Sentencia del TEDH de 17 de marzo de 2026, Asunto Franco Vendrame y otros contra Italia
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Palabras clave: Derechos Humanos. Propiedad privada. Política ambiental. Actividades forestales.
Resumen:
El pronunciamiento de autos aborda la demanda presentada por Franco Vendrame, Paolo Vendrame y la Società Agricola F.lli Vendrame e C. s.s. contra Italia.
La parte demandante sostiene que la creación de la zona protegida Risorgive di Codroipo, establecida por el Decreto n.º 156/2007 y publicada el 20 de junio de 2007, coincidía físicamente con terrenos de su titularidad. En particular, considera que las restricciones impuestas —consistentes en la prohibición de plantar nuevos cultivos arbóreos especializados, como los álamos, y de replantar los álamos existentes sin compensación suficiente— constituían una carga excesiva y vulneraban el derecho a la protección de la propiedad reconocido en el artículo 1 del Protocolo n.º 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Por su parte, el Gobierno italiano alegó la inadmisibilidad de la demanda por falta de agotamiento de los recursos internos. En cuanto al fondo, defendió que los demandantes habían recibido compensaciones al amparo de diversos planes de desarrollo rural
Se autoriza la utilización de material forestal de reproducción de Pinus sylvestris L. procedente de otras regiones de procedencia en las repoblaciones forestales de la Comunidad Autónoma de Galicia
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 65, de 9 de abril de 2026
Palabras clave: Montes. Repoblaciones forestales.
Resumen:
La presente resolución autoriza de forma temporal, el uso de material forestal de reproducción de Pinus sylvestris L. procedente de otras regiones en repoblaciones forestales de la Comunidad Autónoma de Galicia, debido a la falta de existencias locales.
Se prioriza el uso de materiales de categoría cualificada de los huertos de semilla de Valsaín y La Granja (Segovia), y Valonsadero (Soria), así como de unidades de admisión del Sistema Ibérico Septentrional, Sierra de Guadarrama y Montes Universales.
Esta medida se mantendrá hasta que se puedan suministrar semillas de las nuevas unidades gallegas en proceso de inscripción.
Enlace web: Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal, por la que se autoriza la utilización de material forestal de reproducción de Pinus sylvestris L. procedente de otras regiones de procedencia en las repoblaciones
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta, en formación de cinco jueces), de 18 de marzo de 2026: denegación de una solicitud de revisión interna de un reglamento delegado en materia de taxonomía ambiental. Control jurisdiccional y margen de apreciación de la Comisión
Autora: Mª del Carmen de Guerrero Manso, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza. Grupo de investigación ADESTER (S22_23R)
Fuente: Tribunal General de la Unión Europea (Sala Sexta), asunto T-575/22, ECLI:EU:T:2026:197
Palabras clave: Medio ambiente. Convenio de Aarhus. Revisión interna. Taxonomía. Gestión forestal. Bioenergía. Criterios técnicos. Margen de apreciación. Control jurisdiccional.
Resumen:
La sentencia del Tribunal General de 18 de marzo de 2026 tiene su origen en el recurso interpuesto por varias organizaciones medioambientales contra la Decisión de la Comisión Europea que denegó la solicitud de revisión interna del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139, adoptado en desarrollo del Reglamento (UE) 2020/852 sobre taxonomía ambiental.
Las demandantes habían solicitado la revisión interna de dicho Reglamento Delegado al amparo del artículo 10 del Reglamento (CE) n.º 1367/2006 (Reglamento Aarhus), al considerar que determinados criterios técnicos de selección relativos a la gestión forestal y a la bioenergía no se ajustaban al Derecho de la Unión, en particular a los requisitos establecidos
Aguas:
TORNOS MAS, Joaquín (Dir.); ARANA GARCÍA, Estanislao (Subdir.); NAVARRO CABALLERO, Teresa M. (Subd.); RODRÍGUEZ FLORIDO, Iván (Coord.). Observatorio del Ciclo del Agua 2025. Barcelona: Atelier, 2026. 386 p. Disponible en: https://doi.org/10.71237/t1aO9eV8 (Fecha de último acceso 07/05/2026)
Alimentación:
SPOTO, Giuseppe. Los nuevos alimentos entre innovación y regulación. Madrid: Reus, 2026. 160 p.
Aprovechamientos forestales:
MUÑIZ ESPADA, Esther, (Dir.); LÓPEZ TORRES, Juan Manuel (Coord.) et al. Propuestas jurídicas para una adecuada rentabilidad y gestión de las zonas forestales. Valencia: Tirant lo Blanch, 2026. 446 p.
Bienestar animal:
MORALES GARCÍA, Angel Daen; MORALES GARCÍA, Jonatan Job. Política, bioderecho y liberación del jaguar en México. Valencia: Tirant lo Blanch, 2026. 308 p.
Biodiversidad:
GARCÍA URETA, Agustín. Comentarios al Reglamento de la Unión Europea 2024/1991, relativo a la restauración de la naturaleza. Madrid: Iustel, 2026. 230 p.
Biotecnología:
GREGORACI FERNÁNDEZ, Beatriz (Dir.); CASTILLO ABELLA, Jorge (Dir.); VELASCO CABALLERO, Francisco (Dir.). Derecho de la neurotecnología: libro blanco para el desarrollo de la Carta de Derechos Digitales en el ámbito de la neurotecnología. Barcelona: Marcial Pons, 2026. 866 p.
Calidad del agua:
TORNOS MAS, Joaquín (Dir.); ARANA GARCÍA, Estanislao (Subdir.); NAVARRO CABALLERO, Teresa M. (Subd.); RODRÍGUEZ FLORIDO, Iván (Coord.). Observatorio del Ciclo del
Orden ARP/69/2026, de 21 de abril, sobre el aprovechamiento forestal del lentisco y del brezo con finalidad comercial y del régimen jurídico aplicable al boj acebo
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 9655, de 29 de abril de 2026
Palabras clave: Aprovechamientos forestales. Montes.
Resumen:
La Orden que traemos a colación regula la recolección con finalidad comercial de lentisco (Pistacia lentiscus e híbridos) y brezo (Erica arborea y Erica scoparia) en terrenos forestales, así como el régimen jurídico aplicable al acebo (Ilex aquifolium).
Se aplica, en particular, a la recolección comercial de lentisco y brezo en terrenos forestales y a la recolección de material forestal de reproducción de acebo con finalidad comercial o científica. Asimismo, prohíbe el arranque de pies de acebo con finalidad ornamental. Quedan excluidos de su ámbito de aplicación los trabajos selvícolas u obras ya autorizadas en terrenos forestales donde estén presentes el lentisco o el brezo.
A estos efectos, determina cuándo se considera que existe “recolección comercial” y quiénes pueden llevarla a cabo, así como los regímenes administrativos de comunicación previa, declaración responsable y, excepcionalmente, autorización.
La Orden regula, asimismo, las condiciones técnicas
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