Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de septiembre de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: María Isabel Perello Domenech).
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
JurFuente: CENDOJ STS 4759/2010.
Temas Clave: Instalaciones Térmicas de Edificios. Evacuación de productos de combustión. Aparatos de gas. Calidad del aire interior y exterior de los edificios.
Resumen:
En el supuesto que nos ocupa, la Mercantil “Sedigas, Asociación Española del Gas”, que realiza actividades relacionadas con la industria y comercio del petróleo y sus derivados, interpuso recurso contra el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio sobre aprobación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, ciñéndose los tres primeros motivos de nulidad a los artículos 1.3.4.1.3.1 y 1.3.4.1.3.3. de la Instrucción Técnica 1.3.4.1.3, relativos a la evacuación de los productos de combustión y a la evacuación por conducto con salida al exterior o al patio de ventilación debido a su colisión con normas de derecho comunitario. En el último de los motivos se pretende la nulidad del Real Decreto en su integridad, por
Ley 3/2010, de 21 de mayo, por la que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOJA núm. 111, de 8 de junio de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objetivo de la presente Ley es adaptar la normativa andaluza de rango legal a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y por tanto, incorporar parcialmente al derecho español la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
La Directiva, se planeta por objetivos la eliminación de los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de quienes presten servicios en los Estados miembros así como a la libre circulación de servicios entre los Estados miembros, y garantizar, tanto a las personas destinatarias como a las prestadoras de los servicios,
Decreto-Ley 1/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación de diversas leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOA núm. 86, de 5 de mayo). Convalidado por Resolución de 20 de mayo de 2010. (BOA núm. 104, de 31 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El objeto de este Decreto-ley, es la adaptación de la normativa de rango legal de la Comunidad Autónoma de Aragón a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio, así como transponer la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Para una efectiva aplicación y desarrollo de los principios y medidas establecidos tanto en la Ley como en la Directiva, se
Ley de Cantabria 2/2010, de 4 de mayo, para la modificación de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, y de otras normas complementarias para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. (BOC núm. 92, de 14 de mayo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La presente Ley tiene como único objetivo, incorporar al ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma de Cantabria la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, mediante la modificación de leyes en el sector de la actividad comercial y ferial, que resulten contrarias o incompatibles con sus disposiciones.
Ante la necesidad de adaptar las disposiciones autonómicas en el sector de la actividad comercial y ferial a las prescripciones de la Directiva, la presente ley modificará la Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio, y derogará la Ley de Cantabria 8/2006, de 27 de junio,
Decreto 25/2010, de 30 de abril, de modificación de diversos decretos para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el Mercado Interior. (BOR núm. 55, de 7 de mayo DE 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT (Legislación al día: Castilla y León, Jurisprudencia del TSJ de Castilla y León)
Resumen:
El presente Decreto, responde a la obligación que establece la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el Mercado Interior, de incorporación de sus preceptos al derecho interno de los Estados miembros, modificando diversas disposiciones de carácter general con rango de Decreto en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en las materias de Hacienda, Sanidad, Juventud e Industria.
En concreto, para la adaptación de la normativa autonómica a la Directiva comunitaria, se modifican disposiciones en materia de juegos y apuestas: Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad Autónoma de La Rioja aprobado por Decreto 4/2001, de 26 de enero y
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