16 junio 2023

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Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas para el periodo 2022-2027. (BOJA núm. 81, de 2 de mayo)

Palabras clave: Planificación hidrológica. Masas de agua. Objetivos medioambientales. Riesgo de inundación. Memoria. Normativa.

Resumen:

A través de este Acuerdo se aprueban inicialmente los Planes referenciados sin perjuicio de su remisión al Gobierno de la Nación para su aprobación definitiva. La elaboración de los planes de gestión del riesgo de inundación, y sus revisiones posteriores, se deben realizar en coordinación con las revisiones de los planes hidrológicos de cuenca y podrán integrarse en las mismas. Esto ha motivado que ambos planes, de esta demarcación hidrográfica, hayan conformado un único expediente administrativo, que ha contado con fases de tramitación independiente y otras que se han realizado de forma conjunta.

El contenido de los Planes Hidrológicos tiene dos partes claramente diferenciadas: Una Memoria (y sus Anejos) y una Normativa (y sus Apéndices). La Memoria atiende a los contenidos obligatorios que para la revisión de los planes se describe en el artículo 42 del texto refundido de la Ley de Aguas. Es un documento de carácter eminentemente técnico, que contiene un resumen de todos los cambios o actualizaciones efectuados, una evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos medioambientales además de una explicación de los objetivos medioambientales no alcanzados, un resumen y explicación de las medidas que no se han puesto en marcha y, por último, un resumen de las medidas adicionales transitorias adoptadas para las masas de agua que probablemente no alcancen los objetivos medioambientales previstos.

Por su parte, la Normativa está integrada por las determinaciones de contenido normativo, que tiene naturaleza de reglamento, en la que se establecen mandatos claros que tienen como destinatarios no solo las Administraciones competentes sino los particulares, pasando a formar parte del ordenamiento jurídico. Este documento se configura como un texto articulado estructurado en capítulos acompañado de los apéndices que resultan precisos.

Por otra parte, el contenido del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación ha sido estructurado en una Memoria con sus correspondientes Anejos, que responde al contenido establecido en el anexo del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación. La Memoria es un documento de carácter técnico que contiene las conclusiones de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación y de los Mapas de Peligrosidad y del Riesgo de Inundación, las posibles repercusiones del cambio climático en la incidencia de inundaciones, y define los objetivos de la gestión del riesgo. Adicionalmente, incorpora los criterios y objetivos ambientales especificados en el Plan Hidrológico y en los Planes de Protección Civil existentes. Concluye con el establecimiento del Programa de Medidas y de los correspondientes indicadores.

El Anejo 1 realiza una caracterización de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación basada en la selección de aquellos parámetros que mejor las representan.

El Anejo 2 incorpora la descripción y el contenido del Programa de Medidas, o conjunto de actuaciones a llevar a cabo por cada administración competente para disminuir el riesgo de inundación en cada ámbito territorial.

El Anejo 3 aborda la justificación de las medidas estructurales del plan.

Por último, los Anejos 4 y 5 incluyen un resumen del proceso de información pública y consulta, junto al análisis de las alegaciones y aportaciones, y una relación de Autoridades competentes en relación con el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica. El contenido del Plan tiene asimismo carácter vinculante, en particular, el Programa de Medidas.

En otro orden, se determinan las condiciones para la realización de las infraestructuras hidráulicas. A su vez, el Comité de Autoridades Competentes impulsará que por parte de las Administraciones Públicas competentes en la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas se prioricen aquellas actuaciones que repercutan sobre las masas de agua que tengan un estado o potencial peor que «bueno».

“A los efectos de garantizar la coherencia entre los objetivos ambientales establecidos en el correspondiente Plan Hidrológico, se adaptará al mismo el Sistema Global de Indicadores Hidrológicos y las medidas de prevención y mitigación de las sequías establecidas en el Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía”.

Una vez aprobado el Plan Hidrológico por el Consejo de Ministros, se publicará en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía la Normativa del Plan y sus Apéndices, y en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Memoria y sus Anejos, así como el contenido íntegro del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación, comenzando su vigencia desde la fecha de dicha publicación.

Nota: en la misma línea que esta planificación, véase el Acuerdo de 25 abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete y Barbate para el periodo 2022-2027. (BOJA n. 81, de 2 de mayo de 2023), y el Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras para el periodo 2022-2027. (BOJA n. 81, de 2 de mayo de 2023).

Enlace web:

Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas para el periodo 2022-2027.

Acuerdo de 25 abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete y Barbate para el periodo 2022-2027.

Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras para el periodo 2022-2027.