28 January 2026

Canarias CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Canarias. Atmósfera

Decreto 185/2025, de 10 de diciembre, de protección de la atmósfera de Canarias

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOCAN n. 250, de 18 de diciembre 2025

Palabras clave: Atmósfera. Contaminación atmosférica. Contaminación odorífera. Prevención. Instalaciones. Notificación. Autorización. Valores límite de emisión.

Resumen:

La protección de la atmósfera de Canarias se constituye actualmente como un objetivo básico para los poderes públicos, conforme a los principios y fines de la normativa internacional, europea y nacional en la materia, siendo entendida como un bien común indispensable para la vida respecto del cual todas las personas tienen el derecho de su uso y disfrute y la obligación de su conservación.

Se considera conveniente desarrollar reglamentariamente la normativa básica aplicable a las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera en el ámbito autonómico al objeto de que sean regulados algunos aspectos relativos a su efectiva aplicación a las instalaciones radicadas en el territorio canario.

Como singularidad, se ha incorporado en este Decreto la contaminación por olor, que debido a sus peculiaridades precisa de una concreta metodología de evaluación. Asimismo, y dada la naturaleza de este tipo de contaminación, en la que no siempre se da una correspondencia precisa entre las sustancias emitidas y las repercusiones negativas que produce sobre la salud humana, se establecen referencias en materia de objetivos de calidad del aire por olor.

En este contexto, el presente Decreto tiene por objeto asegurar la protección de la atmósfera frente a la contaminación producida por actividades potencialmente contaminadoras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la prevención, vigilancia y reducción de la contaminación atmosférica producida por las instalaciones que las desarrollan.

Están sujetas a las prescripciones de este Decreto todas las fuentes de los contaminantes relacionados en el Anexo I de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, correspondientes a actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera enumeradas en el Anexo IV de dicha norma legal y que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma, ya sean de titularidad pública o privada.

En el artículo 4 se determinan las competencias que le corresponden en esta materia a la Consejería competente en materia de medio ambiente de la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

El segundo Capítulo denominado “Régimen administrativo” contiene las previsiones de carácter administrativo, organizadas en torno a los dos regímenes de notificación y autorización, habiéndose dedicado el resto de capítulos a distintos aspectos técnicos relacionados con la prevención de la contaminación atmosférica: las obligaciones de las personas titulares de las instalaciones en materia de prevención, los valores límite de emisión, las condiciones técnicas de los focos canalizados, el control y evaluación de las emisiones, un registro de emisiones a la atmósfera, la inspección ambiental y la figura de las entidades colaboradoras de la Administración en materia de contaminación atmosférica.

La disposición adicional primera está dedicada al régimen sancionador, remitiéndose al establecido en la normativa estatal básica y fijando la competencia sancionadora autonómica en la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente, sin perjuicio de las que puedan corresponder legalmente a las entidades locales.

La segunda disposición adicional versa sobre el régimen aplicable a los focos canalizados de instalaciones existentes. Y la tercera contiene una habilitación para el dictado de instrucciones técnicas que faciliten a los operadores el cumplimiento de las previsiones contenidas en la norma.

Respecto a la disposición transitoria única, la misma tiene por objeto fijar el régimen aplicable a las instalaciones existentes.

Entrada en vigor: 19 de diciembre 2025

Normas afectadas: Queda derogado el Decreto 182/2006, de 12 de diciembre, por el que se determinan el órgano ambiental competente y el procedimiento de autorización ambiental integrada.

Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones del mismo o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Reglamento.

Enlace web: Decreto 185/2025, de 10 de diciembre, de protección de la atmósfera de Canarias