11 abril 2011

Canarias Legislación al día

Legislación al día. Canarias

Decreto 70/2011, de 11 de marzo, por el que se crea la Red Canaria de Parques Nacionales (BOCAN núm. 59, de 22 de marzo)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Parques Naturales; Espacios naturales protegidos

Resumen:

El presente Decreto tiene por objeto la creación de una red coherente e integrada por todos los Parques Nacionales Canarios, la definición de los objetivos asociados a dicha red, y el establecimiento de la estructura organizativa responsable de la administración y gestión de los Parques Nacionales Canarios.

Resulta importante destacar que esta creación de la red de Parques Nacionales Canarios no debe entenderse en ningún momento como un solapamiento con la Red Canaria de Espacios Nacionales Protegidos, ni tampoco entenderse como un subconjunto de esta. El objetivo de la primera, es la homogenieización de un conjunto mucho más específico, por presentar particularidades suficientes a nivel de fines, objetivos, organización y régimen jurídico, que justifican su existencia autónoma; mientras que el objetivo de la segunda, se centra en garantizar la coherencia de un conjunto genérico de espacios naturales dentro de los cuales, se incluyen los Parques Nacionales.

No obstante, la presencia simultánea de los Parques Nacionales en varias redes tampoco es algo novedoso, pues los espacios declarados como tales se encuentran integrados a su vez, en otros conjuntos diferenciados como son los de la Red Natura 2000 o la Red Canaria de Reservas de la Biosfera, que también cuentan con protección ambiental.

Sobre la base de la creación de la Red Canaria de Parques Nacionales (Capítulo II), el Capítulo III se centra en la organización administrativa de la gestión de éstos. Organización que pivota por un lado, en torno a una organización común a toda la Red Canaria (Secciones 1ª y 2ª) , y por otro, en la creación de distintos órganos específicos de cada uno de los Parques Nacionales (Sección 3ª).

Con respecto a la organización común, se crea un nuevo órgano colegiado autonómico, la Comisión de Parques Nacionales Canarios, que encabezará y asumirá con carácter originario las funciones administrativas de gestión de la Red Canaria de parques nacionales, ejerciendo asimismo su representación y las funciones de coordinación precisas para mantener la coherencia y homogeneidad del sistema.

Con respecto a los distintos órganos específicos de cada uno de los Parques Nacionales, se exige la existencia en cada uno de ellos, (conforme a la normativa básica estatal), de los Directores-Conservadores y los Patronatos.

El Capítulo IV se centra en fijar las condiciones, los requisitos y los trámites necesarios para que las competencias de gestión ordinaria de los Parques Nacionales sean objeto de delegación en los Cabildos Insulares. Y por su parte, el Capítulo V se centra en el establecimiento de disposiciones sobre la declaración, modificación de los límites y pérdida de la condiciones de los Parques Nacionales.

Finalmente, destacar que de forma dispersa, a lo largo del Decreto se han realizado ciertas asignaciones competenciales al Gobierno de Canarias para la efectiva realización de trámites regulados por la legislación básica estatal, como es el caso de la iniciativa para la declaración o modificación de los límites de los Parques Nacionales Canarios, la audiencia en caso de la pérdida de la condición de Parque Nacional, o el desarrollo del procedimiento de aprobación de los Planes Rectores de Uso y Gestión de los Parques.

Entrada en vigor: 23 de marzo de 2011

Normas afectadas: Se deroga el Decreto 172/2009, de 29 de diciembre, por el que se asignan temporalmente a la Viceconsejería de Ordenación Territorial la gestión de los Parques Nacionales canarios

Se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial aprobado por Decreto 20/2004, de 2 de marzo