Estrategia Cántabra de Bioeconomía y Economía Circular
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 6 de marzo de 2025, por el que se acuerda aprobar la Estrategia Cántabra de Bioeconomía y Economía Circular. (BOC n. 49, de 12 de marzo de 2025)
Palabras clave: Cambio climático. Bioeconomía. Industria. Residuos. Turismo. Construcción. Administraciones Públicas.
Resumen:
El objetivo de esta Estrategia es luchar contra el cambio climático y la conservación de biodiversidad, incrementando la competitividad y la resiliencia presente y futura del territorio de Cantabria a través de la gestión sostenible de los recursos, la cohesión territorial y la colaboración público-privada entre los agentes del territorio.
Desde el ámbito ambiental, buscará contribuir a conseguir los objetivos climáticos marcados y, desde el ámbito económico, incrementar la vida útil de los recursos, reducir residuos y proporcionar nuevos focos de competitividad en las empresas.
Establece 70 acciones a desarrollar sobre el territorio hasta el año 2050.
El documento se distribuye en diez capítulos. Refleja el marco de la estrategia en el entorno europeo, nacional y
Planificación por incendios forestales en Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 6/2025, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL). (BOCyL n. 62, de 31 de marzo de 2025)
Palabras clave: Incendios forestales. Planificación. Protección Civil. Riesgo. Zonificación.
Resumen:
Durante la última década, la amenaza que los incendios forestales suponen para la vida humana se ha hecho cada vez más patente, con la ocurrencia a nivel mundial, y sobre todo en países de clima mediterráneo, de grandes eventos catastróficos cuyas características los vienen situando durante amplias fases de su desarrollo fuera de la capacidad de extinción de cualquier operativo. Esta amenaza, así como la experiencia atesorada en la aplicación del Plan INFOCAL en estos años, instan a anticiparse en mejorar la organización en la respuesta ante estas emergencias y aprobar un nuevo plan especial de protección civil ante emergencias por incendios forestales en Castilla y León.
El presente Plan se ha redactado conforme a la Directriz Básica de Planificación de Protección
Murcia aprueba el Plan de Inspección de Explotaciones Agrícolas para el trienio 2025-2027, para el control del cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de prevención y control en origen de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario y de nutrición sostenible. Orden de 10 de marzo de 2025
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 6922 de fecha 21 de marzo de 2025
Palabras clave: Zonas vulnerables. Contaminación. Nitratos. Explotaciones agrícolas. Nutrición sostenible.
Resumen:
Con anterioridad a esta norma, en materia de prevención y control en origen de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario, el Real Decreto 47/2022 de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, establece que “los órganos competentes de las comunidades autónomas elaborarán, uno o varios códigos de buenas prácticas agrarias que los agricultores aplicarán obligatoriamente sobre las zonas vulnerables” (artículo 5); que “en las zonas designadas como vulnerables, establecerán y pondrán en práctica programas de actuación con objeto de prevenir y reducir la contaminación causada por los nitratos
Protocolo de medida del carbono orgánico en el suelo y factores de absorción relacionados dentro del marco de los proyectos de compensación del Registro balear de huella de carbono
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, por la que se aprueba el Protocolo de medida del carbono orgánico en el suelo y factores de absorción relacionados dentro del marco de los proyectos de compensación del Registro balear de huella de carbono. (BOIB núm. 37, de 25 de marzo)
Palabras Clave: Huella de carbono. Empresas. Proyectos de absorción. Buenas prácticas. Carbono orgánico. Agricultura.
Resumen:
El día 1 de enero de 2022 entró en vigor el Decreto 48/2021 de 13 de diciembre, regulador del Registro balear de huella de carbono. Las empresas obligadas, en caso de que sean titulares de proyectos de absorción o reducción de carbono situados en las Baleares, están obligadas a registrarlos en el Registro Balear. También lo pueden hacer de forma voluntaria el resto del tejido empresarial, las organizaciones públicas o privadas,
Cataluña aprueba la Resolución de declaración de árboles monumentales. Resolución Ter/886/2025
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Genralitat de Catalunya. Número 9372 de 17 de marzo de 2025
Palabras clave: Biodiversidad. Especies arbóreas. Interés público. Conservación.
Resumen:
Determinados ejemplares de especies arbóreas adquieren un alto valor monumental, histórico o científico. Esto hace que puedan llegar a formar parte del patrimonio natural y cultural de Cataluña, y por consiguiente, sea de interés público su conservación y protección.
Con anterioridad, el Decreto 214/1987, de 9 de junio, sobre declaración de árboles monumentales, determina que deben considerarse árboles monumentales los ejemplares que, por los tamaños excepcionales dentro de su especie o por su edad, historia o particularidad científica, son merecedores de medidas de protección y establecen, en su artículo 2, que los árboles monumentales se consideran protegidos y que esta protección implica la prohibición de talarlos y arrancarlos total o parcialmente, así como dañarlos por cualquier medio.
Hasta el momento se han emitido diez declaraciones de árboles y arbustos monumentales mediante las órdenes de 20 de octubre de 1987, 30 de agosto de 1988, 8 de febrero de 1990, 19
Page 2 of 227«12345...102030...»Last
|