Ley n.º 53-A/2025, de 9 de abril que altera el «Decreto-lei» n.º 117/2024, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Marco Jurídico de los Instrumentos de Gestión Territorial, aprobado por «Decreto-Lei» nº 80/2015, de 14 de mayo
Autoras: Amparo Sereno y Paula de Castro Silveira. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) de la Universidad Politécnica de Lisboa e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 70, de 9 de abril de 2025
Palabras clave: Urbanismo. Planes. Red Ecológica Nacional (REN). Régimen Jurídico de los Instrumentos de Gestión Territorial (RJIGT).
Resumen:
La nueva ley introduce una modificación más al Régimen Jurídico de los Instrumentos de Gestión Territorial (RJIGT), aprobado por el “Decreto-Lei” n.º 80/2015, de 14 de mayo, en su redacción actual – que ya había sido alterado el año pasado mediante el “Decreto-lei” 117/2024, de 30 de diciembre, normativa que fue analizada en un número anterior de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental a la cual nos remitimos.
Las principales alteraciones introducidas por la Ley n.º 53-A/2025 al RJIGT tienen como objetivo restringir los casos en los que es admisible la recalificación del
Ley n.º 36/2025, de 31 de marzo, que establece una moratoria sobre la minería en mar profundo hasta 2050, modificando la Ley n.º 17/2014, de 10 de abril, y la Ley n.º 98/2021, de 31 de diciembre
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 63, de 31 de marzo de 2025
Palabras clave: Minería submarina. Medio marino. Principio de precaución. Ordenación del espacio marítimo. Sostenibilidad ambiental. Recursos marinos.
Resumen: La Ley n.º 36/2025 introduce una moratoria sobre las actividades de minería en los fondos oceánicos dentro del espacio marítimo nacional hasta el 1 de enero de 2050. Esta moratoria, que abarca tanto la prospección como la explotación, se justifica con base en el principio de precaución ante la incertidumbre científica sobre los impactos en los ecosistemas marinos.
La medida implica la modificación de la Ley n.º 17/2014, que regula el ordenamiento y gestión del espacio marítimo nacional, reforzando los principios de sostenibilidad, protección ambiental y responsabilidad intergeneracional. También se modifica la Ley n.º 98/2021, incorporando la previsión de una moratoria
Resolução de Conselho de Ministros n.º 19/2025, que aprueba el Plan de Afectación para las Energías Renovables Offshore (PAER) en Portugal
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 27, de 07 de febrero de 2025
Palabras clave: Energías renovables offshore. Eólica marina. Descarbonización. Transición energética. Ordenamiento marítimo. Sostenibilidad ambiental.
Resumen:
La Resolución del Consejo de Ministros n.º 19/2025, de 7 de febrero, aprueba el Plan de Afectación para las Energías Renovables Offshore (PAER), en el marco de la Estrategia Nacional para el Mar y el Plan Nacional de Energía y Clima (PNEC 2030). Este plan establece áreas específicas en el espacio marítimo portugués para la explotación y el desarrollo de energías renovables offshore, con un enfoque en la energía eólica flotante.
En este contexto, el PAER define una serie de objetivos estratégicos que buscan consolidar el papel de Portugal en la transición energética y optimizar la gestión sostenible de sus recursos marítimos.
Los objetivos principales del PAER son: alcanzar 2 GW de capacidad instalada en energía eólica offshore
“Decreto-Lei” n.º 11/2025, hace la transposición parcial de la Directiva (UE) 2024/1275 sobre eficiencia energética de los edificios y modificación del Decreto-Ley n.º 101-D/2020, de 7 de diciembre
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 35, de 19 de febrero de 2025
Palabras clave: Eficiencia energética. Descarbonización. Transición energética. Certificación energética. Energías renovables. Sector de la construcción.
Resumen:
El “Decreto-Lei” n.º 11/2025, de 19 de febrero, transpone parcialmente la Directiva (UE) 2024/1275, que refuerza las medidas de eficiencia energética en el sector de la construcción con el objetivo de reducir el consumo energético y la dependencia de combustibles fósiles en la Unión Europea. Esta iniciativa se enmarca dentro del Plan REPowerEU, orientado a acelerar la transición hacia un modelo energético más sostenible y resiliente.
La nueva normativa responde a la necesidad urgente de descarbonizar los edificios, dado que estos representan una proporción significativa del consumo energético y de las emisiones de gases de efecto invernadero en la UE. En este sentido, el “Decreto-Lei” introduce cambios en el “Decreto-Lei”
Decreto-Lei n.º 4/2025, que procede a la clasificación definitiva de la Zona Especial de Conservación de São Mamede, estableciendo los objetivos específicos de conservación y las medidas de gestión necesarias para garantizar la protección de los hábitats y especies de interés comunitario presentes en la zona, en conformidad con la Directiva Hábitats y la Red Natura 2000
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 26, de 06 de febrero de 2025
Palabras clave: Conservación de la naturaleza. Biodiversidad. Red Natura 2000. Zonas Especiales de Conservación. Hábitats protegidos.
Resumen:
El Decreto-Ley n.º 4/2025, de 6 de febrero, concluye el proceso de designación de la Zona Especial de Conservación (ZEC) de São Mamede (PTCON0007), dando cumplimiento a los compromisos asumidos por Portugal en el marco de la Red Natura 2000 y la Directiva Hábitats (92/43/CEE). Esta normativa establece los objetivos específicos de conservación y las medidas de gestión para esta área protegida, asegurando la protección de los hábitats y especies de flora y fauna que justificaron su clasificación.
La creación de
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