Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 30 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ricardo Estévez Goytre)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 14326/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025:14326
Palabras clave: Acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Acción pública ambiental. Participación.
Resumen:
El pronunciamiento objeto del presente comentario resuelve el recurso de apelación interpuesto por una mercantil contra la sentencia que declaró la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación activa de dicha mercantil, entonces parte recurrente.
Acotando el análisis del pronunciamiento a su interés jurídico ambiental, la Sala confirma la inadmisibilidad por falta de legitimación activa, en los que se considera insuficiente la invocación genérica de un interés competitivo para amparar la legitimación activa en materia ambiental. En particular, se recuerda que la legitimación activa en materia de competencia desleal se articula a través del artículo 33 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, y que la defensa de la competencia se rige por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. En la misma
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 24 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Manuel López Agullo)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 13973/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025: 13973
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Rehabilitación urbana. Protección de especies.
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Asociación SOS Vencejos contra el auto de 15 de julio de 2024 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Málaga, por el que se desestimó la medida cautelar solicitada para suspender autorizaciones de rehabilitación de tejados sin medidas compensatorias para el anidamiento de vencejos, en cumplimiento del artículo 9 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres.
La Sala acepta los razonamientos jurídicos del auto apelado, basados en la regulación vigente de medidas cautelares y la jurisprudencia reciente. Para conceder la cautela solicitada, deben cumplirse tres requisitos. En primer lugar, que la ejecución del acto administrativo impugnado cause un perjuicio al recurrente. En segundo lugar, que dicho perjuicio sea irreparable o difícil de reparar. Finalmente, que la suspensión del acto no cause una
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 24 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Jorge German Rubiera Álvarez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AS 2585/2025- ECLI:ES:TSJAS:2025:2585
Palabras clave: Ganadería. Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas ( RAMINP ). Urbanismo.
Resumen:
La sentencia analizada resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró la legalidad de las licencias otorgadas por el Ayuntamiento de Peñamellera Baja para la legalización de la actividad de dos cuadras tradicionales de bovino, clasificadas como molestas, insalubres y nocivas.
La apelante alega errores en la valoración de la prueba pericial, la indebida aplicación de la normativa urbanística, en concreto, las normas subsidiarias de Peñamellera Baja (NNSS), el Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo (TROTU), el Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU), el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 18 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Victoriano Valpuesta Bermúdez)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AND 14828/2025- ECLI:ES:TSJAND:2025:14828
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Autorización ambiental unificada. Espacios protegidos.
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve los recursos de apelación interpuestos por la Junta de Andalucía y la Federación de Ecologistas en Acción-Huelva contra la sentencia de 10 de octubre de 2023 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Huelva, relativa al Expediente de Autorización Ambiental Unificada (AAU) sobre el proyecto de transformación de regadío en una finca municipal en Trigueros.
La sentencia original estimó parcialmente el recurso del Ayuntamiento de Trigueros, reconociendo el derecho a la AAU para 195,03 hectáreas y denegándola para 162,81 hectáreas, de las cuales 112,96 hectáreas fueron excluidas por motivos de protección ambiental (hábitat lagunar endorreico y especies protegidas), y 4 hectáreas por afección de un incendio en 2010.
La Junta de Andalucía y la Federación de Ecologistas interpusieron recurso de apelación, argumentando errores en la valoración de la prueba y la insuficiencia de la protección ambiental, basándose en informes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 17 de septiembre de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Óscar Bosch Benítez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ ICAN 3548/2025 – ECLI:ES: TSJICAN:2025:3548
Palabras clave: Acuicultura. Planificación. Zona de interés acuícola. Evaluación ambiental. Información pública. Aguas de baño. Banderas azules.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la FEDERACIÓN TURÍSTICA DE LANZAROTE 8 contra la Orden de 11 de febrero de 2021 (BOCAN núm. 41, de 1 de marzo de 2021), que aprueba la Ordenación Detallada de la ZIA LZ-2 (zona de interés acuícola), en la isla de Lanzarote, conforme a lo establecido en el Decreto 102/2018, de 9 de julio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias (PROAC).
Es parte demandada la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca; y codemandada la mercantil “Yaizatun, S.A”.
Adelantamos que la Sala desestima íntegramente el recurso planteado sobre la base de los argumentos esgrimidos por la Administración demandada.
La recurrente esgrime como primer motivo de recurso la infracción, por no aplicación
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