8 octubre 2008

Actualidad

Ayudas. Cataluña

Resolución MAH/2934/2008, de 30 de septiembre, por la que se convocan subvenciones para promover acciones de sostenibilidad local para los años 2008 y 2009 (DOGC Núm. 5230, de 7 de Octubre de 2008)

Objeto:

El objeto de la subvención es promover y realizar acciones de prevención del cambio climático por parte de los Gobiernos Locales

Actuaciones Subvencionables:

a) Acciones de prevención del cambio climático.

  • Actuaciones concretas para la mejora de la eiciencia energética:
  • Renovación/Adquisición de vehículos de la flota municipal (coches de policía, ambulancias, camiones de basura, etc.) con un criterio especíico de eiciencia energética: vehículos con clasiicación energética A; vehículos con propulsión alternativa (gas natural, GLP, vehículos eléctricos e híbridos);
  • Implantación de un sistema informático de control de consumos energéticos.

b) Acciones para promover la movilidad sostenible.

  • Actuaciones concretas para el fomento de la movilidad sostenible:
  • Intervenciones urbanas en favor del uso de la bicicleta como medio de movilidad cotidiana: adecuación de vías urbanas para el uso de este vehículo, carriles para bicicletas, aparcamientos de bicicletas, etc.
  • Implantación de un sistema de alquiler o préstamo gratuito de bicicletas en los núcleos urbanos de los municipios, como servicio público municipal (sistemas automáticos o sistemas manuales).
  • Adquisición de bicicletas para promover la movilidad urbana con este transporte.
  • Adecuación de caminos seguros, a pie o en bicicleta, para acceder a las escuelas.
  • Ejecución de acciones dirigidas al desarrollo de proyectos de un servicio de compartir coche (car pooling).

c) Acciones de integración de políticas de sostenibilidad en la acción local.

  • Aplicación de medidas previstas en el plan director de sostenibilidad o Agenda 21 y en el plan de movilidad que tengan efectos demostrables y directos en la reducción de emisiones por parte de los sectores difusos en el ámbito local.

Importe de la subvención y criterios de valoración:

La subvención tiene un importe máximo de 60.000 euros por actuación, siempre que no represente más del 75% del coste total excepto para municipios de menos de 5.000 habitantes que podrán ser subvencionados hasta el 90%.

Plazo:

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes desde la publicación de la presente Resolución en el Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya.