10 September 2021

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Actualidad al día. España. Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización

Se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Orden TED/801/2021, de 14 de julio, por la que se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización (BOE núm. 178, de 27 de julio de 2021)

Palabras clave: Aguas. Planificación. Gobernanza. Saneamiento. Reutilización. Planes hidrológicos. Evaluación ambiental estratégica.

El Plan DSEAR es un instrumento de gobernanza en el ámbito de la Administración pública del agua, mediante el que se establece un análisis crítico respecto a las dificultades con que dicha Administración se enfrenta en los sectores de la depuración, el saneamiento y la reutilización del agua residual en España, identifica además la problemática detectada sobre estos temas y desarrolla propuestas de mejora realistas y pragmáticas para su superación. Con ello se pretende reaccionar y dar solución a los diversos problemas que han condicionado el limitado avance observado en la materialización de los programas de medidas que acompañan a los planes hidrológicos de segundo ciclo (2015-2021) en el ámbito de las citadas

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3 September 2021

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Actualidad al día. Castilla-La Mancha. Estrategia Regional de la Agenda 2030

Estrategia Regional de la Agenda 2030 de Castilla-La Mancha

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Acuerdo de 22/06/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia Regional de la Agenda 2030 de Castilla-La Mancha. (DOCM núm. 123, de 30 de junio de 2021)

Palabras clave: Agenda 2030. Objetivos de Desarrollo Sostenible. Planificación. Gobernanza. Participación.

Resumen:

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible adoptada por las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, establece un marco global para lograr el desarrollo sostenible de aquí a 2030. Incluye un ambicioso conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y 169 metas asociadas que los países y las partes interesadas han de promover. A nivel nacional, el Consejo de Ministros aprobó en su sesión de 8 de junio de 2021, la “Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030”, con la que el Ejecutivo se marcó una serie de políticas para cumplir con la Agenda 2030.

A nivel autonómico, en marzo de 2019, la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030 aprobó el

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21 July 2021

Andalusia Autonomous communities Current Legislation

Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) Fuente: BOJA núm. 116, de 18 de junio de 2021 Palabras clave: Aguas. Sequía. Demarcaciones Hidrográficas. Planificación hidrológica. Embalses. Indicadores. Obras de interés. Abastecimiento. Infracciones y sanciones. Resumen: La sequía es un rasgo recurrente en el clima de Andalucía que se caracteriza por un déficit de precipitaciones con respecto a los valores normales o medios. Los períodos prolongados de sequía pueden dar lugar a fenómenos de escasez en determinadas áreas, que deben entenderse como la falta de disponibilidad de recursos hídricos que puedan cubrir las demandas de agua previstas en el Plan Hidrológico de la Demarcación. A finales de 2018 se inició un periodo seco en Andalucía que se ha venido prolongando hasta la actualidad de forma que la falta de precipitaciones a lo largo del año 2019 y durante el 2020, especialmente grave en áreas de las provincias de Huelva y Cádiz, ha terminado afectando a las aportaciones a los embalses. Esta sequía prolongada quedó confirmada en los Comités de Gestión celebrados en el mes de noviembre de 2020, a lo que se añade la problemática de una garantía inferior a dos años para la satisfacción de las demandas de usos previstos en diversos planes hidrológicos. Por otra parte, el déficit pluviométrico también termina afectando a la recarga de los acuíferos, lo que puede llegar a tener efectos sobre la garantía del abastecimiento en algunas poblaciones. En este contexto, el artículo 63 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, dispone que para la gestión planificada de las situaciones de alerta y eventual sequía de las demarcaciones hidrográficas andaluzas, la delimitación de sus fases, el establecimiento de las medidas aplicables a cada una de ellas, así como para asegurar el abastecimiento a la población y a las instalaciones que presten servicios de interés general así como, en la medida de lo posible, a los restantes usuarios de acuerdo con el orden de prioridad que se establezca, se elaborarán los planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía, que serán aprobados por el Consejo de Gobierno. Al efecto, los umbrales de entrada y salida en situación de sequía prolongada y excepcional recogidos en este Decreto serán los de los vigentes Planes Especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno en mayo de 2021 en las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas y Guadalete-Barbate, mientras que en el caso de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras los umbrales de este decreto permanecerán vigentes hasta la aprobación del correspondiente Plan Especial. Las medidas recogidas extenderán su vigencia hasta la finalización de la situación de sequía en los ámbitos afectados por esta. Así, el presente decreto declara la situación de sequía hidrológica extraordinaria en los distintos Sistemas o Subsistemas de Explotación de las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía y regula tanto las medidas generales como las medidas específicas que serán de aplicación en los ámbitos territoriales en que se alcance una situación de escasez severa o grave de recursos hídricos. Igualmente se establecen los umbrales a partir de los cuales determina la entrada en situación de extraordinaria sequía, así como a partir del cual se considerará que dicha situación de excepcionalidad ha sido superada. Mediante este decreto se va a dotar a la Administración Andaluza del Agua de los instrumentos normativos que le permitan proceder, mediante la adopción de medidas excepcionales, a la ordenación y protección de los recursos hídricos disponibles en la forma más conveniente para el interés general y corregir los efectos de la sequía hidrológica en el ámbito de las cuencas intracomunitarias. Igualmente se habilita a dichos órganos para que acuerden la realización o impongan la ejecución de aquellas actuaciones que sean necesarias para una mejor gestión de los recursos hídricos, tipificando como infracciones las conductas que se aparten de lo ordenado en su cumplimiento y estableciendo las sanciones correspondientes. Mediante el presente decreto se declaran como Obras de Interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía una serie de actuaciones necesarias frente a la sequía al cumplirse los requisitos del artículo 29.1 de la Ley 9/2010, de 30 julio. Conforme al artículo 1.b), se declara la situación de sequía prolongada en las siguientes unidades territoriales con regulación superficial, o mixtas con prevalencia de recursos regulados: a) ZM Condado de Huelva (Embalse de Corumbel Bajo). b) ZR Sistema Barbate (Embalses de Barbate y Celemín). c) ZR Viñuela (Embalse de Viñuela). d) ZR Cuevas de Almanzora (Embalse de Cuevas de Almanzora). Se declara la situación de excepcional sequía en las siguientes unidades territoriales: a) ZM El Condado (Embalse de Corumbel Bajo). b) ZR Sistema Barbate (Embalses de Barbate y Celemín). c) ZR Viñuela (Embalse de Viñuela). Se añaden tres anexos. ANEXO I Zonificación de las Demarcaciones a efectos de la gestión de la sequía. ANEXO II Umbrales de entrada y salida para la situación de excepcional sequía ANEXO III Medidas y actuaciones en ámbitos territoriales con aguas reguladas. Entrada en vigor: 20 de junio de 2021 Enlace web: Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía.

Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOJA núm. 116, de 18 de junio de 2021

Palabras clave: Aguas. Sequía. Demarcaciones Hidrográficas. Planificación hidrológica. Embalses. Indicadores. Obras de interés. Abastecimiento. Infracciones y sanciones.

Resumen:

La sequía es un rasgo recurrente en el clima de Andalucía que se caracteriza por un déficit de precipitaciones con respecto a los valores normales o medios. Los períodos prolongados de sequía pueden dar lugar a fenómenos de escasez en determinadas áreas, que deben entenderse como la falta de disponibilidad de recursos hídricos que puedan cubrir las demandas de agua previstas en el Plan Hidrológico de la Demarcación. A finales de 2018 se inició un periodo seco en Andalucía que se ha venido prolongando hasta la actualidad de forma que la falta de precipitaciones a lo largo del año 2019 y durante el 2020, especialmente

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19 July 2021

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Comentario legislativo: “Notas a la Ley de Cambio Climático”

Título: “Notas a la Ley de Cambio Climático”

Autor: Fernando López Ramón, Catedrático de Derecho administrativo, Universidad de Zaragoza

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00320

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16 July 2021

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Actualidad al día. Comunidad Valenciana. Planificación urbanística

La Comunidad Valenciana aprueba la regulación de la Plataforma Urbanística Digital y de la presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial. (DECRETO 65/2021, de 14 de mayo, del Consell)

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: DOGV número 9097, de fecha 1 de junio de 2021

Palabras clave: Urbanismo. Territorio. Planificación.

Resumen:

Este decreto regula la elaboración, acceso y difusión de la información urbanística, a través de la utilización de medios electrónicos, la Plataforma Urbanística Digital, creada por la disposición adicional décima de la Ley 1/2019, de 5 de febrero, de modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana, como herramienta informática que implementa en el ámbito urbanístico valenciano la tramitación electrónica integral de los procedimientos autonómicos urbanísticos.

La Plataforma Urbanística Digital materializa el principio de transparencia en el urbanismo valenciano, dado que garantiza que la información urbanística sea accesible y reutilizable para todas las personas y esté disponible de forma comprensible, inmediata y gratuita,

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