El capítulo V menciona las obligaciones de las instalaciones excluidas. Finalmente, el capítulo VI establece el régimen sancionador que les es de aplicación.

Por último, el presente real decreto contiene tres disposiciones adicionales dedicadas al tratamiento de la biomasa en relación con el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero para instalaciones fijas en el marco del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea; a la utilización de los derechos de emisión entregados por las instalaciones excluidas para el cumplimiento de los compromisos contraídos en el marco de la Unión Europea y del Acuerdo de París; y al arrastre de cuotas entre periodos de asignación para instalaciones excluidas.

Entrada en vigor: 29 de febrero de 2024.

Enlace web: Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026.