15 febrero 2011

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo

Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2010. (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)

Autora de la nota: Berta Marco Ciria, Personal Investigador en formación, CIEDA-CIEMAT

Fuente: CENDOJ STS 6307/2010

Temas Clave: Clasificación del suelo, suelo no urbanizable, planificación medioambiental, espacio natural.

Resumen:

La presente sentencia establece la prevalencia de la planificación medioambiental sobre la urbanística de un modo rotundo y contundente, confirmando, a su vez, la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 12 de junio de 2006.

En el caso enjuiciado la Sociedad Anónima “Gestión de negociación inmobiliaria S.A” demanda al Ayuntamiento de Málaga y a la Junta de Andalucía en relación con la resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, de fecha 10 de julio de 1997, que aprobó el Plan General de Ordenación Urbana de Málaga.

La parte recurrente solicita la clasificación de su finca, sita en la desembocadura del río Guadalhorce, como suelo urbano, o en su defecto, suelo urbanizable, en lugar

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15 noviembre 2010

Cantabria Legislación al día

Legislación al día. Cantabria

Decreto 65/2010, de 30 de septiembre, por el que se aprueban las Normas Urbanísticas Regionales (BOC Extraordinario núm. 26, de 8 de octubre).

Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.

Resumen:

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 17 de enero de 2008, a tenor de lo dispuesto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, declaró la nulidad del Decreto 57/2006, de 25 de mayo, mediante el que se aprobaban las Normas Urbanísticas Regionales de dicha Comunidad. Ello ha determinado la redacción y tramitación de las presentes Normas Urbanísticas Regionales.

El presente Decreto, que parte de la premisa de que la ordenación del territorio tiene como base la distribución geográfica de las actividades y de los usos del suelo, armonizada con el desarrollo económico, las potencialidades del territorio, la protección de la naturaleza, y la preservación y puesta en valor del patrimonio cultural, recoge disposiciones referentes a la protección del medio ambiente,

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15 noviembre 2010

España Legislación al día

Legislación al día. Estado

Ley 9/2010, de 18 de octubre, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura (DOExtremadura núm. 202, de 20 de octubre)

Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.

Resumen:

La presente Ley modifica la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación del Territorio, con el objeto de, en primer lugar, adecuarla en detalle a las prescripciones del Texto Refundido de la Ley de Suelo estatal, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, y en segundo lugar, para actualizarla y adecuar a la realidad cambiante del sector inmobiliario algunas técnicas instrumentales, así como para la aclaración de algunas disposiciones que la experiencia muestra que han dado lugar a interpretaciones contradictorias.

El primer bloque de medidas va encaminado a la adaptación del la norma autonómica al marco legal estatal, introduciéndose en primer lugar, modificaciones encaminadas a la mejora de la participación pública y el control democrático de los procedimientos urbanísticos de toma de decisiones, que afectan a principalmente a los artículos

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25 octubre 2010

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Construcción de parques eólicos. Devengo del ICIO

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), de 14 de mayo de 2010. Ponente: Excmo. Sr. Emilio Frías Ponce.

Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Fuente: RJ 2010/3749

Temas Clave: Instalación de parque eólico. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Resumen:

La realización de las obras que son necesarias para la instalación de un parque eólico devengan el correspondiente impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (en adelante, ICIO) y la correspondiente tasa por licencia urbanística, que liquidará el Ayuntamiento correspondiente.

En este caso, el Ayuntamiento de Osuna (Sevilla) giró liquidación en concepto de ICIO por importe de 633.376,73 euros y una tasa por licencia urbanística, por importe de 164.553,76 euros, correspondiente al proyecto de ejecución del parque eólico presentado por la Mercantil “Valdivia Energía Eólica, S.A”, en el que figuraban los conceptos de obra civil a realizar (2.427.761,62 euros) e instalaciones (31.047.879,00 euros).

Tanto el Juzgado de lo Contencioso

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7 octubre 2010

Cantabria Legislación al día

Legislación al día. Cantabria

Ley de Cantabria 6/2010, de 30 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (BOC núm. 156, de 13 de agosto de 2010)

Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Resumen:

El primer objetivo de esta iniciativa legal se centra en adoptar medidas urgentes para la adecuación del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral.

El Plan de Ordenación del Litoral, aprobado por la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, preveía en su Disposición Transitoria Segunda la necesidad de que los municipios iniciaran la adaptación de su planeamiento al nuevo régimen jurídico emanado. Adaptación que finalmente, y por muy diversas causas, no ha sido llevada a cabo, generado una evidente inseguridad jurídica. Por ello, y sin renunciar al objetivo final de que los planeamientos urbanísticos se adapten íntegramente al Plan de Ordenación del Litoral, la presente Ley, trata de ofrecer nuevos cauces para conseguir, al menos, una adaptación parcial, con el objeto de clarificar el régimen jurídico aplicable. Se establece un régimen más ágil y flexible, en el que, sin renunciar a los

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