Ley n.º 53-A/2025, de 9 de abril que altera el «Decreto-lei» n.º 117/2024, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Marco Jurídico de los Instrumentos de Gestión Territorial, aprobado por «Decreto-Lei» nº 80/2015, de 14 de mayo
Autoras: Amparo Sereno y Paula de Castro Silveira. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) de la Universidad Politécnica de Lisboa e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 70, de 9 de abril de 2025
Palabras clave: Urbanismo. Planes. Red Ecológica Nacional (REN). Régimen Jurídico de los Instrumentos de Gestión Territorial (RJIGT).
Resumen:
La nueva ley introduce una modificación más al Régimen Jurídico de los Instrumentos de Gestión Territorial (RJIGT), aprobado por el “Decreto-Lei” n.º 80/2015, de 14 de mayo, en su redacción actual – que ya había sido alterado el año pasado mediante el “Decreto-lei” 117/2024, de 30 de diciembre, normativa que fue analizada en un número anterior de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental a la cual nos remitimos.
Las principales alteraciones introducidas por la Ley n.º 53-A/2025 al RJIGT tienen como objetivo restringir los casos en los que es admisible la recalificación del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 14 de marzo de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: María Azucena Recio González)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 2172/2025 – ECLI:ES: TSJGAL: 2025:2172
Palabras clave: Espacios naturales protegidos. Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. Plan Rector de Uso y Gestión. Tramitación procedimental. Informes. Información pública. Audiencia de los interesados. Plan Director de la Red Natura 2000 2000. Zonificación. Coordinación. Cartografía. Memoria económica.
Resumen:
En este caso, el Concello de Pontedeume interpone recurso contencioso administrativo contra la desestimación del requerimiento previo que presentó contra el Decreto 21/2023, de 2 de marzo de 2023, por el que se modifica el Decreto 211/1996, de 2 de mayo, que aprueba el Plan de ordenación de los recursos naturales del espacio natural de las Fragas do Eume y por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del mismo.
Es parte demandada la Consellería de medio ambiente, territorio e vivenda.
Con carácter previo, la sentencia pone de relieve los siguientes antecedentes:
-Este espacio fue declarado parque natural das
Planificación por incendios forestales en Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 6/2025, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL). (BOCyL n. 62, de 31 de marzo de 2025)
Palabras clave: Incendios forestales. Planificación. Protección Civil. Riesgo. Zonificación.
Resumen:
Durante la última década, la amenaza que los incendios forestales suponen para la vida humana se ha hecho cada vez más patente, con la ocurrencia a nivel mundial, y sobre todo en países de clima mediterráneo, de grandes eventos catastróficos cuyas características los vienen situando durante amplias fases de su desarrollo fuera de la capacidad de extinción de cualquier operativo. Esta amenaza, así como la experiencia atesorada en la aplicación del Plan INFOCAL en estos años, instan a anticiparse en mejorar la organización en la respuesta ante estas emergencias y aprobar un nuevo plan especial de protección civil ante emergencias por incendios forestales en Castilla y León.
El presente Plan se ha redactado conforme a la Directriz Básica de Planificación de Protección
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 17 de febrero de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Javier Albar García)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AR 208/2025 – ECLI:ES:TSJAR:2025:208
Palabras clave: Espacios naturales protegidos. Instrumentos de gestión y planificación. Ordenación de los recursos naturales.
Resumen:
Por una Organización No Gubernamental se interpone recurso contencioso-administrativo contra la inactividad reglamentaria del Gobierno de Aragón en la elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (en adelante, PORN) de Anayet-Partacua, iniciado por el Decreto 223/2006, de 7 de noviembre, del Gobierno de Aragón.
Pretende a través del recurso que se condene a la Administración demandada al cumplimiento de sus obligaciones respecto de la elaboración y aprobación del citado PORN. Subsidiariamente, solicita que se declare no ser conforme a derecho la desestimación presunta, por silencio administrativo negativo, de la solicitud, de fecha 7 de marzo de 2023, de reanudación de la tramitación del referido PORN.
Consultado el citado Decreto 223/2006, de 7 de noviembre, hay que tener en cuenta que el ámbito del PORN que pretende aprobarse se ubica en el Pirineo Aragonés, y “se sitúa
Título: Comentarios sobre algunos aspectos del Reglamento de la Unión Europea relativo a la restauración de la naturaleza
Title: Comments On Some Aspects Of The European Union Regulation On Nature Restoration
Autor: Agustín García Ureta, Catedrático de Derecho administrativo, Universidad del País Vasco/Euskal-Herriko Unibertsitatea, ORCID: 0000-0001-5623-4031
Fecha de recepción: 06/03/2025
Fecha de aceptación: 11/03/2025
DOI: https://doi.org/10.56398//ajacieda.00408
Documento completo: “Comentarios sobre algunos aspectos del Reglamento de la Unión Europea relativo a la restauración de la naturaleza”
Resumen:
Este trabajo analiza algunas de las normas del Reglamento de la Unión Europea 20204/1991, relativo a la restauración de la naturaleza y las implicaciones que tiene para sus Estados miembros. Se trata de una norma de una complejidad acusada, tanto por los objetivos que plantea como, en especial, por la multiplicidad de nociones que es preciso tener en cuenta para calibrar el impacto de sus obligaciones. El reglamento no se adopta en el vacío sino en relación, entre otros, con los hábitats y especies de las directivas relativas a las aves silvestres (2009/147) y los hábitats) (92/43) y con conceptos de importancia, como puede ser el de estado de conservación favorable. Con todo, a pesar de ser un reglamento, su aplicación depende en
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