Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 9 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Consuelo Uris Lloret)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1655/2020 – ECLI: ES:TSJMU:2020:1655
Palabras clave: Silvestrismo. Flingilidos. Cupo. Cría en cautividad.
Resumen:
La federación demandante, Federación Ornitológica Cultural Silvestrista Española, en adelante “FOCSE”, solicitó concesión de autorizaciones de captura de aves para el año 2018, a la que la Dirección General del Medio Natural contestó que están a la espera del resultado del Dictamen Motivado que la UE ha abierto por considerar que los regímenes de excepciones en varias CCAA (entre ellas la Región de Murcia) por los que se permite la captura con vida de determinadas especies de fringílidos, incumplen las obligaciones de los artículos 5 a ) y e ); el artículo 8.I en relación con el Anexo IV a), leídos conjuntamente con el artículo 9.I c), de la Directiva 2009/147/CE . Y que mientras tanto, no se van a conceder autorización alguna. La