8 September 2021

Current Legislation European Union

Legislación al día. Unión Europea. Neutralidad climática

Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021 por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea sobre el clima»)

Autora: Sara García García, Doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid

Palabras clave: Clima. Neutralidad climática. Acuerdo de París.

Resumen:

El último día del mes de junio fue el elegido para finalmente aprobar la sonada legislación europea sobre clima mediante el breve Reglamento 2021/1119 (consta este de 14 artículos) a través del cual «se establece un marco para la reducción progresiva e irreversible de las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero por las fuentes y el incremento de las absorciones de gases de efecto invernadero por los sumideros reguladas en el Derecho de la Unión» (ámbito de aplicación: art. 1).

El objetivo esencial que pretende alcanzar la Unión Europea mediante esta nueva norma es convertir en obligación vinculante para sus miembros el compromiso alcanzado en el Acuerdo de París (año 2016); un compromiso, ahora obligación, consistente en alcanzar la neutralidad climática en la

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28 July 2021

Autonomous communities Current Legislation Region of Murcia

Legislación al día. Murcia. Registro, régimen de colaboración y formación de los Guardas de Caza

Decreto n.º 123/2021, de 17 de junio, del Consejo de Gobierno, sobre registro, régimen de colaboración y formación de los Guardas de Caza de la Región de Murcia

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BORM número 142, de fecha 23 de junio de 2021

Palabras clave: Caza. Guardas caza. Formación.

Resumen:

En ejercicio de las competencias que el artículo 10. Uno. apartado 9 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia sobre la caza y pesca fluvial y protección de los ecosistemas en los que se desarrollan dichas actividades, así como el artículo 11.3 sobre el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambiente y normas adicionales de protección, se dictó la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial cuyo artículo 92, bajo el título, “Guardería privada” establecía que todo coto de caza deportivo o privado de más de 500 hectáreas dispondrá de un servicio de vigilancia a cargo de su titular.

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28 July 2021

Autonomous communities Current Legislation Region of Murcia

Legislación al día. Murcia. Simplificación administrativa

Decreto-Ley n.º 4/2021, de 17 de junio, de simplificación administrativa en materia de Medio Ambiente, Medio Natural, Investigación e Innovación Agrícola y Medioambiental

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BORM número 141, de fecha 22 de junio de 2021

Palabras clave: Simplificación administrativa. Medio Ambiente. Regresión.

Resumen:

El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020 acordó la adopción de un paquete de medidas de gran alcance, con el objetivo de impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación de la Unión Europea tras la crisis económica y social derivada de la pandemia internacional de la COVID-19. Estas medidas suponen un marco financiero plurianual para 2021-2027, el Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation”), destinado a acelerar la recuperación del nivel de empleo y actividad económica y acelerar la transición ecológica y digital. En ese marco el Estado Español aprobó el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación

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21 July 2021

Andalusia Autonomous communities Current Legislation

Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) Fuente: BOJA núm. 116, de 18 de junio de 2021 Palabras clave: Aguas. Sequía. Demarcaciones Hidrográficas. Planificación hidrológica. Embalses. Indicadores. Obras de interés. Abastecimiento. Infracciones y sanciones. Resumen: La sequía es un rasgo recurrente en el clima de Andalucía que se caracteriza por un déficit de precipitaciones con respecto a los valores normales o medios. Los períodos prolongados de sequía pueden dar lugar a fenómenos de escasez en determinadas áreas, que deben entenderse como la falta de disponibilidad de recursos hídricos que puedan cubrir las demandas de agua previstas en el Plan Hidrológico de la Demarcación. A finales de 2018 se inició un periodo seco en Andalucía que se ha venido prolongando hasta la actualidad de forma que la falta de precipitaciones a lo largo del año 2019 y durante el 2020, especialmente grave en áreas de las provincias de Huelva y Cádiz, ha terminado afectando a las aportaciones a los embalses. Esta sequía prolongada quedó confirmada en los Comités de Gestión celebrados en el mes de noviembre de 2020, a lo que se añade la problemática de una garantía inferior a dos años para la satisfacción de las demandas de usos previstos en diversos planes hidrológicos. Por otra parte, el déficit pluviométrico también termina afectando a la recarga de los acuíferos, lo que puede llegar a tener efectos sobre la garantía del abastecimiento en algunas poblaciones. En este contexto, el artículo 63 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, dispone que para la gestión planificada de las situaciones de alerta y eventual sequía de las demarcaciones hidrográficas andaluzas, la delimitación de sus fases, el establecimiento de las medidas aplicables a cada una de ellas, así como para asegurar el abastecimiento a la población y a las instalaciones que presten servicios de interés general así como, en la medida de lo posible, a los restantes usuarios de acuerdo con el orden de prioridad que se establezca, se elaborarán los planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía, que serán aprobados por el Consejo de Gobierno. Al efecto, los umbrales de entrada y salida en situación de sequía prolongada y excepcional recogidos en este Decreto serán los de los vigentes Planes Especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno en mayo de 2021 en las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas y Guadalete-Barbate, mientras que en el caso de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras los umbrales de este decreto permanecerán vigentes hasta la aprobación del correspondiente Plan Especial. Las medidas recogidas extenderán su vigencia hasta la finalización de la situación de sequía en los ámbitos afectados por esta. Así, el presente decreto declara la situación de sequía hidrológica extraordinaria en los distintos Sistemas o Subsistemas de Explotación de las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía y regula tanto las medidas generales como las medidas específicas que serán de aplicación en los ámbitos territoriales en que se alcance una situación de escasez severa o grave de recursos hídricos. Igualmente se establecen los umbrales a partir de los cuales determina la entrada en situación de extraordinaria sequía, así como a partir del cual se considerará que dicha situación de excepcionalidad ha sido superada. Mediante este decreto se va a dotar a la Administración Andaluza del Agua de los instrumentos normativos que le permitan proceder, mediante la adopción de medidas excepcionales, a la ordenación y protección de los recursos hídricos disponibles en la forma más conveniente para el interés general y corregir los efectos de la sequía hidrológica en el ámbito de las cuencas intracomunitarias. Igualmente se habilita a dichos órganos para que acuerden la realización o impongan la ejecución de aquellas actuaciones que sean necesarias para una mejor gestión de los recursos hídricos, tipificando como infracciones las conductas que se aparten de lo ordenado en su cumplimiento y estableciendo las sanciones correspondientes. Mediante el presente decreto se declaran como Obras de Interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía una serie de actuaciones necesarias frente a la sequía al cumplirse los requisitos del artículo 29.1 de la Ley 9/2010, de 30 julio. Conforme al artículo 1.b), se declara la situación de sequía prolongada en las siguientes unidades territoriales con regulación superficial, o mixtas con prevalencia de recursos regulados: a) ZM Condado de Huelva (Embalse de Corumbel Bajo). b) ZR Sistema Barbate (Embalses de Barbate y Celemín). c) ZR Viñuela (Embalse de Viñuela). d) ZR Cuevas de Almanzora (Embalse de Cuevas de Almanzora). Se declara la situación de excepcional sequía en las siguientes unidades territoriales: a) ZM El Condado (Embalse de Corumbel Bajo). b) ZR Sistema Barbate (Embalses de Barbate y Celemín). c) ZR Viñuela (Embalse de Viñuela). Se añaden tres anexos. ANEXO I Zonificación de las Demarcaciones a efectos de la gestión de la sequía. ANEXO II Umbrales de entrada y salida para la situación de excepcional sequía ANEXO III Medidas y actuaciones en ámbitos territoriales con aguas reguladas. Entrada en vigor: 20 de junio de 2021 Enlace web: Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía.

Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOJA núm. 116, de 18 de junio de 2021

Palabras clave: Aguas. Sequía. Demarcaciones Hidrográficas. Planificación hidrológica. Embalses. Indicadores. Obras de interés. Abastecimiento. Infracciones y sanciones.

Resumen:

La sequía es un rasgo recurrente en el clima de Andalucía que se caracteriza por un déficit de precipitaciones con respecto a los valores normales o medios. Los períodos prolongados de sequía pueden dar lugar a fenómenos de escasez en determinadas áreas, que deben entenderse como la falta de disponibilidad de recursos hídricos que puedan cubrir las demandas de agua previstas en el Plan Hidrológico de la Demarcación. A finales de 2018 se inició un periodo seco en Andalucía que se ha venido prolongando hasta la actualidad de forma que la falta de precipitaciones a lo largo del año 2019 y durante el 2020, especialmente

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21 July 2021

Autonomous communities Extremadura Current Legislation

Legislación al día. Extremadura. Plan Territorial de la Serena

Decreto 59/2021, de 9 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de la Serena

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: DOE, número 113, de fecha 15 de junio de 2021

Palabras clave: Ordenación territorial. Urbanismo. Edificación.

Resumen:

Visto el expediente de referencia, se observa que el objeto del Plan Territorial se ajusta al establecido en el artículo 54 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (en adelante LSOTEX) y 14 del Reglamento de Planeamiento de Extremadura, aprobado por Decreto 7/2007, de 23 de enero, constituyendo el mismo la definición integral de los elementos básicos que estructuran el ámbito geográfico delimitado por los términos municipales de Benquerencia de la Serena, Cabeza del Buey, Capilla, Castuera, Esparragosa de la Serena, Higuera de la Serena, Malpartida de la Serena, Monterrubio de la Serena, Peñalsordo, Valle de la Serena, Quintana de la Serena, Zalamea de la Serena y Zarza-Capilla; apreciándose asimismo que el modelo territorial definido por el plan territorial se ajusta

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