Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 15 de julio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julián Manuel Moreno Retamino)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ: STSJ AND 13738/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 13738
Palabas clave: Autorizaciones ambientales. Autorizaciones y licencias. Energías Renovables.
Resumen:
El presente pronunciamiento resuelve la impugnación de la Resolución de 3 de mayo de 2023 de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, que autorizó el proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica «El Caballo 1» y la infraestructura de evacuación compartida de las plantas «El Caballo 1», «El Caballo 2» y «El Caballo 3» en Bujalance y Montoro (Córdoba). Estos proyectos afectan a zonas de olivar y al arroyo Molinos, con valor ecológico.
La parte recurrente, constituida por tres particulares, alega indefensión por falta de notificación individual y fraude de ley (artículo 6.4 del Código Civil) al fraccionar los proyectos. El proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica «El Caballo» fue dividido en tres plantas de 38 MW cada una (totalizando 114 MW), con la finalidad de eludir la normativa que establece que la competencia para autorizar instalaciones
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 8 de julio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julián Manuel Moreno Retamino)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 13707/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 13707
Palabras clave: Energías renovables. Especies protegidas.
Resumen:
La sentencia que se analiza resuelve el recurso interpuesto por una sociedad mercantil contra la resolución presunta de la Consejería de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, que denegó la autorización administrativa previa para la planta solar fotovoltaica “Mirabal Solar I” (49,987 MWp), en Montoro (Córdoba).
La resolución impugnada se basó en informes técnicos desfavorables, en particular por el impacto sobre el lince ibérico y la biodiversidad local, conforme al principio de precaución de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
La demandante alega, en primer lugar, la nulidad del informe vinculante y de la referida resolución por el uso de modos verbales condicionales en dicho informe, aspecto que la Sala considera adecuado tanto gramatical como jurídicamente, en virtud del principio de precaución recogido en el artículo 2.g) de la Ley 42/2007, que exige considerar las
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 20 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Miguel Ángel Gómez Torres)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 11542/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 11542
Palabras clave: Calidad del aire. Transportes. Vehículos eléctricos.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Andalucía contra una sociedad mercantil relativo a la denegación de autorizaciones VTC.
A modo de antecedente, la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dictó 20 resoluciones, el 10 de octubre de 2023, denegando a la sociedad mercantil el otorgamiento de autorizaciones para el arrendamiento de vehículos con conductor (VTC). Dichas resoluciones fueron recurridas en vía de alzada, con resultado desestimatorio.
La mercantil interpuso recurso contencioso-administrativo, estimado parcialmente por el Juzgado, que anuló el acto administrativo impugnado por insuficiencia de motivación y ordenó la retroacción de actuaciones para que la Administración dictara una nueva resolución debidamente motivada, sin aplicar la ratio 1 VTC/30 taxis. La sentencia de instancia estimó parcialmente el recurso de la mercantil por insuficiencia de motivación en criterios
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 16 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Fernando de la Torre Deza)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 11807/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025:11807
Palabras clave: Aguas. Evaluación ambiental. Evaluación de impacto ambiental (EIA). Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP).
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve el recurso ordinario interpuesto por la Asociación de Vecinos Mestanza y Lomas de Cantarranas contra la resolución desestimatoria del recurso formulado frente a la aprobación del Proyecto de Agrupación de Vertidos y Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) Aglomeración Urbana Guadalhorce-Málaga. La Junta de Andalucía es la parte demandada.
La actora alega la falta de competencia de la Junta, la arbitrariedad de la ubicación de la instalación, que se sitúa en una zona inundable, y menciona deficiencias en el Estudio de Impacto Ambiental y la consecuente vulneración de normativa estatal y autonómica, como la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (LEA); la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental; la Constitución; el Plan de Ordenación del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 13 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Santos Gómez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 12044/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025:12044
Palabras clave: Residuos. Residuos peligrosos. Gestión de residuos. Fiscalidad.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Agencia Tributaria de Andalucía contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Huelva, sobre la liquidación y la sanción relativas al Impuesto sobre el Depósito de Residuos Peligrosos (ejercicio 2017), giradas a una sociedad mercantil como sustituto del contribuyente.
La Agencia Tributaria argumenta que dicha sociedad mercantil, titular del vertedero, debe repercutir el impuesto al productor de residuos peligrosos, conforme a los artículos 67, 70 y 73 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, y que la base imponible es el peso de los residuos depositados, sin distinguir el tipo de vertedero.
La parte apelada se opone, alegando que la sentencia recurrida y la jurisprudencia del TSJA ya resolvieron la cuestión conforme al artículo 70 de la Ley
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