Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala quinta ampliada), de 25 de septiembre de 2015, asunto T-268/10, por el que se resuelve un recurso de anulación de la decisión de la ECHA por la que se identifica a la acrilamida como sustancia que reúne los criterios mencionados en el artículo 57 del Reglamento (REACH)
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto T-268/10
Temas clave: Acrilamida, sustancias químicas, Reglamento REACH, sustancia intermedia, proporcionalidad e igualdad de trato
Resumen:
En 2010, los demandantes interpusieron un recurso de anulación contra la decisión de la ECHA que identificaba la acrilamida como sustancia que reunía los criterios mencionados en el artículo 57 del Reglamento REACH. Mediante auto de 21 de septiembre de 2011, el Tribunal General (Sala Séptima ampliada) declaró la inadmisibilidad del recurso. Los demandantes recurrieron en casación el auto y mediante sentencia de 26 de septiembre de 2013, el Tribunal de Justicia anuló el auto y estimó que el Tribunal General había incurrido en un error de Derecho al considerar que el recurso se había interpuesto extemporáneamente. Como el estado del litigio no
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala tercera), de 10 de septiembre de 2015, asunto C-106/14, por el que se resuelve un recurso prejudicial sobre la interpretación de los artículos 7.2 y 33 del Reglamento (CE) nº 1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-106/14
Temas clave: REACH, deber de comunicación, concepto de artículo a los efectos del Reglamento REACH, sustancias y preparados químicos
Resumen:
La cuestión prejudicial deriva de un litigio entre, la Federación Francesa de Empresas del comercio y la distribución y la Federación Francesa de tiendas de bricolaje y de mejoras del hogar, por un lado y, por otro, el Ministerio de medio ambiente en relación con la Comunicación a estos operadores sobre la obligación de transmitir información de las sustancias contenidas en los artículos y en concreto la interpretación del umbral del 0,1 % (peso/peso) de las sustancias peligrosas en tales artículos.
Ambas federaciones alegaron que la mencionada Comunicación se basaba en una interpretación del concepto de artículo contraria
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala novena), de 10 de septiembre de 2015, asunto C-473/14, por el que se resuelve una cuestión prejudicial decisión prejudicial sobre la interpretación del artículo 3 de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-473/14
Temas clave: Evaluación ambiental estratégica; Planes y programas; ámbito; modificación de planes preexistentes
Resumen:
La cuestión prejudicial se plantea en el seno de un proceso entre el Ayuntamiento de Kropias en Ática (Grecia) contra el Ministro del Medio Ambiente, mediante el que solicita la anulación del Decreto presidencial nº 187/2011, de 14 de junio de 2011, para la protección eficaz del monte Himeto y de sus superficies periféricas gracias a la gestión y a la conservación ecológica de los hábitats, de la flora y la fauna, a la mejora de su importante labor ecológica para la cuenca del Ática, a la protección del paisaje y al control de la construcción.
En el seno del proceso
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), de 16 de julio de 2015, asunto C-425/13, por el que se resuelve un recurso de anulación interpuesto por la Comisión contra la Decisión del Consejo por la que se autoriza la apertura de negociaciones para la conexión del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero de la Unión Europea con un sistema de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en Australia
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-425/13
Temas clave: Gases de efecto invernadero; Comercio de derechos de emisión; Negociación con terceros países; Competencias del Consejo y de la Comisión; Cooperación
Resumen:
Mediante este recurso, la Comisión Europea solicita la anulación del artículo 2, segunda frase, de la Decisión del Consejo de 13 de mayo de 2013 por la que se autoriza la apertura de negociaciones para la conexión del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero de la Unión Europea con un sistema de comercio de derechos de emisión aplicado en Australia.
La Comisión entiende
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), de 16 de julio de 2015, asunto C-369/14, por la que se resuelve la cuestión prejudicial en relación con la interpretación de varios preceptos de la normativa comunitaria sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto C-369/14
Temas clave: Residuos; Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; Ámbito de la obligación de inscripción de productor
Resumen:
La cuestión prejudicial deviene de un litigio entre dos empresas (Sommer y Rademacher) en relación con la falta de inscripción de esta última en el registro alemán de residuos de aparatos eléctricos como fabricante de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE). Por esta razón Sommer demandó ante el Tribunal de Colonia a Rademacher por competencia desleal.
Sommer, que fabrica motores para puertas de garaje y otros productos, se encuentra registrada como fabricante de AEE, la otra empresa Rademacher fabrica motores para puertas de garaje que funcionan mediante tensiones eléctricas de aproximadamente 220 a 240 voltios, están destinados a instalarse en la estructura del edificio, junto con la correspondiente puerta de garaje, y
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