Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 2 de marzo de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 802/2026 – ECLI:ES: TSJCL: 2026:802
Palabras clave: Autorización ambiental. Modificación no sustancial. Informe de impacto ambiental. Mejores técnicas disponibles. Procedimiento de revisión de oficio. Sustancias peligrosas. Residuos peligrosos. Residuos no peligrosos.
Resumen:
En el supuesto de enjuiciamiento, la entidad “Ecologistas en Acción de Castilla-León” interpone recurso contencioso-administrativo contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la Orden MAV/1228/2024, de 15 de noviembre, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para la planta de recuperación de plomo por segunda fusión a partir de baterías y otros subproductos con contenido en plomo y el vertedero de escorias (fase I), en el término municipal de San Esteban de Gormaz (Soria), titularidad de Exide Technologies, S.L.U., como consecuencia de la modificación no sustancial n.º 14 (MNS 14),
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 27 de enero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, David Ordóñez Solís)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AS 326/2026- ECLI:ES:TSJAS:2026:326
Palabras clave: Evaluación ambiental. Minería. Planificación. Urbanismo.
Resumen:
El pronunciamiento comentado resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil contra la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico del Principado de Asturias, siendo codemandados el Ayuntamiento de Tapia de Casariego y la Plataforma Oro No. La Resolución de 13 de febrero de 2025 de la citada Consejería, impugnada en este procedimiento, declaró la terminación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de Explotación Subterránea del Yacimiento de Salave, al constatar la existencia de impedimentos legales que determinaban su inviabilidad. En concreto, la resolución parte de que el proyecto carece de la habilitación urbanística necesaria, tras haber sido denegada por el Pleno del Ayuntamiento de Tapia de Casariego, en sesión de 29 de noviembre de 2024, la solicitud de la mercantil para la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) relativa a la “Categorización SNU Interés Minero en Salave”.
La parte
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 15 de enero de 2026 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, José Manuel Izquierdo Salvatierra)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 97/2026- ECLI:ES:TSJ AND:2026:97
Palabras clave: Acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Cultural de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y el Grupo Ecologista Mediterráneo contra la sentencia de 16 de febrero de 2023 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Almería, dictada en materia medioambiental. El recurso se dirige contra la inadmisión de los recursos de alzada presentados en el expediente de autorización ambiental unificada relativo a la puesta en producción de una finca de 10 hectáreas mediante invernaderos en Níjar (Almería), promovida por una mercantil.
La Sala confirma la sentencia de instancia al considerar que, aunque las asociaciones apelantes ostentan legitimación conforme a la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), de 16 de abril de 2026: recurso contra una autorización excepcional en materia de especies protegidas en el marco de un proyecto sujeto a evaluación ambiental. Autonomía procesal y plazo de tres meses
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), asunto C-58/24, ECLI:EU:C:2026:300
Palabras clave: Medio ambiente. Directiva hábitats. Directiva EIA. Convenio de Aarhus. Acceso a la justicia. Plazos de recurso. Autonomía procesal. Principio de efectividad.
Resumen:
La sentencia del Tribunal de Justicia de 16 de abril de 2026 tiene su origen en un litigio relativo a un proyecto de construcción de viviendas en el antiguo monasterio carmelita de Delgany, situado en el condado de Wicklow (Irlanda). Dicho proyecto afectaba a especies animales sometidas a una protección estricta según el Anexo IV de la Directiva sobre los hábitats, concretamente murciélagos orejudos pardos, lo que exigía la obtención de una autorización excepcional conforme al artículo 16 de la misma Directiva.
Dicha autorización excepcional fue concedida con carácter previo a la autorización urbanística del proyecto, y posteriormente se
Sentencia del TEDH de 17 de marzo de 2026, Asunto Franco Vendrame y otros contra Italia
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Palabras clave: Derechos Humanos. Propiedad privada. Política ambiental. Actividades forestales.
Resumen:
El pronunciamiento de autos aborda la demanda presentada por Franco Vendrame, Paolo Vendrame y la Società Agricola F.lli Vendrame e C. s.s. contra Italia.
La parte demandante sostiene que la creación de la zona protegida Risorgive di Codroipo, establecida por el Decreto n.º 156/2007 y publicada el 20 de junio de 2007, coincidía físicamente con terrenos de su titularidad. En particular, considera que las restricciones impuestas —consistentes en la prohibición de plantar nuevos cultivos arbóreos especializados, como los álamos, y de replantar los álamos existentes sin compensación suficiente— constituían una carga excesiva y vulneraban el derecho a la protección de la propiedad reconocido en el artículo 1 del Protocolo n.º 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Por su parte, el Gobierno italiano alegó la inadmisibilidad de la demanda por falta de agotamiento de los recursos internos. En cuanto al fondo, defendió que los demandantes habían recibido compensaciones al amparo de diversos planes de desarrollo rural
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