9 marzo 2012

Actualidad

Actualidad al día. Reglamento Unión Europea

Se publica el Reglamento (UE) 64/2012 de la Comisión de 23 de enero de 2012 que modifica el Reglamento (UE) 582/2011, por el que se aplica y se modifica el Reglamento (CE) 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las emisiones de los vehículos pesados (Euro VI) 

Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT 

Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, de 31 de enero de 2012

Temas Clave: Vehículos; Emisiones de Vehículos Pesados 

Se procede a la modificación del Reglamento europeo relativo a las emisiones de los vehículos pesados a la vista que establece los requisitos técnicos comunes para la homologación de tipo de los vehículos de motor y las piezas de recambio por lo que se refiere a sus emisiones y establece normas sobre la conformidad en circulación, la durabilidad de los dispositivos de control de la contaminación, los sistemas de diagnóstico a bordo (DAB), la medición del consumo de carburante y el mantenimiento de los vehículos. La modificación tiene como principal fin incluir los requisitos a los que se refiere el Reglamento 582/2011, de 25 de mayo, que a su vez modificó los dos primeros anexos de la Directiva 2007/46/CE; concretamente aquél Reglamento prescribe que no deben ser homologados ni los vehículos ni los motores con arreglo al Reglamento 595/2009 y sus medidas de ejecución hasta que se hayan adoptado procedimiento de medición para medir el número PM según lo establecido en el anexo I de este mismo Reglamento, cualquier medida específica sobre los motores de reglaje múltiple que sea necesaria, así como disposiciones de aplicación del artículo 6 de dicho Reglamento. Conforme a este artículo 6 se ha de aplicar mutatis mutandis el Reglamento (CE) 715/2007 sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de vehículos. En definitiva, con esta modificación se introduce el procedimiento de acceso a la información relativa al DAB del vehículo y a la reparación y el mantenimiento de este, información que han de proporcionar los fabricantes. Así como el procedimiento de homologación de tipo multifásica.