«Portaria» n.º 203-A/2025/1, de 24 de abril, que modifica la «Portaria» n.º 112/2022, de 14 de março, en el marco del Estatuto del Cliente Eletrointensivo
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 80, Suplemento, de 24 de abril de 2025
Palabras clave: Cliente eletrointensivo. Energía renovable. Ayudas de Estado. Auditoría energética. Transición energética. Eficiencia energética. Descarbonización industrial. Consumo intensivo de energía.
Resumen:
La «Portaria» n.º 203-A/2025/1, de 24 de abril, introduce la primera modificación a la «Portaria» n.º 112/2022, de 14 de marzo, que regula el Estatuto del Cliente “Electrointensivo”, conforme a lo dispuesto en el «Decreto-Lei» n.º 15/2022, de 14 de enero. La reforma tiene por objetivo adecuar el régimen nacional al marco normativo de la Unión Europea sobre ayudas de Estado, promoviendo la competitividad industrial y reforzando la transición energética hacia la neutralidad carbónica en 2050.
Entre las principales modificaciones, se revisan los criterios de elegibilidad para acceder al Estatuto, destacando el consumo mínimo de energía eléctrica (≥ 1 GWh) y un grado de “electrointensidad” igual o superior
«Decreto-Lei» n.º 64/2025, de 10 de abril, que refuerza el régimen de conservación del lobo ibérico y modifica el «Decreto-Lei» n.º 54/2016, de 25 de agosto, en su versión alterada por el «Decreto-Lei» n.º 53/2022, de 12 de agosto
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 71, de 10 de abril de 2025
Palabras clave: Lobo ibérico. Conservación de la biodiversidad. Daños al ganado. Indemnización. Medidas de protección pecuaria. Ayudas de Estado. Sostenibilidad rural. Regulación ambiental.
Resumen:
El «Decreto-Lei» n.º 64/2025, de 10 de abril, modifica el «Decreto-Lei» n.º 54/2016, de 25 de agosto, en la versión ya alterada por el «Decreto-Lei» n.º 53/2022, de 12 de agosto, reforzando el régimen jurídico de conservación del lobo ibérico (Canis lupus signatus), consagrado inicialmente en la «Lei» n.º 90/88, de 13 de agosto. La modificación responde a la necesidad de actualizar el sistema de compensaciones por daños causados por lobos al ganado, en consonancia con las orientaciones de la Unión Europea sobre ayudas de Estado en el sector agrícola, conforme al Reglamento
MOVES III
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. (BOE n. 79, de 1 de abril de 2025)
Palabras clave: Movilidad eléctrica. Incentivos y ayudas.
Resumen:
Mediante este real decreto-ley, se regula el Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. El programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en los términos que prevé el artículo 5 de este real decreto-ley. El período de vigencia de este programa se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Este programa está dotado con un presupuesto de cuatrocientos millones de euros que se financiará con
Aguas:
SOBOTA, Marcin; ALBRECHT, Eike; TOKARCZYK-DOROCIAK, Katarzyna; et al. The Czech Republic v Poland (Mine de Turów): Politics and implementation of the EU Water Framework Directive. Review of European, Comparative and International Environmental Law, vol. 33, n. 3, noviembre 2024, pp. 662-666. Disponible en: https://doi.org/10.1111/reel.12568 (Fecha de último acceso 14-01-2025).
Ayudas:
ESPAÑA PÉREZ, José Alberto. Comentario a la Orden TED/728/2024 que desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte. Revista General de Derecho de los Sectores Regulados, n. 14, 2024.
Biocombustibles:
ALBA FERNÁNDEZ, Manuel. Nuevo hito en el caso Prestige: nota sobre la sentencia de la High Court of Justice (Commercial Court) de 6 de ocubre de 2023 en el litigio entre el London Steam-Ship Owers’ Mutual Insurance Association Limited y el Reino de España. Cuadernos de derecho transnacional, vol. 16, n. 1, marzo 2024, pp. 656-670. Disponible en: https://doi.org/10.20318/cdt.2024.8440 (Fecha de último acceso: 08-01-2025).
ESPAÑA PÉREZ, José Alberto. Comentario a la Orden TED/728/2024 que desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte. Revista General de Derecho de los Sectores Regulados, n. 14, 2024.
Buques:
ALBA FERNÁNDEZ, Manuel. Nuevo hito en el caso Prestige: nota
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 19 de septiembre de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Ponente: Pedro Luis Roás Martín)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 14079/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:14079
Palabras clave: Montes. Ayudas y subvenciones. Gestión forestal. Sostenibilidad.
Resumen:
En el fallo que traemos a colación, una mercantil recurre la decisión de la Consejería de Sostenibilidad, Medioambiente y Economía Azul, de 27 de marzo de 2023, mediante la que se rechazó un recurso de reposición relacionado con una denegación previa de ayudas, fechada el 20 de abril de 2021. Estas ayudas, convocadas por la Orden de 30 de julio de 2019, estaban destinadas a mejorar el valor medioambiental de los montes en Andalucía dentro del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. La denegación se basó en el supuesto incumplimiento del apartado 2.a.A.a) de las bases reguladoras, y el artículo 109.2 del Decreto 208/1997, que indicaban que las actuaciones solicitadas estaban cubiertas por un consorcio o convenio.
A estos efectos, la mercantil considera que en el visor REDIAM (Red de Información Ambiental de Andalucía) la capa de información geográfica caracterizó erróneamente el monte
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