9 julio 2010

Legislación al día Región de Murcia

Legislación al día. Murcia

Decreto n.º 90/2010, 7 de mayo, por el que se crea la Red de Muladares para las Aves Rapaces Necrófagas gestionados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM núm. 106, de 11 de mayo de 2010)

Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT (Legislación al día: Castilla y León, Jurisprudencia del TSJ de Castilla y León)

Resumen:

La Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre de la Región de Murcia prevé la obligación por parte de las Administraciones Públicas de preservar la biodiversidad estableciendo medidas de conservación para la fauna silvestre, con especial atención a las especies autóctonas. Tal es el caso del buitre leonado, especie catalogada como extinguida en el Catálogo de Especies Amenazadas de la Región de Murcia, pero que ha experimentado un significativo aumento poblacional en los últimos años. Esta ave necrófaga se alimenta de cadáveres procedentes en su mayoría del ganado ovino y caprino.

La supresión de carroñas en los montes como consecuencia de las encefalopatías espongiformes dio origen a la aprobación de un marco normativo a nivel

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17 marzo 2010

Jurisprudencia al día Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE )

Jurisprudencia al dia. Evaluación ambiental y protección de hábitats

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 14 de enero de 2010, asunto C‑226/08, Stadt Papenburg/Bundesrepublik Deutschland

Autor de la nota: J. José Pernas García, profesor contratado doctor de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña

Palabras clave: Directiva 92/43/CEE; conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres; decisión del Estado miembro interesado de prestar su conformidad al proyecto de lista de lugares de importancia comunitaria redactado por la Comisión; intereses y puntos de vista que deben tenerse en cuenta; obligación de evaluación de impacto ambiental de obras continuadas de mantenimiento de un canal; concepto de “plan” o “proyecto”; principio de seguridad jurídica; principio de confianza legítima.

Resumen:

La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 2, apartado 3, 4, apartado 2, y 6, apartados 3 y 4, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, en su versión modificada por la Directiva 2006/105/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006 (en lo sucesivo, «Directiva sobre los hábitats»).

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9 marzo 2010

Actualidad

Actualidad. Libro verde en materia de protección de los bosques e información forestal

La Comisión Europea ha adoptado un Libro Verde en el que se definen un conjunto de propuestas en materia de protección de los bosques y de información sobre los recursos forestales y su estado. Las participación pública, de los Estados miembros, de las instituciones de la UE y de otras partes interesadas en respuesta al libro verde, orientarán a la Comisión sobre la oportunidad de tomar nuevas medidas en este ámbito.

Contenido y objetivos del Libro Verde

El Libro Verde define los principales retos a que se enfrentan los bosques de Europa. Presenta los sistemas de información forestal existentes y los instrumentos disponibles para proteger los bosques y plantea una serie de cuestiones pertinentes para la formulación de las futuras políticas. El documento sucede al Libro Blanco sobre la adaptación al cambio climático adoptado por la Comisión en abril de 2009.

Bosques y cambio climático

Los bosques desempeñan funciones sociales, económicas y ambientales múltiples e interrelacionadas. Facilitan puestos de trabajo, ingresos y materias primas para la industria y las energías renovables. Protegen el suelo, las poblaciones y la infraestructura, regulan los aportes de agua dulce y conservan la biodiversidad. En

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11 febrero 2010

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea

Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres. (DOUE nº L 020 de 26/01/2010 p. 0007 – 0025)

Autora de la nota: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili

Objetivo:

La Directiva se refiere a la conservación de todas las especies de aves que viven normalmente en estado salvaje en el territorio europeo de los Estados miembros en los que es aplicable el Tratado. Tendrá como objetivo la protección, la administración y la regulación de dichas especies y de su explotación. La Directiva se aplicará a las aves, así como a sus huevos, nidos y hábitats. Por este motivo, la Directiva se dirige, en aras de la claridad, a codificar la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres ( DO L 103 de 25.4.1979, p. 1. ), que ha sido modificada en varias ocasiones y de forma sustancial. Los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para mantener o adaptar las poblaciones de todas

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2 febrero 2010

Referencias bibliográficas

Referencias doctrinales al día

Aguas:

HOWARTH, W., “Aspirations and Realities under the Water ramework Directive: Proceduralisation, Participation and Practicalities”, Journal of environmental law, Vol. 21, pp. 391 – 418

Acceso a la información:

LÓPEZ-MEDEL BASCONES, J., “El derecho a la información medioambiental”, Revista española de Derecho Administrativo, 2009, nº 144, pp. 667 – 678

Atmósfera:

BOGOJEVIC, S., “Ending the Honeymoon: Deconstructing Emissions Trading Discourses”, Journal of environmental law, Vol. 21, pp. 443

Biodiversidad:

LAGRANGE, P., “L’office national des forêts et l’encadrement juridique de la chasse”, Revue juridique de l ‘ environnement, nº 3, 2009, pp. 285-300

STEICHEN, P., “La responsabilité environnementale dans les sites Natura 2000”, Revue européenne de droit de l’environnement, nº 3, 2009, pp. 247-271

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